“¿Por qué otros no ven lo que nosotros vemos?” A partir de esa pregunta, el sociólogo surafricano Stanley Cohen analizó de manera sistemática las dimensiones personales y políticas de la negación de los fenómenos sociales por los individuos, los colectivos y las instituciones. La violencia de género es uno de ellos. Ante la inoperancia de los sistemas de justicia en relación con este extendido fenómeno, uno debe preguntarse: ¿Por qué se continúan ignorando las realidades y las experiencias de las mujeres afectadas por la violencia?

Ciertamente, los avances normativos, institucionales y sociales en el combate de la violencia de género son tangibles a lo largo de América Latina. Pero, la práctica demuestra que, en muchas instancias, la justicia sigue operando desde la negación, con demostraciones retóricas sin mayores impactos para transformar la realidad.

Cohen estudió la interacción de los mecanismos de naturalización y neutralización de la violencia y las resistencias que conduce a que algunas situaciones de violencia no sean confrontadas. Identificó tres tipos de operación que ayudan a explicar porqué la violencia de género continúa cobijada por múltiples y complejos mecanismos de negación.

La negación literal entraña la negación de la existencia misma de los hechos. Ese mecanismo opera cuando la denuncia presentada por una mujer no es creída o es abiertamente desconocida. ¿Cuántas mujeres se encuentran con la negativa a procesar una denuncia porque lo que narran es negado? El no creerles o ignorar sus denuncias tiene implicaciones severas. La experiencia de las mujeres que acuden a las policías o las instancias judiciales están marcadas por la negación abierta de sus dichos, de sus actitudes y de sus miedos.

Además, la normatividad penal y la práctica judicial niegan ciertos tipos de coerción y violencia de manera explícita. Como ilustración, algunas legislaciones todavía exigen el uso de la fuerza como elemento constitutivo del delito de la violación, ignorando que las agresiones sexuales tienen lugar también en ambientes de confianza y bajo mecanismos complejos de coerción. Las violaciones ocurridas sin demostración de fuerza física son negadas, no existen como tal para estos marcos legales.

En segundo lugar, Cohen describe la negación interpretativa. Según esta categoría, no se niega la existencia de un hecho, sino que se le da una interpretación diferente, pasada por un matiz. En este marco, son penetrantes los procesos de normalización de la violencia contra las mujeres. ¿Cuántas mujeres escuchan de las personas que las atienden que las agresiones que sufren no son violencia sino incidentes normales dentro de una vida en pareja? Estos procesos comunes de negación generan una profunda desconfianza de las mujeres hacía el sistema de justicia.

También es lo que pasa cuando se descalifica una tentativa de femicidio en lesiones, o un femicidio en suicidio. ¿Cuántas muertes  hubieran podido ser evitadas si las denuncias iniciales hubieran sido calificada de manera adecuada? Los femicidios son a menudo antecedidos por eventos que deberían producir alarma, pero que los sistemas y las personas que los implementan no registran, o no de manera apropiada. Por ejemplo, la violencia psicológica en dinámicas opresivas y coercitivas– la que no se ve, que no arroja pruebas medico-legales fehacientes – es comúnmente negada, reinterpretada, o reducida a problemas de la sensibilidad femenina. Calificar un incidente violento como lesiones sin tomar en cuenta su contexto es una vía abierta para que la próxima vez que la justicia escuche de esa mujer sea demasiado tarde para ella.

La negación interpretativa también está presente en el proceso de interpretación y aplicación de las normas supuestamente neutrales como, por ejemplo, aquellas que estructuran las defensas o las justificaciones en el derecho penal. Suponer que las normas penales “neutras” responden adecuadamente a las experiencias de las mujeres niega que detrás de la igualdad formal entre hombres y mujeres se ocultan marcos de privilegio y prejuicio, e ignora que muchos de los textos legales supuestamente neutros han sido elaborados desde una visión exclusivamente masculina de la vida social. ¿Cuántas mujeres sobrevivientes de violencia padecieron de esa negación cuando buscaron invocar la legítima defensa en procesos en los que se habían defendido de su agresor recurrente? La manera cómo la legitima defensa se aplica (o, mejor, no se aplica) en los casos de mujeres que mataron a sus atacantes recurrentes obvia, niega e ignora la violencia en la que estaban inmersas.

Finalmente, Cohen identifica la negación implicatoria mediante la cual los alcances o los efectos – psicológicas, políticas o morales - de los hechos son negados o minimizados. Una manifestación de esa forma de negación, de no reconocer su implicación social, es tratar el fenómeno femicida como un asunto marginal. Es notable constatar que las políticas adoptadas para luchar contra las violencias de género suelen carecer de presupuesto, de personal y de mecanismos de seguimiento. Enfrentar el fenómeno de la violencia de género parte por entender que sus implicaciones son serísimas y que, por lo tanto, requiere inversiones importantes y sostenidas en amplios campos de la administración pública. ¡No pueden esos programas ser objeto de regateos constantes!

El camino para la realización de los derechos de las mujeres no es lineal ni parejo; está (y estará) marcado por avances y retrocesos. En ese recorrido, como Cohen destaca, la superación de la negación es un requisito para lograr políticas y prácticas institucionales que transformen y logren dignificar a las personas victimizadas. Las mentalidades y sensibilidades interiorizadas y arraigadas – en personas como en marcos institucionales - de las diferentes formas de negación tienen que ser reconocidas y vencidas para desarrollar una teoría y una práctica legal que, no sólo se ajuste a las experiencias de las mujeres, sino que tome en cuenta sus vidas. Ese recorrido requiere voluntad y determinación política de los liderazgos nacionales y el convencimiento y el compromiso de todas las personas que ejercen la función pública. Derrotar la negación es una condición esencial para garantizar el acceso de las mujeres a la justicia.


*Francoise Nathalie Roth es abogada francesa de derechos humanos.