El Tribunal Oral Federal 2 de Comodoro Py, en línea con el criterio restrictivo por el que impide la transmisión de las audiencias, rechazó los pedidos de fiscales y querellantes para incorporar una serie de pruebas en el juicio por delitos de lesa humanidad cometidos en 1976 por militares del Regimiento Infantería 6 (RIM-6) de Mercedes contra militantes del PRT-ERP. La decisión del tribunal que encabeza el juez Javier Feliciano Ríos implica que esas pruebas no podrán ser utilizadas en la instancia de alegatos.
“Exceden a los casos que están siendo actualmente juzgados”, fue la primera respuesta del TOF-2 al pedido de la fiscal Ángeles Ramos para que se incluyeran entre las pruebas disponibles una serie de legajos CONADEP. “La pretensión fiscal resulta super-abundante”, leyó la secretaria del tribunal como argumento para rechazar la incorporación de documentación que sustentaba un informe del Programa Verdad y Justicia. En el caso de pruebas obrantes en la causa Vesubio que tramita en el TOF-4, la respuesta fue que en una carpeta digital estaban disponibles para su compulsa los registros audiovisuales de las declaraciones testimoniales de algunos represores y las copias de sumarios de juzgados de instrucción militar en los que también declararon en los años ’80. El tribunal rechazó además el pedido de certificación del estado actual de la causa Vesubio III y no hizo lugar a la incorporación de un legajo y de la copia de un volante que hacía mención al “Comando Bruno Genta” por considerarlo “improcedente, en tanto excede la plataforma fáctica del debate en curso”. Con las mismas palabras rechazó un pedido del abogado Pablo Llonto para incorporar un documento aportado por Memoria Abierta, en tanto consideró “improcedente” documentación solicitada por el abogado Federico Efrón, por la querella de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
El criterio aplicado por Ríos y sus colegas Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu ya no sorprende a las partes porque se trata del mismo tribunal que negó sistemáticamente la transmisión de las audiencias testimoniales del proceso oral pero no público que tiene como acusados a los ex carapintadas y por entonces subtenientes Eduardo Martín Sánchez Zinny y Emilio Pedro Morello (ex diputado nacional por el MODIN de Aldo Rico), a Horacio Linari, Luis Alberto Brun y al entonces cabo primero Rubén Omar Andrade. El rechazo a publicidad del proceso fue en respuesta a requerimientos del medio comunitario La Retaguardia, de la Secretaría de Derechos Humanos, del Ministerio Público Fiscal y también de la Defensoría del Público.
Las más de cuatro décadas transcurridas desde
los secuestros, tormentos y asesinatos hasta el inicio del juicio oral
facilitaron la impunidad biológica de la mayor parte de sus protagonistas. Los
últimos beneficiarios, que llegaron a tener procesamiento confirmado, fueron
Luis Fernández Bustos y Gustavo González Sass, ambos fallecidos, en tanto
Alberto Schollaert fue apartado por problemas de salud. Schollaert era en 1976
el jefe del RIM-6 de Mercedes, por lo que su separación del proceso implicó que
la mayoría de los “casos” de las 36 víctimas incluidas en la elevación a juicio
del juez federal Daniel Rafecas no pudieran formar parte del proceso oral en
curso.