El Ministerio Público de la Defensa (MPD) es el organismo encargado de garantizar el acceso a la justicia, como por ejemplo, el patrocinio jurídico gratuito, es decir, la defensa pública en una causa. Promueve medidas de protección de los derechos fundamentales de las personas, especialmente de quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad. El accionar de esta institución judicial es fundamental a la hora de brindar acceso a un defensorx públicx para aquellas personas que sufren violencia de género.

La actual titular de la Defensoría General de la Nación es Stella Maris Martínez. En 2007, el MPD creó la Comisión sobre Temáticas de Género, cuyo principal objetivo es implementar estrategias de defensa con perspectiva de género, en particular, en los casos vinculados a mujeres víctimas de violencia o en conflicto de la ley penal y también el respeto de los Derechos Humanos de personas que sufren violencia y discriminación por razones de género. Es el primer organismo del sistema de administración de la Justicia del país que creó una área específica para abordar esta problemática.

Raquel Asencio es abogada, preside dicha comisión y posee una extensa trayectoria de trabajo implementando estrategias para erradicar la violencia machista. Julieta Di Corleto la acompañó en esta tarea y es quien estuvo a cargo de las capacitaciones en género de funcionarixs de la Justicia desde la formación de la comisión que posee diversos planos de intervención política con perspectiva de género, fundamentales para brindar asistencia en especial a personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad.

“Un primer plano de trabajo es incorporar las necesidades jurídicas de las mujeres y de la diversidad sexual. Se creó un patrocinio especializado para defender a mujeres víctimas de violencia de género que necesitan medidas protección, ver qué necesidades de patrocinio tienen y tratar de responder desde el organismo. Por ejemplo, vimos que las mujeres privadas de libertad tenían muchas demandas vinculadas al cuidado de sus hijos e hijas, para ello se creó un programa que visitaba las cárceles de mujeres para conocer cuáles son sus necesidades de patrocinio porque no podían salir a buscarlo. Una de las temáticas privilegiadas para otorgar este patrocinio era a víctimas de violencia de género por la frecuente impunidad y falta de investigación seria que había en estos casos”, explica Asencio en comunicación con Las12.

¿Cómo se implementa la perspectiva de género en el MPD?

Raquel Asencio: Uno de los primeros posicionamientos tiene que ver con cómo incorporar el enfoque de género a las tareas que ya venía desarrollando históricamente el organismo, es decir, las necesidades jurídicas específicas de mujeres y de la diversidad sexual y por otro lado, incluir también este enfoque de género al interior del organismo. Se desarrolló una revisión completa del régimen de licencia. Fue el primer organismo del sistema de administración de Justicia en incluir una licencia por paternidad y otras licencias que permitan compatibilizar mejor las responsabilidad familiares con las laborales, son licencias de cuidados de hijas e hijos sin discriminacion de género. Al interior del organismo trabajamos la prevención de prácticas de discriminación y violencia en el espacio laboral con capacitaciones obligatorias. Y por último, miramos la conformación del organismo. Notamos que cada vez hay más defensores varones y menos mujeres. Se hicieron reformas internas para tratar de corregir ese sesgo de género en lo que hace a las posibilidades y encontramos que el problema es que la mayoría de las ternas son mixtas pero se termina eligiendo más varones que mujeres. Se instalaron algunas reformas internas para tratar de contar con mecanismos equitativos aunque hace falta un compromiso de los actores políticos que intervienen.

