El Tribunal Oral Federal N° 1 de Salta, condenó a cinco concejales de distintas localidades del interior de la provincia a penas de prisión condicional e inhabilitación para ejercer cargos públicos, por el cobro ilegal de los $10.000 que otorgaba el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), durante 2020, cuando el gobierno nacional realizó ese aporte en plena pandemia de coronavirus para los sectores más precarizados de la sociedad.

Las condenas, dictadas en coincidencia con el pedido del fiscal Ricardo Toranzos, fueron para Paola Cantarella, Jesús Cuéllar y Gabriela Cazón, ediles de Pichanal, Urundel y Aguas Blancas, por el delito de defraudación e incumplimiento de deberes de funcionario público.

Cantarella y Cuéllar recibieron penas de 3 años de prisión condicional, mientras que a Cazón se le aplicó una pena de 2 años de prisión. En los tres casos se impuso además la pena accesoria de inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

En tanto, el ex concejal de San Lorenzo José Osvaldo Reynaga fue condenado a un año de prisión y dos de inhabilitación por los mismos delitos en grado de tentativa. Toranzos había solicitado que se le impusiera una pena de un año y medio de prisión condicional más tres de inhabilitación.

La defensa de Reynaga, rechazada de plano por el fiscal y los jueces, sostenía que la tramitación del beneficio, que le fue rechazado por la ANSeS, se debió a una práctica simulada que realizó desde su teléfono celular, destinada a vecinos que le pidieron ayudar para hacer el trámite.

Nicolasa Maras, concejala de Los Toldos, fue condenada al mínimo de la pena; recibió un mes de prisión y dos de suspensión para el ejercicio de cargos públicos por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionaria pública. Mientras la fiscalía había solicitado que se la condene a un año de prisión condicional y dos de inhabilitación.

Sobre este último caso, Salta/12 habló en su momento con la edila de aquella localidad del norte salteño y el diputado local, Francisco “Chila” Acosta. Ambos relataron que Maras siempre se dedicó a la agricultura familiar y que recibía la Asignación Universal por Hijo, y al momento de asumir la concejalía y enterarse del monto de su dieta, decidió prescindir de ella para no perder el beneficio social de la ANSeS. Y porque al cobrar la AUH se le acreditó automáticamente el IFE.

Pero Toranzos justificó su acusación al indicar que “quedó claro el engaño que llevó adelante al renunciar a su dieta, puesto que le convenía seguir con la percepción de la Asignación Universal por Hijo y el pago de una beca para otro de ellos, beneficios que habría perdido al percibir su sueldo como empleada” estatal. Los jueces consideraron que no se puede afirmar que haya tenido una conducta “defraudatoria”, y que el acto de renunciar a la dieta “no tuvo la entidad suficiente”.

Por ello, se decidió absolverla del delito de defraudación, aunque no del incumplimiento de deberes, pues sostuvieron que la concejala sí cobró el IFE, a sabiendas de que no le correspondía dada su condición de funcionaria pública.

Probation y conciliaciones 

Este segundo juicio oral contra funcionarios públicos por el cobro del Ingreso de Emergencia, había iniciado el 15 de febrero con audiencias semanales. Del total de imputados, 30 casos se resolvieron mediante la aplicación de suspensión de juicio a prueba y 17, a través de conciliaciones. Lo que equivale a 47 acuerdos a través de medidas alternativas de resolución de conflicto, las cuales dejaron un saldo de $1.559.000 en donaciones por parte de los apuntados, que se destinaron a 45 entidades de bien público, según informó el Ministerio Público.

Además, se establecieron 3.694 horas de trabajos comunitarios por parte de los concejales que adhirieron a estas medidas, incluso 28 de ellos acordaron auto inhabilitarse para participar como candidatos en dos periodos electorales.

Por otro lado, el tribunal decidió absolver a otros tres concejales, Santos Palma, de Animaná, y Julio Pedro Laxi, de Rivadavia Banda Norte, por pedido de la misma fiscalía, que los había imputado inicialmente por el delito de incumplimiento de deberes de funcionario público. Y a Héctor Sebastián Cari, de Guachipas, por el beneficio de la duda.

En los casos de Palma y Laxi, la fiscalía reconoció que tras realizar varias diligencias investigativas, determinó que los concejales no realizaron gestiones propias para acceder al cobro del IFE, por lo que pidió la absolución de ambos, pedido que fue concedido.

Pero sobre Cari, Toranzos, que lo había acusado como responsable del delito de defraudación, informó que evaluará recurrir la decisión, debido a que puso en duda la declaración de dos testigos que presentó su defensa. Uno de ellos, llamativamente, afirmó haber realizado el trámite de inscripción del concejal, según lo ordenado por el intendente de Guachipas, cuando para el fiscal quedó claro que la segunda etapa del trámite, en la cual el solicitante debía indicar el medio de pago y validar los datos, fue realizada por el acusado.

La defensa de Cari argumentó que tampoco fue el edil quien concretó tal paso, sino el área social del municipio debido a que muchos de los habitantes de esa localidad no poseen acceso a Internet y residen en zonas alejadas. Ante este supuesto, optaron por aplicar el beneficio de la duda. El tribunal consideró en su favor que el concejal devolvió el subsidio tras percibirlo.

Esta causa se inició tras una investigación periodística en la que se cruzaron los documentos de muchos funcionarios y funcionarias del la provincia con los de quienes se habían inscripto, o habían intentado hacerlo, para cobrar la ayuda estatal. En ese momento, surgieron 50 nombres, que luego, con la intervención de la fiscalía, se ampliaron a 67, la mayoría de ellos concejales sospechados de haber cobrado el IFE.

Las condenas dictadas ayer se suman a la de los ex gerentes del PAMI de Orán y Embarcación, Viviana Fernández y Javier Navarreta, quienes recibieron penas de tres años de prisión condicional e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de defraudación a la administración pública. Ese fallo fue dictado también por el TOF 1 el 2 de agosto de 2021.

Al momento de pedir la declaración de responsabilidad de los acusados en el debate concluido ayer, el fiscal Toranzos resaltó la calidad de funcionarios públicos que revestían, situación que les impedía acceder al beneficio del IFE. “Traicionaron el voto popular a sabiendas del perjuicio en que hicieron incurrir al Estado”, expresó el funcionario del Ministerio Público Federal, y les recordó que al obtener el beneficio provocaron “que otro ciudadano, que sí reunía las condiciones de necesidad, no lo recibiera”.