La Secretaría de Comercio Interior multó a la empresa Molino Cañuelas, a la Federación Argentina de la Industria Molinera (FAIM), a la Cámara de Industriales Molineros (CIM) y a la Asociación de Pequeñas y Medianas Industrias Molineras de la República Argentina de cartelización. A través de un acuerdo, fijaron precios mínimos de la bolsa de harina que debían ser convalidados por todo el sector en perjuicio de los molinos pequeños y de los y las consumidoras. Deberán pagar multas desde 50 a 150 millones de pesos.
Se trata de la etapa final de una investigación por un hecho ocurrido entre 2014 y 2017. Según la resolución publicada en el Boletín Oficial, la empresa y las entidades realizaron un acuerdo en el que fijaban precios mínimos e intercambiaban información sensible en el mercado de molienda de trigo y comercialización de harina de trigo, con el objeto de limitar la competencia entre las empresas molineras y en perjuicio de los pequeños molinos.
"Los acuerdos de precios son considerados por la ley de defensa de la competencia como los más gravosos y respecto de los cuales corresponde aplicar las sanciones más severas en atención a que generan un daño significativo sobre el interés económico general y el bienestar de las y los consumidores", aseguran en la Secretaría de Comercio Interior.
Se imputó a Molinos Cañuelas, fabricante de productos como Harina Pureza, galletitas 9 de Oro y Aceite Cañuelas, por 150 millones de pesos y otro monto igual para la FAIM. En tanto, la CIM deberá pagar 93.974.602 pesos y la Asociación de Pequeñas y Medianas Industrias Molineras de la República Argentina 51.131.995.
En el texto oficial se explica que la sanción que se podría aplicar a la empresa harinera es de un 20 por ciento sobre ventas netas de harinas de trigo de 2017, que ascendería a 1083 millones de pesos, pero que el máximo estipulado por la ley es de 150 millones de pesos.
La firma y las entidades tienen un plazo de diez días hábiles de notificada la presente resolución para efectuar el pago de la multa, bajo apercibimiento de efectuar la ejecución judicial.
La denuncia
Las actuaciones se iniciaron a partir la denuncia de la ONG Industrias Medianas y Pequeñas Unidas Locales Sociedad Argentina (Impulsar), por la presunta violación de la Ley de Defensa de la Competencia.
Según la acusación, Molino Cañuelas organizaba reuniones convocadas por la FAIM donde se acordaban precios que luego debían ser acatados por los pequeños molinos y que incluso circuló un documento bajo el nombre de Acuerdo General de Defensa de la Libre Competencia.
Según la denuncia en el marco de la "Fiesta de la Harina", las entidades molineras esbozaron la idea de implementar este acuerdo que, contrario a su nombre, tenía el objetivo de fijar un precio mínimo de venta e impedir la competencia en la comercialización de harina de trigo. La vigencia del acuerdo desde octubre 2014 hasta, al menos, abril de 2017, "restringió la competencia de los molinos de todo el país, así como perjudicó directamente a las y los consumidores".
Este acuerdo habría implicado la fijación de precios mínimos en forma convenida por todo el sector, en lo que Comercio Interior consideró un "cartel institucionalizado". Impulsar sostuvo que FAIM "está al servicio de un oligopolio y es conducida con un estatuto que establece un mecanismo de decisión en base a la capacidad de molienda", y en consecuencia "el más grande decide y los demás acatan".
Se refiere a Molino Cañuelas , que "limita, distorsiona y restringe la libre competencia en el mercado y el desarrollo de fuentes de trabajo generadas por los pequeños y medianos molinos, esenciales para el funcionamiento y la sustentabilidad de la economía nacional".
El contexto
La multa es producto de una investigación anterior, pero llega en un momento de tensión entre el Gobierno y las empresas molineras por el aumento del precio de la harina y por lo tanto el pan y fideos, productos claves en la canasta básica de los y las argentinas.
Tras semanas de desencuentros, la última semana las Cámaras y federaciones del sector panadero firmaron con la Secretaría de Comercio un acta acuerdo en base al cual reconocen como precio de referencia para el kilo de pan francés el rango comprendido entre 220 y 270 pesos en todo el territorio nacional por el plazo 90 días, a partir de que se active el Fondo que subsidia el precio de la harina de 25 kilos para elaborar pan. Sin embargo, esta decisión puede cambiar el escenario.
A través de un comunicado, la Federación rechazó las acusaciones y señaló que la multa es "exorbitante e infundada”. "FAIM está convencida de que la resolución responde a otros intereses que exceden el marco jurídico, toda vez que tiene como antecedente un acto administrativo que comenzó en 2015 en donde las partes presentaron todas las pruebas y evidencias de que no hubo un hecho a sancionar".
Sin embargo, la resolución no considera esas pruebas como válidas y decidió seguir adelante con el proceso. FAIM aseguró que recurrirá a todas las instancias judiciales que para obtener un pronunciamiento judicial que ponga fin al “actuar arbitrario” de la Secretaria de Comercio Interior.
Del mismo modo, la CIM manifestó su “sorpresa y desconcierto” por esta noticia, que rechazó también por “infundada y arbitraria” e indicó que recurrirá la Justicia. “En resguardo de la supervivencia de nuestra institución y en cumplimiento del deber de defender los intereses del sector, recurriremos a todas las instancias judiciales a nuestro alcance a fin de revertir esta arbitraria, infundada y desmesurada decisión administrativa”, remarcó.