La jueza de Violencia Familiar y de Género Carolina Cáceres Moreno rechazó ayer un planteo de declinatoria de competencia presentado por el arzobispo de Salta Mario Cargnello en la causa caratulada “Monasterio, San Bernardo de Carmelitas Descalzas contra Cargnello, Mario Antonio; De Elizalde Martín; Ajaya, Lucio Francisco por violencia de género”, abierta por la denuncia por violencia realizada por tres monjas de la Orden de las Carmelitas Descalzas. 

El Poder Judicial de Salta informó que la declinatoria planteada por la defensa del arzobispo, a cargo del abogado Eduardo Romani, "tenía por objeto la declaración de incompetencia de la jueza de violencia por entender que corresponde la intervención del fuero eclesiástico de conformidad al Concordato con la Santa Sede de 1966".

Pero la jueza Cáceres Moreno "consideró que se encuentra habilitada para intervenir en la causa en el marco de los tratados Internacionales de Derechos Humanos y leyes nacionales y provinciales que rigen la materia (Convención CEDAW, Convención de Belém do Pará, Ley Nacional 26485, leyes provinciales 7888 y 8158)". Y añadió que en el caso se deben aplicar principios de tutela efectiva, inmediación y oficiosidad.

Asimismo, la magistrada puntualizó que en el acuerdo entre el gobierno argentino y la Iglesia Católica firmado en 1966 se garantizó a la Iglesia su autonomía para el libre ejercicio de su poder espiritual y también su competencia para el logro de sus fines específicos, pero ese Concordato "no es obstáculo para que el Estado argentino pueda actuar para garantizar los derechos constitucionales de todos sus habitantes".

También la fiscala penal de Violencia de Género Gabriela Dávalos había dictaminado que el juzgado provincial es competente para continuar interviniendo en esta causa iniciada el 12 de abril con la denuncia realizada por la abogada Claudia Zerda Lamas en representación de la priora y dos religiosas de clausura del Convento San Bernardo por hechos de violencia física, psicológica y económica

Organizaciones sociales y de derechos de mujeres y diversidades convocaron a un abrazo en el Convento. 

La denuncia comprende también al obispo emérito Martín De Elizalde (de la diócesis de Santo Domingo, en la provincia de Buenos Aires) y al sacerdote Lucio Ajaya, de la Catedral Basílica de Salta. Como primera medida la jueza hizo lugar a una medida cautelar y ordenó a los denunciados "abstenerse de ejercer actos de violencia de todo tipo y bajo cualquier modalidad en contra de las víctimas" y "las demás hermanas del monasterio San Bernardo de Carmelitas Descalzas de Salta". Además, la jueza impuso una orden de restricción de acercamiento y una guardia policial en el convento. 

Por otra parte, la jueza convocó a los denunciados a una audiencia, el próximo 3 de mayo. Salta/12 pudo constatar que hasta ahora solo fueron citados formalmente Cargnello y Ajaya, mientras que De Elizalde no fue encontrado en Salta y se envió una cédula a Buenos Aires. Esta audiencia es cerrada y solo estarán los religiosos y sus abogados, se leerá la denuncia y se los escuchará, si deciden hablar. Por ser un prelado, el arzobispo puede no ir y presentar un escrito pero sí deben estar sus abogados.

Una discusión de fondo 

Ayer se difundió un comunicado del Arzobispado de Salta con información sobre "indicaciones emanadas por la Congregación para la Vida Religiosa y Sociedades de Vida Apostólica como consecuencia" de un examen realizado por dos visitadores al Convento San Bernardo. El Consejo Provincial de Educación Católica de Salta (Coprodec) y la Junta Arquidiocesana de Educación Católica (Jaec) de Salta le dieron difusión a este comunicado acompañado de un texto en el que manifestaron "públicamente el apoyo permanente a nuestro Arzobispo, Monseñor Mario Antonio Cargnello". 

Desde que se conoció la existencia de la inédita denuncia por violencia en perjuicio de mujeres religiosas consagradas, se viene hablando de que es un emergente de las diferencias entre el Arzobispado y las Carmelitas por razones económicas y por la devoción de estas últimas a la Virgen del Cerro y la aceptación de las supuestas apariciones a la laica María Livia, un culto que trascendió largamente las fronteras de la provincia, y que la Iglesia Católica aún no reconoce oficialmente. Salta/12 recibió información de que detrás también hay un conflicto por inmuebles donados a las hermanas carmelitas. 

El comunicado del Arzobispado, que da cuenta del respaldo del Vaticano a Cargnello, parece confirmar todas esas hipótesis, o al menos lo hace en que hay un trasfondo que tiene que ver con la economía. Informa que el 26 de abril la Nunciatura Apostólica en Buenos Aires anunció al arzobispo y el 27 de abril, a las  "Rvdas. Madres Carmelitas" del decreto de finalización de la visita del obispo emérito Martín De Elizalde y de la religiosa Isabel Guiroy al Convento San Bernardo. 

