La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) resolvió prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea de los productos elaborados por los laboratorios Iris S.A.; Rasmusen; Villa Luján y Megapar.
Según la Disposición 2300/2022 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la investigación empezó a raíz de la denuncia por correo electrónico de una persona que había comprado en un comercio de la Ciudad de Buenos Aires un producto rotulado como “CANNABIS CREMA PARA EL DOLOR USO MÉDICO CBD 200 POR 100 CC” del laboratorio Megapar.
En la inspección del lugar se secuestraron una serie de productos “a fin de que se determine su autenticidad y peligro para la salud”: GEL REGENERADOR CARTÍLAGO DE TIBURÓN TRIPLE ACCIÓN (Laboratorio Villa Luján); CREMAGEL SANFIROL (Laboratorio Rasmusen); DESTRABE, CALORIN, AZUFRE, ORIGINAL KALMA YA, MENTISAN CREMA MENTOLADA y CANNABIS CREMA PARA EL DOLOR (Laboratorio Megapar); GEL DIRECTO AL DOLOR ULTRA KEMGUÉ CONCENTRADO (Laboratorio Rasmusen); NUEVA FORMULA ATOM3 MAXIMIZADO (Laboratorio Iris S.A.).
Respecto de los antecedentes de inscripción de los productos y/o firmas en cuestión, la Dirección de Gestión de Información Técnica de esta Administración Nacional informó que no existen registros en los rubros medicamentos, productos médicos ni productos cosméticos.
El Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires afirmó que el Laboratorio Iris S.A. “que no se encuentra habilitado ningún laboratorio bajo dicha denominación en el ámbito de la citada provincia”, mientras que el Ministerio de Salud de la provincia de La Pampa señaló que “no constan registros de los establecimientos” de los laboratorios Villa Luján ni Rasmusen.
Por su parte, el Ministerio de Salud de la provincia de Chubut mediante correo electrónico señaló que “no existe habilitado ningún establecimiento elaborador de medicamentos, cosméticos, ni productos médicos, con la denominación Laboratorio Megapar”.
La Anmat afirmó que los productos son “medicamentos sin registro ante la autoridad sanitaria en la República Argentina, respecto de los que se desconoce su procedencia, condiciones de elaboración y que por lo tanto representan riesgo para la salud de los potenciales pacientes a los que se les pudiera administrar”.
Por esa razón, la Administración resolvió “prohibir el uso, distribución y comercialización en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones de los productos rotulados como en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones” de todos los productos mencionados.