La Corte Suprema de Justicia de la Nación fijó en 300.000 pesos el depósito que, como requisito previo, deben realizar quienes pretendan presentar un recurso de queja ante el máximo tribunal.
A través de la Acordada 13/2022, publicada este viernes en el Boletín Oficial, la Corte actualizó en $300.000 el depósito regulado por el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Asimismo, mediante la Acordada 14/2022, el máximo tribunal adecuó a 700.000 pesos el monto mínimo fijado en el artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación que tiene que tener un litigio de índole patrimonial para que el fallo sea apelable.
El artículo 242 destaca que “serán inapelables” las sentencias que se dicten en procesos cuyo monto sea inferior al que, para este fin, establezca anualmente la Corte. La norma aclara además que la “inapelabilidad” no comprende a los recursos deducidos contra las regulaciones de honorarios.
Ambos importes regirán a partir del 1 de junio de 2022.
Las acordadas llevan la firma de los magistrados del máximo tribunal de la Nación: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y del administrador de la Corte, Héctor Marchi.