Este miércoles condenaron a Emanuel Loselli, mejor conocido como "Camus Hacker" y a su cómplice Gastón Rubén Favale a 10 y 15 años de prisión tras ser encontrados culpables de los delitos de trata de personas con fines de explotación configurada mediante la promoción, facilitación y comercialización de pornografía con niños. Además, se estableció una reparación económica para las seis víctimas y el decomiso de varios dispositivos digitales secuestrados a los acusados.

El tribunal integrado por los magistrados Sabrina Namer, Néstor Costabel y Rodrigo Giménez Uriburu, del Tribunal Oral Federal 6, dio a conocer el veredicto al término del juicio en su contra, unos minutos después de pasado el mediodía.

Según lo que indicó el tribunal, ambos extorsionaban a jóvenes vulnerables, les sacaban fotos con falsas promesas y luego las utilizaban para venderlas en redes sociales y sitios de internet. En el caso de Favale tuvo una condena más alta porque además fue hallado culpable de violar a una de las menores. 

"Camus Hacker" está detenido en la cárcel de Ezeiza, desde donde escuchó la lectura del veredicto por videoconferencia, al término de un juicio oral en el cual las fiscales Gabriela Baigún y Alejandra Mángano lo acusaron de aprovecharse de la condición de vulnerabilidad de las víctimas y amenazarlas con el fin de lograr su consentimiento para continuar con las sesiones fotográficas entre abril de 2016 y el 8 de junio de 2018.

Camus Hacker ya tenía una condena a tres años de prisión en suspenso por otro caso de extorsión, que quedó unificada ahora con la pena de 10 años de cumplimiento efectivo.

El Tribunal ordenó el decomiso de todos los dispositivos electrónicos secuestrados a los dos acusados para proceder luego a su venta, previa destrucción del contenido de índole privado referido a la actividad criminal.

Y se dispuso una restitución económica a favor de las seis víctimas por montos que van entre los 32.657,93 y los 163.287,16 pesos. La fiscalía hizo el reclamo de la restitución económica, por el daño moral que se les causó a las denunciantes, en su alegato final, basándose en la ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas. 

El debate oral comenzó en junio de 2021 y se realizó en gran parte de manera reservada por ser las seis víctimas menores de edad al momento de los hechos.

Según la investigación que impulsó la Protex ante la denuncia de una de las víctimas, los dos procesados se hacían pasar por productores, captaban a las adolescentes a través de redes sociales, se aprovechaban de su situación de vulnerabilidad y ofrecían "sesiones de modelaje" a cambio de una paga, que iba desde dinero, celulares y hasta incluso útiles escolares.  Cuando las adolescentes aceptaban, pactaban encuentros para "pruebas fotográficas" en un hotel alojamiento del barrio porteño de Villa del Parque.

Según los testimonios y pruebas en la causa, luego de las sesiones de fotos, las víctimas eran amenazadas con la publicación de sus imágenes en Internet o el envío a sus familiares.

Loselli, llamado “Camus”, se  volvió famoso en el  2015 por confesar que había sido él quien filtró fotos y filmaciones sexuales de mujeres famosas en redes sociales, luego de que se volvieran virales, incluso en sitios de pornografía. 

Por estos intentos de extorsión fue condenado a tres años de cárcel en suspenso, la pena que fue considerada en su nueva condena de este miércoles.