El 22 de junio se conocerá el veredicto en el juicio por el derrumbe ocurrido en el boliche Beara, de Palermo, en 2010. El episodio se tradujo en la muerte de Ariana Lizarriaga, de 21 años, y Paula Provedo, de 20, y dejó heridas a más de 50 personas. Por esos hechos, en el debate oral que el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 7 celebra desde febrero, se dirimieron responsabilidades de 17 imputados, entre quienes se encuentran los tres propietarios del lugar, cuatro funcionarios del Gobierno porteño y cuatro policías de la Ciudad.

En el alegato, el fiscal Oscar Ciruzzi, a cargo de la Fiscalía General Nº 7 ante los tribunales orales en lo criminal y correccional porteños solicitó penas de entre tres y cuatro años y seis meses de prisión -y, en algunos casos, de inhabilitación- para doce de los involucrados, mientras que requirió la absolución de otras cinco personas.

El tribunal, integrado por Alejandro Noceti Achaval, Gabriel Vega y Gustavo Alterini, estableció que los acusados podrán llevar adelante sus últimas palabras el 6, el 13 y el 22 de junio. 

En esa última jornada, tras un cuarto intermedio, darán a conocer el veredicto. 

Cómo fue el derrumbe

El 10 de septiembre de 2010 a la madrugada, dentro del boliche, que estaba ubicado en la avenida Scalabrini Ortiz 1638, se realizó un recital.

Alrededor de las 3.50, parte del entrepiso del local colapsó y se derrumbó sobre la planta baja, lo que ocasionó las muertes de Lizarriaga y Provedo, y provocó heridas de distinta magnitud a otros jóvenes que estaban en el lugar.

“Escuchamos un ruido espantoso y comenzó el calvario”, contó luego del derrumbe el tecladista Sergio Aranda, que acababa de actuar con su banda. Beara, según lo registrado entonces por el Gobierno porteño en la web oficial “Salí seguro” (www.saliseguro.gob.ar), tenía una superficie de 491 metros cuadrados y se encuadraba en la categoría “salas de fiestas privadas, bares nocturnos”. 

Durante una conferencia de prensa realizada horas después del episodio, el entonces secretario general del gobierno porteño, Marcos Peña, aseguró que en el lugar había “alrededor de 150 personas”, y que “la cantidad de gente que había en el lugar está acorde a la habilitaciones”. Sin embargo, el cantante de la banda, Ariel Puchetta, estimó que “había menos de 300”. 

Qué penas se pidieron en el juicio

El fiscal Ciruzzi solicitó cuatro años y seis meses de prisión para Juan Carlos María Yun, Agustin Dobrila e Iván Andrés Fliess, socios en la empresa “El Viejo Sabio S.A.”, que explotaba comercialmente el boliche Beara y también el local “Caramel”, ubicado al lado. A los tres los consideró responsables de los delitos de “homicidio culposo agravado por el número de víctimas en concurso ideal con lesiones culposas y leves y cohecho activo con respecto a funcionarios policiales''. Además, pidió que se los inhabilite para ejercer el comercio durante nueve años.

En tanto, para el maestro mayor de obras Gustavo Amaru -quien había avalado la habilitación del local- el fiscal pidió una pena de cuatro años de prisión con diez años de inhabilitación para ejercer su profesión, al considerarlo culpable de los homicidios y las lesiones ocurridas en el boliche por el derrumbe.

Con respecto a cuatro funcionarios del Gobierno de la Ciudad, Ciruzzi solicitó una condena de tres años de prisión en suspenso y una inhabilitación por diez años para ejercer cargos públicos por considerarlos responsables de los homicidios y las lesiones. Se trata del ex responsable de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, Martín Diego Farrell; el ex director de Habilitaciones Especiales, Pablo Damián Saikauskas; el exjefe del Departamento de Esparcimiento, Norberto Cassano; y el arquitecto responsable de Verificaciones y Habilitaciones, Isaac Rasdolsky.

Por otra parte, el fiscal Ciruzzo consideró al comisario de la Policía Federal Argentina Rodolfo Cabezas y los oficiales Gustavo Flaminio, Luis Acosta y Julio González responsables de los delitos de “homicidio culposo agravado por el número de víctimas; lesiones culposas graves y leves; y cohecho pasivo”. Para los cuatro, requirió una condena de tres años y seis meses de prisión, y que se les aplique una pena de inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

La fiscalía pidió, además, la absolución del co-organizador del recital de aquella noche, Maximiliano Fratino, por considerar que no cumplía con funciones de gestión de manera diaria en el boliche y que tampoco tenía información sobre las irregularidades.

Con respecto a Agustín De Grazia -encargado del local-, el fiscal señaló que no se pudo comprobar que conociera el dinero que se destinaba al pago de coimas a los policías, situación por la que habían llegado a juicio. Leandro Camani y Matías Pantarotto, gestores de “El Viejo Sabio”, estaban acusados de los mismos delitos que los tres socios. Sin embargo, la fiscalía consideró que no existen pruebas de su responsabilidad.

Finalmente, el alegato fiscal desligó de cualquier responsabilidad penal a la ex directora de Fiscalización y Control del Gobierno de la Ciudad, Vanesa Ileana Berkowski, por considerar que su labor fue ajustada a lo que se podía realizar dentro de la normativa.