Y a continuación entrega "las indicaciones emanadas por la Congregación para la Vida Religiosa y Sociedades de Vida Apostólica como consecuencia del atento examen de los informes de los Visitadores y de las Rvdas. Madres Carmelitas". 

Esas indicaciones están contenidas en tres puntos, que el comunicado trascribe de forma textual. El primero ratifica que el Monasterio San Bernardo y las Monjas Carmelitas Descalzas de Salta "goza(n) de su debida autonomía, aun estando bajo la vigilancia del Obispo diocesano cuya autoridad y acción están establecidas por el derecho". Y añade que "En esta perspectiva, el Obispo tiene el derecho de visitar el Monasterio y de recibir, y la Priora el deber de presentar, un informe anual sobre la administración de los bienes y sobre la economía del monasterio". 

En el mismo sentido sostiene que "La administración de los bienes temporales del Monasterio debe ser transparente y presentada a la comunidad en todos sus aspectos, porque los bienes temporales son bienes de toda la comunidad y la Priora y la ecónoma son solo sus administradoras en nombre de la comunidad". Y recomienda que "Para la transparencia de la economía y la administración de los bienes, el Monasterio debería nombrar, preservando la propia ley, una ecónoma, de modo que el priorato y el economato no estén concentrados en una sola persona”. 

El segundo punto recuerda que “El monasterio, aun teniendo autonomía propia, está integrado en la Iglesia local, y cualquier implicación directa o indirecta del monasterio en la vida de la Iglesia local y en el apostolado debe ser concordada y realizada con el permiso del Obispo  diocesano". Y aquí entra la cuestión de la Virgen del Cerro: advierte que "Por lo tanto, la Comunidad de las Hermanas Carmelitas de Salta no debe en ningún modo involucrarse en actividades ligadas a la así conocida 'Obra yo soy la Inmaculada Madre del Divino Corazón Eucarístico de Jesús (la que popularmente se conoce como Virgen del Cerro) y yo soy el Sacratísimo Corazón Eucarístico de Jesús'". 

El punto 2 añade que estas actividades repercuten entre los fieles y "constituyendo una forma de apostolado está bajo la exclusiva autoridad del Obispo del lugar, inclusive la supervisión del apostolado hecho por los laicos y sostenido en diferentes maneras por el convento en el contexto de las denominadas apariciones mencionadas en la documentación recibida". E indica que le corresponde al arzobispo, o "a través de él a la competente Congregación de la Sede Apostólica, discernir su veracidad y autorizar las prácticas de culto en este contexto”. 

La Comunidad de las Hermanas de Salta está obligada a la estricta observancia de las normas de ley en este aspecto, incluida la estricta observancia de la clausura monástica", agrega a continuación. Y observa que permitir a fieles laicos residir "en modo permanente en el terreno del monasterio", a participar habitualmente de la vida de la comunidad monástica, y permitir a los peregrinos acceder al terreno del Monasterio, "constituye(n) una clara implicación de la Comunidad del Monasterio en los asuntos de la 'Obra yo soy la Inmaculada Madre del Divino Corazón Eucarístico de Jesús y yo soy el Sacratísimo Corazón Eucarístico de Jesús', contra la voluntad del Obispo y de los sacerdotes de la Diócesis, que lleva a una división de la comunidad de la Iglesia local y a conflictos a los cuales se refiere la documentación". Para mayor claridad aclara a continuación: "El Monasterio, permitiendo a la 'vidente', la Sra. María Livia Galiano de Obeid, vivir en los locales propios y asignando algunos espacios para los peregrinos cercanos a este contexto, está claramente involucrado completamente en esta obra, contra la voluntad de la Iglesia local”. 

El punto 3 insiste con la obediencia: “Es necesario señalar con fuerza que la comunidad de las Carmelitas Descalzas de Salta debe vivir plenamente el carisma carmelita, no una Obra que en consecuencia lleva a situaciones de tensión". Por eso, recomienda "una formación renovada en el espíritu de la Regla y según la tradición carmelitana, observando la propia tradición de vida monástica" y añade que "En diálogo con el Obispo del lugar, se debería instituir una forma estable de reuniones regulares, que serviría para enfrentar las situaciones problemáticas de modo continuo”.

Tras trascribir los tres apartados de indicaciones, el Arzobispado informó que el "Dicasterio romano ha decidido nombrar un Asistente Apostólico para el monasterio, mediante un decreto inmediato por el que indicarán las competencias y la persona nombrada". 

El comunicado no informa la razón de la vista de De Elizalde y Guiroy, que concluyó el 30 de marzo. Por los dichos de la abogada de las religiosas, el conflicto viene de mucho antes, Zerda Lamas ha dicho que la acusación por violencia económica es porque ya llevan dos años esperando que el arzobispo habilite la elección de una priora titular, y esta demora afecta la economía del monasterio.