Desde Santa Fe
“Lea el fallo porque va a aprender mucho”, recomendó el presidente de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Rafael Gutiérrez. El tono imperativo llamó la atención porque la pregunta periodística era de una mujer. Y el consejo fue su respuesta ante una sentencia controvertida del tribunal que convalidó los “fueros absolutos” en la provincia y salvó al “aforado”, como él llamó en su voto al senador Armando Traferri, de una audiencia imputativa en una causa por corrupción en la que los fiscales Luis Schiappa Pietra y Matías Edery le atribuyen el supuesto rol de “organizador de una organización criminal”. Según el presidente de la Corte, “los jueces no estamos para defender nuestras decisiones”. “Nosotros no fallamos para el clamor popular, fallamos dentro de la ley y la Constitución porque eso es un estado de derecho”.
Gutiérrez lideró la mayoría de la Corte (5 a 1) que consagró el blindaje de Traferri. Una “inmunidad de proceso” que impide a los fiscales pedirle explicaciones ante un juez mientras ocupe su banca en el Senado. “Al terminar su mandato, se encontrará allanado el camino para disponer las medidas que el Ministerio Público considere necesarias”, dijo el presidente de la Corte en su voto. Así, Schiappa Pietra y Edery deberían esperar hasta diciembre de 2023 para indagar a Traferri y si éste es reelecto, otros cuatro años más, con lo cual la audiencia imputativa recién se podría realizar en diciembre de 2027.
El jueves, Gutiérrez presidió la apertura del año judicial, pero en su discurso, no habló del fallo Traferri. Al día siguiente, Schiappa Pietra y Edery apelaron la sentencia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por la vía del recurso extraordinario, que si la Corte de la provincia lo rechaza, los obligará a recurrir en queja ante el máximo tribunal. Lo que está en debate es la “constitucionalidad” de una parte del artículo 51 de la Constitución de Santa Fe que consagra la “inmunidad de proceso” de los legisladores, que no existe en ningún lugar del país.
Después del acto, Gutiérrez y el gobernador Omar Perotti aceptaron una ronda de prensa. “Usted dijo que en su discurso que la constitucionalidad de una norma se defiende hasta última instancia. ¿Aludió a los fueros de los legisladores, al caso Traferri? ¿Tiene algo para decir? –le preguntó una periodista.
-No tengo nada que decir –se molestó Gutiérrez. “Primero, que yo hablé de principios. No hablé de una causa determinada porque además yo no puedo hablar de las causas en trámite. Se podrá estar de acuerdo o no (con una sentencia), pero están los remedios procesales para atacarla”.
-¿De ese fallo qué tiene para decir?
-Lo que dije en el fallo.
-¿Lo recuerda?
-Le recomiendo que lo lea porque va a aprender mucho -insistió Gutiérrez
-Lo leí. Pero para que la audiencia también lo sepa porque no todos pueden leer sus fallos.
-Los fallos se publican el mismo día que se dictan por intermedio de la (Oficina de) Comunicación de la Corte. Y también en todos los medios procesales. Si cada fallo que tenemos… Los jueces no estamos para defender nuestras decisiones. Los jueces estamos para convencerlos, cuando lo hacemos es porque estamos convencidos de que es así. Segundo: nosotros no fallamos para el clamor popular, fallamos dentro de la ley y la Constitución porque eso es un estado de derecho.
Rosario 12 ya informó que en su voto Gutiérrez descalificó el fallo del juez José Luis Mascali, que había declarado “inconstitucional” la “inmunidad de proceso” de Traferri y la Corte anuló. “Yerra el juez”, “evidencia un desconocimiento supino”, escribió en algunos de sus párrafos. “Es irrazonable lo expresado por el doctor Mascali en cuanto a que mantener los fueros del senador Traferri tendría como consecuencia consagrar la impunidad de los delitos de corrupción”, lo corrigió.
El artículo 51 de la Constitución de Santa Fe no es “una suerte de patente de corso a los legisladores para obrar a su antojo”, dijo Gutiérrez. Y la norma “debe complementarse con el artículo 67 del Código Penal” que suspende la “prescripción de los delitos cometidos en el ejercicio de la función pública”.
“De esa manera, se salva la posible impunidad (…) de eventuales delitos de los legisladores santafesinos. Al terminar el mandato (de Traferri, en diciembre de 2023), se encontrará allanado el camino para disponer las medidas que el Ministerio Público considere necesarias, más allá que, aun mientras duren los fueros, pueda continuarse con la investigación de los ilícitos que pudiera haber cometido el aforado”.
“Por eso, considero que la suspensión del plazo de prescripción contemplada en el artículo 67 del Código Penal constituye -como dije- una garantía suficiente contra el peligro de la eventual impunidad de la que pudiera beneficiarse un legislador santafesino”, concluyó Gutiérrez.