El gremio de las trabajadoras de casas particulares consiguió mejoras significativas en materia de derechos laborales con la Ley 26.844 aprobada en 2013. No obstante, aún un elevado porcentaje trabaja en la informalidad. La ley 26.844 rige en todo el territorio nacional las relaciones laborales que se entablan con los empleados y empleadas por el trabajo que prestan en casas particulares o en el ámbito de la vida familiar.
Más de 61.500 personas están en condiciones de solicitar los beneficios de Registradas, el programa que transfiere una suma de entre el 30% y 50% del salario durante 6 meses a las nuevas trabajadoras de casas particulares que sean formalizadas por sus empleadores. Las familias que pueden acceder a través de la página web de la AFIP son aquellas que dieron de alta una relación laboral y que cumplen con las condiciones previstas. El programa, que busca reducir la informalidad del sector, está vigente y su vencimiento fue prorrogado hasta el 30 de junio.
Desde el lanzamiento del programa, y en línea con la reactivación económica, se observó un incremento en la formalización de relaciones laborales del sector. Entre octubre y abril se dieron de alta ante la AFIP 95.685 trabajadoras de casas particulares. Los datos oficiales muestran que ya acceden a los beneficios del Programa Registradas más de 9.900 trabajadoras.
La herramienta prevé la transferencia desde el Estado de entre el 30% y 50% del salario durante 6 meses a las nuevas trabajadoras que sean registradas por sus empleadores. El porcentaje del salario que abona el Estado dependerá del ingreso mensual de las y los empleadores. La inscripción debe ser solicitada por el empleador a través de la página web de la AFIP. La transferencia se realiza directamente a una cuenta sueldo gratuita a nombre de la trabajadora en el Banco de la Nación.
Para acceder a “Registradas” las trabajadoras deben dedicar un mínimo de 12 horas semanales declaradas por la parte empleadora. Asimismo deben desempeñar tareas enmarcadas dentro de las categorías “Personal para tareas específicas”, ”Caseros y caseras”, ”Asistencia y cuidado de personas” o “Personal para tareas generales”.