La AFIP reintegrará más de 1345 millones de pesos a monotributistas y autónomos que abonaron durante 2021 sus obligaciones por débito automático o tarjeta de crédito. El beneficio al cumplimiento alcanza a más de 649 mil pequeños contribuyentes de todo el país: 557 mil monotributistas y 92 mil autónomos.

La medida implementada por el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont consiste en la devolución de una porción del componente impositivo abonado a lo largo del año. Alcanza a quienes hayan pagado en tiempo y forma su cuota mensual. La cantidad de pequeños contribuyentes que recibirán el reintegro este año es un 62 por ciento superior a la de 2021. El incremento responde principalmente a un mayor cumplimiento por parte de los monotributistas y autónomos.

Las personas beneficiadas recibirán un importe equivalente al impuesto integrado mensual. El pago será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de los contribuyentes cumplidores. Aquellos contribuyentes que hayan iniciado la actividad el año pasado y por ello no hubieran abonado 12 meses completos tendrán la devolución del 50 por ciento, siempre que la cantidad de cuotas pagadas en término fueran entre 6 y 11, ambas inclusive.

El monto acreditado -o los motivos por los cuales no se realizó el reintegro- podrá consultarse en el servicio “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, al que se ingresa con clave fiscal.

AFIP aclaró además que los pequeños contribuyentes que deseen adherir al débito automático pueden obtener información de cómo hacerlo en https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/guiaDeTramites/VerGuia.aspx?tr=69

Moratoria y condonación

El reintegro para monotributistas y autónomos se suma a otros beneficios puestos en práctica en los últimos meses para pequeños contribuyentes como la moratoria y la condonación de deudas hasta 100.000 pesos, contenidos en la ley de alivio fiscal. Esas herramientas fueron utilizadas por más de 857.000 pequeños contribuyentes.

La AFIP habilitó en diciembre la condonación de deudas prevista en la ley de alivio fiscal. Los contribuyentes pudieron solicitar este beneficio para regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto de 2021. El perdón fiscal incluyó los intereses resarcitorios, punitorios, multas y sanciones.

La condonación de deudas la pudieron solicitar entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. También abarcó deudas inferiores a 100.000 pesos de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME.

La ley de alivio fiscal incluyó además la moratoria para obligaciones vencidas al 31 de agosto de 2021 y un mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos, ambos ya vigentes. Asimismo incorporó beneficios para contribuyentes cumplidores y la implementación de procedimientos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización.

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