Julieta Di Corleto: Para facilitar algunos ejemplos en la práctica, nos preocupó desde el primer momento llegar a los sectores más vulnerables. El primer foco estuvo puesto en las mujeres que requerían asistencia jurídica. En 2007 la Defensoría realizó una investigación sobre la situación de las mujeres encarceladas, se trabajó la ley de arresto domiciliario que tenía la pretensión de mejorar la situación de encierro de las mujeres y de sus hijos e hijas. En línea con el afuera, la preocupación es el patrocinio a las mujeres y ahí la Defensoría complementa el servicio que brinda la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte, que genera bocas de denuncia, pero carece de asistencia legal. Por un lado, ver quién acompaña a esas mujeres -ese es el trabajo que realiza Raquel desde la Defensoría, manejar o coordinar el equipo de abogadas y abogados que atienden a esas mujeres- y por otro lado, se implementaron capacitaciones en género obligatorias desde el 2009. La ley Micaela se sancionó en 2019, la Defensoría por su parte, brinda capacitaciones obligatorias en género desde hace más de 10 años.

Una de las demandas de las mujeres que se encuentran en prisión domiciliaria es la falta de acceso a un trabajo. ¿Puede la Defensoría articular con otros ministerios para dar respuesta a esta problemática puntual?

R.A.: Lo que propugnamos es que las mujeres no estén privadas de la libertad, si van a estarlo que sea en su casa, atendiendo a que normalmente tienen delitos por drogas y están muy vinculadas a situaciones de extrema vulnerabilidad o en contextos de violencia. Nosotras creemos que las mujeres no deberían estar privadas de su libertad y la lucha de la defensa es por conseguir que no sean declaradas responsables penalmente o que se busquen alternativas distintas a la privación de libertad. El trabajo que se hace desde la Defensa Pública es incorporar el enfoque de género y en función de ese trabajo tenemos respuestas judiciales muy positivas, por ejemplo, mujeres que antes iban presas ahora son declaradas no responsables penalmente porque atienden, en los planteos de la defensa, que la mujer, en realidad, no era la que tenía dominio sobre la droga porque estaba en su casa, sino que quien manejaba la droga era su pareja que era violento con ella. Entonces la mujer no tenía posibilidad de oponerse a que su pareja venda droga, actúan en situaciones de extrema vulnerabilidad y aprovechamiento por parte de otras personas. Son casos que sentaron jurisprudencia donde la Justicia decidió que esas mujeres no pueden ser reprochables penalmente porque actuaron en un contexto de violencia o vulnerabilidad. En caso de privación de libertad, el organismo ha generado alternativas antes que la prisión domiciliaria se incorpore a la ley como posibilidad de mujeres que están embarazadas o que tienen a su cargo hijos pequeños. 

¿Y cómo se sostienen esas mujeres que no pueden trabajar?

R.A.: Los primeros antecedentes jurisprudenciales fueron impulsados por la Defensa Pública y también tenemos publicaciones de la Comisión de Género para tratar de ampliar el acceso al arresto domiciliario y eliminar estereotipos o prejuicios de género que había a la hora de dictarlo. El problema es que hay una ausencia de política pública. La mujer que está privada de su libertad, no tiene acceso a un trabajo porque no puede salir de la casa. Lo que hace la defensa es trabajar con lo que hay y lo que hay ahí es ausencia de políticas públicas. Hoy tienen posibilidades de acceder a programas sociales que antes no podían y en esto hubo un trabajo de reclamo por parte de las Defensorías, por ejemplo, se le quitaba la AUH a mujeres que estaban encarceladas, para modificar eso se hizo un trabajo para permitir el acceso equitativo a programas sociales. Lo que sí hay son algunas líneas de acompañamiento que tienen que ver con el compromiso siempre invalorable de algunas organizaciones que trabajan con mujeres que están en arresto domiciliario y que realizan gestiones en coordinación con algún ministerio, para acceder a estos programas de empleo.

Cuando se habla de violencia de género se evidencia la falta de patrocinio jurídico gratuito ¿A qué se debe?

