Dos organismos de derechos humanos, querellantes en el juicio que investiga los crímenes de lesa humanidad cometidos contra siete víctimas detenidas en el excentro clandestino de Pozo de Arana durante la dictadura pidieron la reclusión perpetua para los represores Miguel Etchecolatz y Julio Garachico.
Así lo reclamaron la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) y el colectivo Justicia Ya al alegar en el juicio que desde el 30 de agosto de 2021 sigue el Tribunal Oral Federal 1 de La Plata, integrado por Andrés Fabián Basso, José Michelini y Alejandro Esmoris para determinar la responsabilidad de Etchecolatz y el exjefe de calle de la Policía bonaerense en la Unidad Regional La Plata, Julio Garachico, por los crímenes que tuvieron como víctimas en 1976 al dos veces desaparecido Jorge Julio López y a seis de sus compañeros y compañeras de militancia de la unidad básica "Juan Pablo Maestre", ligada a Montoneros, del barrio platense de Los Hornos.
"Decimos con orgullo militante que vamos a volver a acusar a Miguel Etchecolatz. Vamos a solicitar la prisión perpetua, que se sumará a su currículum genocida", dijo enfáticamente la abogada Pía Garralda, de Justicia Ya.
La abogada lamentó la fragmentación de causas de lesa humanidad en lo que denominó "la administración de justicia a cuentagotas" que, aseguró, "es una nueva forma de impunidad". "Este juicio debía contener todos los hechos de la zona represiva de Arana, con todos los imputados. Aportamos el listado con nombre y apellido y hoy solo acusamos a dos (en alusión a Etchecolatz y Julio César Garachico)", precisó y puntualizó que el sobreviviente y dos veces desaparecido Jorge Julio López "declaró que en Arana funcionaba una 'patota' de torturados, y dio sus nombres, y sólo llegan dos a este juicio".
Recordó que en otro juicio tramitado hace años ya había sido acusado Julio Garachico como el represor que liberaba zonas para la actuación de la organización de ultraderecha Concentración Nacional Universitaria (CNU) en 1974. Sin embargo, precisó Garralda, "cuando se realizó el juicio a la CNU (en La Plata en el 2017) no se lo imputó (a Garachico), solo se imputó a dos personas, una de las cuales fue absuelta, lo que fue apelado por esta querella".
Además, la abogada de Justicia Ya reclamó que "se investiguen los nombres de los genocidas aportados por López en relación a toda la zona de Arana".
"Es de imperiosa necesidad a 46 años (de ocurridos esos hechos) profundizar esa investigación, determinar el inicio y cierre de cada centro represivo que funcionó en Arana, determinar los roles específicos de las autoridades allí asignadas y la suerte corrida por cada víctima", subrayó. Y graficó que hasta junio de 2021 estaban siendo juzgados 1030 genocidas "pero si tenemos en cuenta que en el país funcionaron 700 centros clandestinos de detención, nos daría un promedio casi de dos genocidas por centro y es ilógico pensar que un centro funcionó con dos personas".
La abogada Luz Santos Morón, también querellante por Justicia Ya, hizo un repaso histórico de los hechos juzgados y consideró que deben encuadrarse como genocidio, para luego recordar el perfil trabajador y de militancia política y social de las siete víctimas, entre ellas Jorge Julio López y Francisco López Muntaner, uno de los estudiantes secuestrados en La Noche de los Lápices.
"La maquinaria represiva estatal tenía por objetivo la destrucción de un grupo humano a los que secuestró, torturó y fueron víctimas de padecimientos psicológicos, físicos, incluidos los delitos sexuales, que no fueron aceptados en este juicio, pero a los que hay que señalar como elementos constitutivos del genocidio", remarcó la abogada. En esa línea, Santos Morón planteó que los grupos de tareas de la dictadura atacaron a "un grupo nacional que la dictadura clasificó como enemigo, un grupo nacional que luchaba por una sociedad igualitaria".
En cuanto a las penas solicitadas para los acusados, la abogada de la querella reclamó la prisión perpetua para Etchecolatz como coautor del delito de genocidio previsto por la Convención para la Prevención y sanción del delito de Genocidio, las privaciones ilegítimas de la libertad agravadas por tormentos y por ser perseguidos políticos, la desaparición forzada agravada por el resultado de la muerte de las víctimas en perjuicio de Norberto Rodas y Alejandro Sánchez.
Para Garachico, en tanto, solicitó la pena de perpetua al considerarlo coautor de genocidio, lesiones graves a la integridad física y mental, siete privaciones ilegítimas de la libertad agravadas por amenazas, aplicación de tormento, agravado por ser perseguidos políticos en perjuicio de Norberto Rodas, Alejandro Sánchez, Patricia Dell Orto, Ambrosio De Marco, Guillermo Cano, Jorge Julio López y Francisco López Muntaner.