Desde Santa Fe

La Cámara Federal de Rosario le pidió la opinión al presidente de la Corte Suprema de Justicia Horacio Rosatti antes de resolver si lo investiga o no. Lo decidió esta semana la Sala A –que interviene en el caso- en un incidente previo a tratar el “fondo del asunto”, que es una denuncia anónima contra el supremo por presunto “enriquecimiento ilícito” que tramita en el Juzgado Federal Nº 1 de Santa Fe desde junio de 2021. La decisión se adoptó por mayoría, a pedido del fiscal general Oscar Arrigo, quien fundamentó su propuesta en resguardo del “derecho de defensa” de Rosatti y las garantías del “debido proceso”.

El incidente se planteó por un decreto del presidente de la Sala, Aníbal Pineda, quien el 31 de marzo “pasó la causa al Acuerdo” para resolver el “fondo del asunto”, que es si se investiga (o no) la denuncia contra el presidente de la Corte. El fiscal Gustavo Onel ya dijo que no. El primer juez que intervino, Reinaldo Rodríguez, dijo que sí, pero fue recusado por Rosatti en los tribunales de Comodoro Py, donde la Cámara de Casación (Sala I) lo apartó del proceso, como quería el recusante.

El fiscal Onel ya intentó cerrar la causa dos veces. En junio de 2021 desestimó la denuncia y pidió su archivo. Y dos meses después, en setiembre, solicitó el “sobreseimiento” del presidente de la Corte y ahora también del Consejo de la Magistratura por “prescripción de la acción penal”. El 27 de setiembre, el juez Rodríguez rechazó el “pedido de prescripción y archivo solicitados” por Onel, quien apeló ante la Cámara Federal de Rosario, que ahora deberá resolver el recurso. Rosatti adhirió a la apelación.

El 4 de octubre de 2021 –a la semana de que el juez Rodríguez rechazara el cierre de la causa- se presentó a declarar en el juzgado un ex chofer de la Municipalidad de Santa Fe. En la audiencia, pidió conocer la denuncia anónima. Y después habló de una supuesta entrega de “sobres”, contó quién se los daba y que él se encargó de llevarlos “al domicilio del doctor Rosatti todos los meses”. Rosatti fue intendente de Santa Fe en el período 1995-1999. Lo sucedieron en el cargo Marcelo Álvarez (1999-2003) y luego Martín Balbarrey (2003-2007). El período que el testigo ubicó su tarea sería el tercero, cuando Rosatti se desempeñaba como procurador del Tesoro de la Nación (2003-2004) y ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación (2004-2005).

En la apelación a la negativa de Rodríguez de cerrar la causa y exculpar al denunciado, el juez Pineda decretó el 31 de marzo el “pase de las actuaciones al Acuerdo” para resolver la cuestión de fondo. Pero el fiscal Arrigo impugnó el decreto porque a su juicio –antes de que la Sala dicte sentencia- debía correrse vista al Ministerio Público y al propio Rosatti para que opinen. Y solicitó entonces que el tribunal revoque el decreto de Pineda y consulte al presidente de la Corte, antes de resolver si lo investigan o no.

La “función esencial” del Ministerio Público –dijo Arrigo- es “defender la legalidad del procedimiento” y al omitir “correrle la vista” a Rosatti se “violaría el debido proceso” y “el derecho de defensa en juicio” del supremo.

El decreto de Pineda es “arbitrario”, dictaminó Arrigo. “Generó una notable indefensión” de Rosatti. Por lo tanto, solicitó que la Sala lo revoque y pida la opinión del presidente de la Corte, que ya es parte en el proceso. “Mal puede no ser considerado ‘interesado’” en el expediente cuando ya recusó a Rodríguez y planteó la “nulidad de lo resuelto” por el juez de Santa Fe. En junio de 2021, Rodríguez anuló el dictamen del fiscal Onel que había desestimado la denuncia contra Rosatti y ordenó investigar. En agosto, rechazó la recusación del presidente de la Corte. Y en setiembre, desechó el archivo de la causa que volvió a pedirle Onel.

En el debate en la Cámara, el juez Pineda discrepó con Arrigo al considerar que Rosatti no era “parte en el incidente”. “Los derechos que el Código acuerda al imputado podrá hacerlos valer (…) cualquier persona que sea detenida o indicada de cualquier forma como partícipe de un hecho delictuoso”. Pero para eso “no bastará la simple denuncia”, será necesario además el “impulso” del Ministerio Público. Y eso es lo que no ocurrió, el fiscal Onel no “realizó ningún acto jurisdiccional válido que haga recaer una imputación sobre el doctor Rosatti”. Por lo tanto, si el presidente de la Corte “no es parte, no debe corrérsele la vista”. Pineda propuso entonces rechazar el planteo de Arrigo y confirmar el decreto del 31 de marzo.

En el segundo voto, el juez Fernando Barbará coincidió con Arrigo que Rosatti ya es “parte” en el proceso. En setiembre, cuando Rosatti recusó al juez Rodríguez, Barbará rechazó la recusación. Su fallo salió el 16 de setiembre, una semana antes de que Rosatti asumiera la presidencia de la Corte, con su autovoto. El 4 de octubre, Rosatti recurrió a Comodoro Py y Barbará concedió la apelación. Y el 4 de marzo, el presidente de la Corte logró lo que quería: Casación apartó de la causa a Rodríguez.

Entonces, si Rosatti recusó al juez Rodríguez, “mal cabría no considerarlo como parte en el proceso”, cuando sus peticiones ya “fueron abordadas por dos tribunales”: la Cámara Federal de Rosario y la Sala I de Casación, dijo Barbará. Y reveló dos hechos:

1) El decreto del 31 de marzo del juez Pineda ya fue comunicado al abogado de Rosatti por correo electrónico, “a pesar de no encontrarse vinculado al expediente principal”, ni al incidente.

2) La defensa de Rosatti “adhirió al recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público contra la resolución del 27 de setiembre de 2021” del juez Rodríguez, que resolvió: ‘rechazar el pedido de prescripción y archivo solicitados” por el fiscal Onel. La Cámara lo agregó a la causa y decidió “tenerlo presente para su oportunidad”, cuando trate la cuestión de fondo.

Barbará propuso entonces que la Sala revoque el decreto de Pineda y “corra vista al doctor Rosatti” antes de resolver el “fondo del asunto”. El tercer camarista José Guillermo Toledo sumó su voto al de Barbará. Y así se resolvió. Por mayoría, la Sala anuló el decreto del 31 de marzo y pidió la opinión de Rosatti previo a resolver el “fondo del asunto”, que será decidir si el presidente de la Corte será investigado o no.