La Justicia rechazó el pedido de excarcelación de uno de los seis detenidos por la violación grupal de una joven cometida en Palermo. En línea con lo que ya había advertido el juez de la causa, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional consideró que, en caso de conceder el pedido que había elevado Thomas Fabián Domínguez, existe riesgo de fuga y de entorpecimiento de la investigación.
Con su resolución, la Sala VII de ese tribunal de alzada, integrada por los camaristas Mariano Scotto y Rodolfo Pociello Argerich, avaló lo que ya había resuelto el 7 de marzo el juez en lo Criminal y Correccional 21, Marcos Fernández, a cargo del expediente. El pedido de excarcelación había sido presentado por los defensores de Domínguez, Jorge Alfonso y Silvina Fernández Rosarno.
Los camaristas refieren que la pena máxima prevista para los delitos que se le imputan a Domínguez -abuso sexual con acceso carnal agravado por haberse cometido con la intervención de más de dos personas en concurso real con lesiones leves- “supera holgadamente los ocho años de prisión mientras que el mínimo obsta a que una eventual sanción pueda ser dejada en suspenso”. "El riesgo de elusión que cabe inferir a partir de la modalidad de ejecución de la pena en expectativa se refuerza al valorar las harto gravosas características de los hechos que se le atribuyen a Domínguez”, consideran.
La resolución recuerda que a Domínguez se le atribuye haber participado junto a los otros cinco imputados de un abuso sexual con un “previo acuerdo de voluntades y división de roles” y haber agredido a un vecino.
Además, los camaristas tuvieron en cuenta que la querella informó que Domínguez y los otros acusados fueron denunciados ante el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires en otra causa por amenazar a la panadera que los delató llamando a la policía. La denuncia consigna que dijeron a la mujer “ya sabemos dónde trabajan y vamos a volver hijos de puta. Los vamos a matar a todos”.
“Tales extremos conducen razonablemente a inferir (…) el peligro de entorpecimiento en caso de que el imputado recupere la libertad, de suerte tal que debe neutralizarse cualquier conducta hostigadora hacia la víctima –de quien conoce la identidad y el domicilio- y testigos”, indica la resolución de la Cámara.
En su voto, los jueces Scotto y Pociello Argerich, refirieron los lineamientos de la Convención de Belém do Pará - para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer- para concluir que “el encierro cautelar aparece como la única forma de garantizar a la damnificada todos los derechos reconocidos en la ley 26.485 de ‘Protección Integral a las Mujeres’ y asegurar los fines del proceso”.
“Por ello, siempre que el tiempo que el imputado lleva en detención -desde el 28 de febrero pasado- no se exhibe desproporcionado en función de la magnitud y modalidad de ejecución de la pena en expectativa, corresponde homologar la resolución apelada”, concluye la resolución.
Cuál es la situación de los otros detenidos
En las últimas horas, el abogado Oscar Isidro Aguirre, defensor de los imputados Ignacio Retondo, de 22 años, y Franco Jesús Lykan, de 24, apeló el auto de procesamiento con prisión preventiva dispuesto el martes pasado para los seis detenidos. El pedido deberá ser resuelto también por la Sala VII de la Cámara, que deberá confirmar o revocar la decisión del juez de instrucción.
El martes, el juez Fernández procesó y dejó detenidos a Domínguez, Retondo, Lykan , Ángel Pascual Ramos, de 23 años, Lautaro Dante Ciongo Pasotti, de 24, y Steven Alexis Cuzzoni, de 20, como presuntos coautores de un abuso sexual agravado por la cantidad de intervinientes (con una pena prevista de entre 8 y 20 años de cárcel) y a dos de ellos (Retondo y Domínguez) además por las lesiones leves provocadas a un testigo.
En la resolución de 89 páginas, Fernández aseguró que, según lo acreditado en el expediente, los seis acusados actuaron con "un plan previo, con acuerdo de voluntades y roles", más allá de que no todos hayan participado activamente del abuso de la víctima, al que describió como un “ataque sexual masivo”.
Una violación grupal en la calle, a mediodía
La violación en patota ocurrió a pocas cuadras de Plaza Serrano, en un auto estacionado en la calle Serrano al 1300, cuando cuatro de los atacantes se encontraban dentro del vehículo con la víctima y otros dos, en la vereda, "observando y convalidando el ataque sexual", de acuerdo con la resolución del juez.
Cuando la situación fue advertida por una panadera y su marido, los imputados Ramos, Ciongo Pasotti, Cuzzoni y Lykan estaban en el vehículo con la víctima, mientras que Domínguez y Retondo cantaban y tocaban la guitarra en la vereda.
El juez sostuvo que los acusados se aprovecharon del estado de vulnerabilidad en el que se encontraba la víctima , en cuyo cuerpo los peritajes hallaron restos de alcohol, marihuana y anfetaminas, por lo que los investigadores señalaron que no estaba en condiciones de consentir ningún acto sexual.