R. A.: Esa necesidad, donde cada vez que tenemos un caso que involucra una cuestión de género salimos a buscar desesperadamente alguna abogada feminista, tiene que ver con la falta de formación de profesionales desde las carreras de derecho con este enfoque. Lo que se trata de hacer en el organismo es compensar ese sesgo que tiene la formación de todos los y las profesionales. Muchos buscan compensarlo mediante posgrado por interés personal, nosotras entendemos que no puede depender de la voluntad del interés de cada profesional sino que para poder cumplir nuestras funciones como empleados, funcionarios públicos, magistrados, es un requisito tener defensa con enfoque de género porque sin ese enfoque lo que tenemos es un déficit en la provisión del servicio. El enfoque de género forma parte de la defensa técnica eficaz que el organismo debe brindar. No es que estamos todo el tiempo queriendo salir a buscar más abogadas feministas, lo que queremos es tener un organismo feminista en el sentido de que se pueda advertir, que el derecho siempre está tratado como si fuera universal, objetivo y neutral pero, en realidad, fue aprendido por quienes lo ejercemos con un sesgo de género que no siempre es evidenciado. Lo que tratamos de hacer es que se ponga en evidencia ese sesgo y poner a disposición herramientas argumentativas para superar ese déficit.

Teniendo en cuenta este déficit ¿a dónde pueden dirigirse las personas que sufren violencia de género y no pueden costear unx abogadx que los asesore?

R.A.: Se han creado algunos servicios especializados para atender debidamente las necesidades de quienes sufren violencia de género, deben llevar patrocinado en este momento más de seis mil casos, son mil casos nuevos por año. Es un programa que brinda abogadas y abogados especializadas en temas de género. Para conseguir medidas de protección, hay que hacer un par de salvedades: solamente se puede dar este servicio en la Ciudad de Buenos Aires, debido a que, por nuestro reparto de competencia, cada provincia da el patrocinio para conseguir las medidas de protección, no es una cuestión federal. Hay algunas intervenciones que se pueden asegurar en el Ministerio Público de la Defensa de la Nación y otras que no. Como en la Justicia de la Ciudad tenemos repartidas algunas competencias que son todavía nacionales y otras que son locales, el organismo sólo puede intervenir en las que son nacionales, en el interior del país no podemos intervenir. En estos casos no se requiere ningún requisito porque la situación de urgencia amerita que necesita medidas de protección por el contexto de vulnerabilidad en el que se encuentra la persona, no se exige ningún requisito más que sea un caso violencia de género y lo pueda tratar en la Ciudad de Buenos Aires a través de una dirección de mail que es [email protected] sin ningún otro requisito. Para acceder al patrocinio a víctimas de violencia, se piden algunos requisitos de vulnerabilidad que tienen que ver con falta de recursos económicos pero no necesariamente, puede haber otras razones de vulnerabilidad. Recuerdo un caso de una familia del interior que por el femicidio de su hija pasaron por varios abogados particulares, les había ido muy mal, no conocían a nadie en la Ciudad de Buenos Aires y venían del sur del país.

¿Ante la falta de patrocinio jurídico gratuito para casos de violencia de género tienen pensado ampliar este servicio desde la Defensoría?

R.A.: Si se van ampliar o no estos recursos específicos son decisiones que exceden al organismo. Luego de aprobarse la ley 26485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, que estableció el derecho de las víctimas de violencia a tener patrocinio jurídico gratuito, ese derecho no se proclamó con recursos económicos que sería quién paga ese abogado gratuito. Luego se aprobó la ley 27210 del Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género, a cargo del Ministerio Justicia y después fue traspasado al Ministerio de Mujeres, quiere decir que los recursos públicos para costear los abogados y abogados para víctimas, se privilegió dárselos a la administración central. Quién tiene que garantizar el patrocinio en el país, incluida la Ciudad de Buenos Aires, es ese cuerpo de abogados que no está dentro del ámbito de la Defensoría General de la Nación, entonces es muy difícil crear una planta, cuando no se financia ese recurso, la decisión de legisladores fue que esos recursos fueran destinados a la administración de otro organismo. Así y todo la Defensoría tiene la mayor cantidad de casos de patrocinio del país.

¿Qué otras estrategias se implementan desde el MPD para atender la problemática de la violencia de género?

