Desde Santa Fe

Ya son tres los magistrados que dijeron que no hubo espionaje ilegal en la causa que investiga al ex ministro de Seguridad Marcelo Sain y a su equipo. El 30 de marzo, lo reveló el juez de la Cámara de Apelaciones de Santa Fe Sebastián Creus cuando levantó el secreto del sumario y advirtió que asociar la pesquisa de los fiscales del MPA Ezequiel Hernández y Mariela Jiménez con una supuesta violación a la ley nacional de Inteligencia era una “exageración”. El 18 de abril, lo dictaminó el fiscal federal Walter Rodríguez al coincidir con Creus que sus colegas Hernández y Jiménez no brindaron “ninguna información” que permita encuadrar las conductas de Sain y de sus ex colaboradores “en los términos de la ley nacional de Inteligencia (25.520)”. Y así, lo resolvió ayer el juez federal Reinaldo Rodríguez al llegar a la misma conclusión: “No hay elementos” en la causa para calificar los hechos como los calificaron Hernández y Jiménez. “No se puede afirmar que en las actuaciones que tramitan ante la justicia ordinaria surja la comisión de delitos de competencia federal” como sería el espionaje ilegal, dijo el juez Rodríguez. Y declaró la “incompetencia” de su juzgado para tramitar el expediente. Las resoluciones de los jueces Creus y Rodríguez y el dictamen del fiscal federal Walter Rodríguez desmienten incluso al propio fiscal general de la provincia Jorge Baclini, quien manifestó que “se investigaba un situación de espionaje” que escandalizó a los medios.

Los tres magistrados se pronunciaron en dos causas distintas. El juez Creus en la investigación de Hernández y Jiménez, a quienes el 30 de marzo les ordenó entregar a las defensas todas las evidencias en su poder, pero también dijo que asociar la pesquisa a un supuesto espionaje ilegal era una “exageración”. Creus explicó que en el expediente “no hay ninguna información brindada” por los fiscales del MPA que “permita siquiera afirmar con algo de suficiencia la tipicidad de estas conductas (que se reprochan a Sain) en los términos de la ley de Inteligencia nacional (Nº 25.520).

El juez Reinaldo Rodríguez y el fiscal Walter Rodríguez llegaron a la misma conclusión, pero en otra causa que se inició en el tribunal federal de Santa Fe por una denuncia del propio Sain, el 30 de noviembre de 2021. Cuatro días después del allanamiento de Hernández y Jiménez al Ministerio de Seguridad, en medio del escándalo mediático. “A partir de esa medida, he sido objeto de imputaciones y señalamientos en los medios de comunicación referidas a los delitos previstos en la ley 25.520”, denunció Sain. Y pidió que “se investigue la probable comisión del delito de espionaje por parte de todos los que somos perseguidos por los fiscales” Hernández y Jiménez que “ordenaron y diligenciaron el allanamiento” del Ministerio de Seguridad, el 26 de noviembre. “Puede interpretarse si se quiere esta denuncia como una autodenuncia”, dijo Sain al entender que si los fiscales del MPA investigaban lo que decían los medios la causa debía tramitar en el fuero federal.

Sain se autodenunció el 30 de noviembre y amplió la denuncia el 17 de diciembre, en un escrito en el que recordó que tanto Hernández como Baclini dijeron que “el objeto de la investigación era la presunta violación a la ley de Intelitencia, lo cual constituye un delito federal”. Baclini dijo: “La causa está relacionada con lo que se llama ‘espionaje ilegal’ o lo que se da a conocer como ‘infracción a la ley de Inteligencia’. “Sobre las expresiones de Baclini, cabe preguntarse cómo sabía el contenido de la pesquisa si había secreto del sumario. Torpezas como éstas evidencia que se trata de una maniobra articulada entre distintos sectores del mundo político-institucional de la provincia”, planteó Sain.

La denuncia quedó radicada en el Juzgado Federal Nº 2, que entonces estaba a cargo del juez Marcelo Bailaque, quien se apartó porque –en setiembre de 2020- Sain le había pedido el juicio político en una causa por narcotráfico. El expediente pasó entonces al Juzgado Nº 1 del juez Rodríguez.

El 29 de marzo, los fiscales Hernández y Jiménez informaron que los reproches a Sain y a su equipo, entre ellos la abogada de Hijos, Nadia Schujman, eran por supuesta “asociación ilícita”, “malversación dolosa”, “abuso de autoridad” y “violación a le ley 25.520” de Inteligencia.

El 18 de abril, en su dictamen, el fiscal federal Rodríguez coincidió con el juez Creus, que sus colegas Hernández y Jiménez no habían brindado “ninguna información que permita siquiera afirmar con algo de suficiencia la tipicidad de estas conductas en los términos de la ley nacional de Inteligencia”, dijo al citar el fallo del 30 de marzo. Rodriguez explicó  que “los tipos penales previstos” en la ley 25.520 refieren a “autores calificados”, es decir funcionarios del sistema de inteligencia, “cosa que los ex funcionarios aquí imputados están lejos de esa categoría”.

El fiscal Rodríguez dijo que sus colegas del MPA, Hernández y Jiménez “no han identificado ninguna conducta” de Sain que “en el plano real y con expresa invocación de elementos les permita fundamentar la existencia (…) de algunos de los tipos penales” de la ley de Inteligencia. Por lo tanto, el “trámite de la inhibitoria” para que la causa pase al fuero federal “devino abstracto” porque no hay “elementos” para investigar un supuesto espionaje ilegal.

Y así resolvió el juez federal Rodríguez, que el fuero federal no es competente para investigar a Sain por que no hay pruebas de una presunta “infracción” a la ley 25.520. “El fiscal federal actuante no encuadra los hechos en dicha figura legal”, señaló el magistrado. “Por el contrario, sostiene la definición adoptada” por el juez Creus, quien “aseguró que no hay información brindada por los fiscales del MPA” Hernández y Jiménez que permita afirmar con algo de suficiencia la tipicidad de las conductas investigadas en los términos de la ley de Inteligencia”.

El juez Rodríguez coincidió con el fiscal federal que “corresponde declarar la incompetencia de la justicia federal” porque si bien Hernández y Jiménez refieren una “presunta infracción a la ley 25.520”, en la causa “no hay elementos que den cuenta de la calificación seleccionada” por los fiscales del MPA.

“No se puede afirmar que de las actuaciones tramitadas ante la justicia ordinaria surja la comisión de delitos de competencia federal”. Por lo tanto, Rodríguez declaró la “incompetencia” del fuero federal y remitió la causa al MPA.