¡Publicaronnnnnnnnnnnnnnn! es el mensaje de whatsapp del domingo, a las 9.33. Y el link. Lía Basso estaba esperando que el diario La Capital de Rosario cumpliera con la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo civil de Rosario y difundiera la condena que recibió por violencia simbólica a raíz una nota publicada el 22 de marzo de 2015, el día después de que ella sufriera un intento de femicidio. “Habían dado varias vueltas, yo sabía que había ganado el juicio, con perspectiva de género, pero la posibilidad de que no se publicara estaba. Me enteré porque una amiga llamó a mi mamá. Casi que no lo esperábamos”, cuenta Lía, que batalló durante años para obtener una reparación que considera colectiva. Por ella, que aquel domingo de 2015, reponiéndose de las heridas en el Hospital de Emergencias Clemente Álvarez de Rosario tuvo que leer mentiras y sentirse acusada del crimen que sufrió. Y por todas las que –ahora- cuentan con un antecedente para pelearla. La decisión de la justicia rosarina es inédita, porque también lo fue la presentación que hizo Lía acompañada de sus abogadas Betiana Pérez y Ayelén Naput Neme.
A la Cámara de Apelaciones de Circuito integrado por René Raúl Galfré, Eduardo Jorge Pagnacco y Andrea Susana Netri llegaron después de un fallo en primera instancia que condenaba al diario por el daño contra Lía, pero no lo encuadraba en la ley 26485, que tipifica la violencia simbólica, en su modalidad mediática. Y lo más importante, para Lía, era dejar sentado en la justicia el grave efecto que tenía esa publicación para el colectivo de mujeres y las identidades feminizadas.
Como ya contó este diario, después de dispararle tres veces a Lía, su agresor se suicidó. El relato periodístico dijo que el femicida estaba “desesperado” y, a partir de las redes sociales de la víctima del delito de intento de femicidio, infirió que era bailarina amateur porque tomaba clases de zumba, y ¡que le gustaba salir con amigas! En marzo de 2015, pocos meses antes del primer Ni Una Menos.
La Cámara sí consideró que había una responsabilidad social. “No se recrimina a La Capital haber brindado información respecto del suicido de Diego R. ni del intento de femicidio de su pareja, lo que se cuestiona es la divulgación novelesca y distorsionada de un suceso dramático de la vida íntima de la mujer y su pareja, con cierto sesgo imputativo hacia la primera y un perfil claramente sexista de ella. Esa información, así comunicada, no tiene nada que ver con datos objetivos sobre el crimen y excede cualquier tipo de interés público”, dice el fallo de segunda instancia.
“El reclamo que hacíamos en esta segunda instancia era que yo había ganado esa demanda pero en términos individuales, el tema era que se ganara en términos colectivos, que se reconozca que el artículo había violado la ley 26485, y había incurrido en violencia simbólica, en la modalidad mediática. Queríamos que quede determinado que cuando se aborda el femicidio como se abordó, cuando se aborda de forma novelesca, se estereotipa y culpabiliza a una mujer del femicidio del agresor, están formando parte de la estructura que legitima la violencia de género. Lo que yo quería, y logramos, era que se politice de alguna manera lo que a mí me pasó y que esta violencia que me pasó a mí le podría haber pasado a cualquiera y que el abordaje de las situaciones de violencia termina formando parte de la estructura que legitima la violencia”, le dice Lía a Las12.
Betiana Pérez es más que una abogada de Lía, es una compañera feminista. “En primer lugar, lo que consideramos es que la sentencia de Cámara es resultado de una lucha, que en este caso fue a través de este proceso judicial, nuestra finalidad era que las violencias en los medios de comunicación de alguna manera sean reconocidas y llamadas por su nombre. Era novedoso que cuando nosotros empezamos a buscar jurisprudencia no había, por eso destacamos la importancia. Teníamos el fallo de primera instancia, de resultado parcialmente favorable, porque consideró el daño de esa publicación, pero había invisibilizado el contexto de violencia estructural que había ocasionado ese daño, y que al ejercer violencia simbólica, perpetua las situaciones de desigualdades y violencias”, plantea la abogada, y señala la importancia de los argumentos presentados por Periodistas Argentinas en Red por una comunicación no sexista (Red Par) para argumentar la existencia de la violencia simbólica.
“Fue un logro maravilloso después de tantos años de lucha”, dice Lía, que en el mismo Heca conoció a Sauli Dalmasso, enfermerx del dispositivo de atención en violencia entonces, alguien que la ayudó a abrir otro camino. Se incorporó a Mumalá, al activismo contra las violencias y –si bien durante años siguió trabajando como veterinaria, empezó a estudiar trabajo social, hizo muchísimas diplomaturas, acompañó a otras mujeres y disidencias en situaciones de violencia, y se incorporó al Centro de Investigaciones Feministas y Estudios de Género de la Facultad de la Universidad Nacional de Rosario donde trabaja. Esta misma semana supo que había salido primera, entre 926 como capacitadora en Ley Micaela en un concurso de la provincia.
El largo camino de búsqueda de reparación, que comenzó a finales de 2016, cuando decidió iniciar el juicio al diario, “fueron muchos años y mucha angustia”. “Como cuenta tan bien en su libro Thelma Fardín, o también Belén López Peiró, viví cómo las mujeres se tienen que someter al poder judicial, que juega todo el tiempo a agotarte, te tenés que someter a pericias, es un proceso largo y difícil”, dice Lía, para poner de relieve las redes feministas en las que se apoyó.
Su empeño era que se reconociera la violencia simbólica de forma específica. “Es un continuum de violencia que comienza con una violencia física o sexual y termina siendo psicológica y simbólica de los medios de comunicación y de las instituciones, la policía y el poder judicial que te termina revictimizando permanentemente”, señala Lía. Uno de los argumentos del diario La Capital fue que ella confundía el daño causado por el intento de femicidio con el que provocó el diario. “No es así. Yo sufrí dos tipos de violencia. Por un lado, un intento de femicidio y por otro una violencia simbólica que legitimó el accionar violento, y luego también se manifestó en el poder judicial con revictimización”, describe.
Ahí está la importancia del antecedente judicial. “Esta sentencia es un precedente al mencionar con todas las letras que esto se enmarca en la Ley 26485 y también en el ámbito de los derechos inherentes a todas las personas, que están tutelados en convenios y tratados internacionales de jerarquía constitucional -dice la abogada-. Lo que consideramos principalmente fue que para erradicar estos patrones estereotipados por razones de género es fundamental cómo construyen y transmiten las noticias los medios de comunicación. Es necesario que los medios de comunicación sean parte de la estrategia para erradicar la estrategia y no para seguir generándola”.