La AFIP decidió extender hasta el 31 de julio los plazos para que los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25 por ciento. El organismo también prorrogó por dos meses los beneficios de los planes de pago permanente, en relación a la cantidad de cuotas y planes adheribles.
Las medidas, que se publicarán este lunes en el Boletín Oficial, apuntan a coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y responsables, a fin de generar las condiciones necesarias para fortalecer la recuperación de la actividad económica y preservar las fuentes de empleo.
La Resolución General 5194/2022 define que las y los contribuyentes puedan cancelar
las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres
cuotas y con un pago a cuenta del 25%. Asimismo, dispone que el organismo no
considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de los contribuyentes
al momento de tramitar planes para regularizar sus obligaciones alcanzadas. El beneficio alcanzará a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluirá a quienes estén categorizados como de "riesgo muy alto", englobados en la categoría E.
El “Sistema de Perfil de Riesgo” es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.
En tanto, a través de la Resolución General 5195/2022, la AFIP extendió hasta el 31 de julio la vigencia transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes. El máximo será de 8 cuotas y de hasta 6 planes por persona.
Por último precisaron que las condiciones de los planes permanentes de pagos para quienes desarrollan actividades críticas también continuarán vigentes hasta el 31 de julio de 2022.