El Juzgado Contencioso Administrativo Federal de Capital Federal aceptó el planteo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y le requirió al Juzgado Federal Nº1 de Córdoba que le remita la causa colectiva planteada por la Sociedad Rural Argentina contra las retenciones agropecuarias.
En el fallo, el titular del tribunal, Enrique Alonso Regueira, declaró que “el juzgado competente para entender es aquel con jurisdicción en el lugar en que el acto se dicte o tenga efectivos. Por ello, se concluye que la Justicia Contencioso Administrativo Federal deberá ser quien entienda sobre esta acción de amparo”.
En ese sentido, requirió al Juzgado Federal Nº 1 de Córdoba, a cargo de Ricardo Bustos Fierro, que le remita la causa colectiva. Además, el magistrado especificó que “el amparo colectivo incluye a todos los productores agropecuarios del país y se dirige contra una conducta desplegada por la AFIP-Aduana y contra determinados decretos dictados por el Poder Ejecutivo Nacional”.
Luego, agregó que “se trata de actos emanados de autoridades públicas con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos efectos no se circunscriben a una jurisdicción específica sino que éstos se producen respecto de la totalidad del territorio nacional".
El recurso de acción de amparo contra el Estado Nacional fue iniciado por la Sociedad Rural Argentina y la Sociedad Rural de Jesús María, con el fin de que se declare inconstitucional e ilegitimidad del cobro de derechos de exportación a los productos agropecuarios a partir del 1 de enero de 2022.
Los ruralistas afirman que desde el 1 de enero pasado, las retenciones ya no son aplicables por no haberse extendido la ley vinculada con la emergencia económica de 2019 que el Gobierno buscaba prorrogar con el proyecto de Presupuesto 2022 que finalmente no se aprobó.
Lo que está en juego es un monto millonario, pues el año pasado el gobierno cobró 9 mil millones de dólares por derechos de exportación al complejo agroindustrial.