Una insólita ordenanza está a punto de tratarse en el Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, ya que propone pasar del ámbito público al privado una superficie de 2.203,50 metros cuadrados frente al mar. Lo llamativo es que lo que el gobierno municipal pretende privatizar es una calle.
El lugar en cuestión tiene un valor estimado, según la ordenanza, en 1,2 millones de dólares, a razón de unos 545 dólares (tipo de cambio oficial) el metro cuadrado. El precio es barato, dada la ubicación privilegiada de la calle, en uno de los balnearios más costosos de la Argentina.
La empresa a la que pasará el espacio público, en caso de avanzar el proyecto, es Energy Group SRL, vinculada al abogado y empresario Víctor Stinfale. El predio de 84,75 metros de largo y 26 metros de ancho, está lindero a KU, un clásico de la noche pinamarense que cerró en 2016 y donde pretende elevarse un proyecto de hotel all inclusive.
Los fondos que se obtengan de la operación inmobiliaria serán destinados a compras de "bienes de interés y necesidad" para el municipio. Según la oposición, el valor real del espacio que se pretende privatizar es de 4,5 millones de dólares. Es decir, 3,3 millones por arriba de lo que pretende recaudar el intendente de Pinamar, Martín Yeza.
En la ordenanza se desafecta al municipio de ese bien, pasa a dominio privado y se lo vende a Energy Group SRL dada la titularidad de las parcelas circundantes y fija un valor de 1,2 millones de dólares. Los gastos de mensura quedan a cargo del adquiriente.
El producido por dicha venta será asignado al fondo exclusivo en cuenta especial destinado a la adquisición de bienes de interés y necesidad para el Estado municipal, conforme el procedimiento administrativo instrumentado para tales casos.
La ordenanza especifica que el posible propietario del dominio (Energy Group SRL u otros futuros) no podrá modificar las pendientes naturales del terreno, "pudiendo realizarse aquellas mejoras referidas a las instalaciones existentes destinadas a la canalización de las aguas de lluvia, en tanto resulten autorizadas por el Municipio".
También impide las construcciones de mampostería, debiendo utilizarse el predio bajo el uso de amenities de los inmuebles de las parcelas lindantes. Tampoco le estará permitido el desvío del escurrimiento natural de las aguas de lluvia provenientes de los sectores urbanos topográficamente más elevados.