El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, envió a juicio oral a tres acusados por el asesinato de cinco militantes de Montoneros en 1975, un hecho que se conoce como la "Masacre del Río Luján" y fue declarado imprescriptible por tratarse de crímenes de lesa humanidad.
Los procesados son dos expolicías detenidos con prisión preventiva bajo arresto domiciliario, Hermes Vicente Acuña y Carlos Urbano Leguizamón y un tercero, Samuel Bunge Diamante, acusado de supuesto encubrimiento. Todos serán juzgados por el Tribunal Oral Federal de San Martín 3.
González Charvay dio por cerrada la investigación y envió la causa a juicio oral por lo ocurrido el 12 de abril del 75, cuando según la causa policías bonaerenses asesinaron a Carlos Lagrutta, Carlos Benuzzi, Carlos Tuda, Luis Bocco y Guillermo Rodríguez.
Los hechos ocurrieron tras el robo de un camión Mercedes Benz por parte de los militantes montoneros, luego de lo cual fueron interceptados por policías que realizaban controles vehiculares a la altura de la localidad bonaerense de Zárate. Eran efectivos de las comisarías de General Sarmiento y de Escobar, quienes según la acusación asesinaron a las víctimas en un descampado, cuando estaban indefensas y ya se habían entregado.
Además de los procesados, en los hechos intervinieron otros 9 policías bonaerenses de los cuales ocho murieron y uno fue declarado incapaz.
Durante la investigación se determinó que hubo una "coordinación" para ocultar los hechos en base al análisis de las autopsias que se hicieron en 1975 por parte del Cuerpo Médico Forense y la Dirección de Criminalística y Estudios Forenses de Gendarmería.
Además, el juzgado ordenó exhumar los restos óseos de tres de las víctimas: Bocco, Rodríguez y Molinas Benuzzi, para un peritaje realizadao por el Cuerpo Médico Forense y del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF).
Los dos detenidos serán juzgados por "homicidio doblemente agravado con alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas en cinco hechos". El tercer acusado, procesado sin prisión preventiva, exoficial principal de la comisaría de Campana al momento de los hechos, será juzgado “por dejar de comunicar a la autoridad las noticias que tuviere acerca de la comisión de algún delito cuando estuviere obligado a hacerlo por su profesión o empleo”.