R.A.: Además de la asistencia que se da a más de mil mujeres cada año, se impulsaron distintas estrategias de litigio con la aspiración de que impacten no solamente en las mujeres asistidas, sino también, que derramen en todas las mujeres que buscan acceder a la Justicia. Lo que impulsamos son estrategias de litigio que impacten en esas causas pero que también puedan tener alguna vocación transformadora, en este sentido nos ha ido muy bien. Buscamos mejorar las prácticas de acceso a la Justicia para mujeres que necesitan medidas de protección. Cuando el patrocinio empezó a trabajar, por ejemplo, solamente le daban las medidas de protección si convivían con su agresor y se hacían audiencias conjuntas entre la víctima y el denunciado. Nosotras desarrollamos distintas estrategias de litigio para conseguir resoluciones judiciales que modifiquen esas prácticas. Y lo logramos, tal vez el litigio estratégico más significativo es el caso de Olga del Rosario Díaz, llevamos su caso al Comité de la CEDAW y llegamos a una solución amistosa y en el marco de esa solución amistosa distintas agencias del Estado se comprometieron a distintos objetivos, no solamente para reparar Olga que sobrevivió a una tentativa de femicidio sino, también, para asegurar que no vuelvan a repetirse las fallas que encontró para conseguir una protección eficiente por parte del Estado. Ella denunció que estaba en una situación de violencia, se le impusieron medidas de protección que no fueron suficientes ni adecuadas y el mecanismo falló, pese a tener esta denuncia previa y a eso le siguió un atentado contra su vida de la cual se salvó de milagro, según los médicos. Este es un ejemplo de cómo desde la Defensoría General de la Nación intentamos dar una respuesta concreta, pero también tenemos una aspiración de poder mejorar las condiciones de acceso a la justicia de todas las mujeres víctimas de violencia.

 Un ejemplo de esas herramientas concretas ¿cuál sería?

R.A.: La que señalé antes, logramos que las audiencias no se tomen más de forma conjunta entre denunciante y denunciado. Otra más reciente es que algunos juzgados disponían de forma estandarizada que cuando una mujer denunciaba una situación de violencia y pedía medidas de protección, resolvían darselas pero disponían que la medida era recíproca entonces ella quedaba obligada a la misma medida que el denunciado y se borraba todo límite entre quién sufre la violencia y quién la ejerce. La respuesta judicial era tratar a los dos como iguales. Lo que hicimos fue detectar los problemas estructurales que se presentan y establecemos estrategias de litigio con un abordaje que tenga enfoque de género, por ejemplo, para que no se dispongan más medidas recíprocas. Otro caso como el de Olga que tiene que ver, por ejemplo, con dejar de decirle a la mujer que sufre violencia que tiene que ir a notificar las medidas, para los juzgados es algo tan simple como mandar un mail a una dirección de correo de la Policía para que notifique las medidas, en cambio, para las mujeres significaba tomarse un día o medio día de trabajo que tal vez no podían además de gestionar cuestiones que les resultan revictimizantes. 

¿Y el patricinio que el MPD ofrece puede intervenir en casos como el incumplimiento de alimentos?

Antes cuando una mujer denunciaba le decían que tenían que iniciar un juicio de alimentos, pero los alimentos provisorios durante un proceso violencia puede ser la diferencia entre que la mujer mantenga la denuncia o no porque necesita esa cuota para satisfacer la necesidades básicas de sus hijos, eso se cambió y estamos articulando con el Banco Central y el Banco Nación para ver cuál es la mejor manera para que las mujeres puedan acceder a los alimentos de forma práctica, rápida y accesible, sin que tengan que estar gestionando distintas idas a los bancos y puedan cobrar su cuota alimentaria. Detectar estos problemas estructurales y tratar de dar respuestas colectivas es lo que nos permite tener un patrocinio especializado, es una gran lupa que nos permite ver los déficits y reaccionar.