En el final de su extenso alegato en el sexto juicio por delitos de lesa humanidad que se lleva a cabo en Jujuy, el fiscal federal Federico Zurueta pidió condenas para 19 de los 20 acusados por crímenes cometidos en perjuicio de 121 personas, 44 de las cuales se encuentran desaparecidas. 

La fiscalía solicitó prisión perpetua para 4 acusados y penas de entre 7 y 25 años de prisión para otros 15. Mientras que pidió la absolución para uno de ellos por entender que no pudo probarse el delito que se le atribuye. 

Zurueta pidió perpetua para Juan Carlos Jones Tamayo, ex jefe de la Central de Inteligencia del Área 323 (que comprendía a Jujuy en el organigrama armado por las fuerzas armadas a los fines represivos), dependiente del Regimiento de Infantería de Montaña 20 (RIM20) con sede en Jujuy. Lo acusó en calidad de autor mediato de allanamientos ilegales (14 hechos); privación ilegítima de la libertad agravada por violencia y amenaza (15 hechos) y por la duración mayor a un mes (25 hechos); torturas y aplicación de tormentos (26 y 7 hechos, respectivamente), y por 15 homicidios, doblemente agravados.

La misma pena pidió para el ex comisario José Américo Lescano, que era jefe de la Comisaría 24, de Libertador General San Martín, la ciudad del Ingenio Ledesma, y también cumplió tareas en la Oficina de Informaciones Reservadas, acusado como coautor de allanamiento ilegal (2 hechos); privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia y amenazas (15 hechos) y agravado por su duración mayor a un mes (10 hechos); tormentos agravados (6 hechos); violación sexual agravada (1 hecho); y homicidio doblemente agravado (1 hecho).

Igual pena pidió para el ex alcaide Juan Carlos Lucero, que fue jefe la Sección Seguridad Interna del Penal de Villa Gorriti, que funcionó como centro clandestino de detención. Lo acusó como coautor de un hecho de privación ilegítima de la libertad por el uso de violencia y por durar más de un mes y en calidad de partícipe necesario de un homicidio doblemente agravado.

Y solicitó también una condena a perpetua para Ceferino Narváez, que fue jefe de Guardia de Seguridad Externa de Villa Gorriti, en calidad de coautor de privación ilegítima de la libertad agravda por violencia y por su extensión mayor a un mes y como partícipe necesario de un homicidio doblemente agravado.

Prisión efectiva de 25 años

Mientras que pidió condenas de 25 años de prisión para otros , entre ellos el conocido represor Rafael Mariano Braga, que en los años de terror era teniente del Ejército y se desempeñó en el Grupo de Artillería de Montaña 5 y como oficial de inteligencia en el Área 323. El fiscal lo consideró autor mediato de 51 hechos de torturas agravadas y 10 hechos de privación ilegítima de la libertad agravada.

Y pidió 25 años de prisión efectiva para Raúl José Borges Do Canto, que entre enero de 1975 y octubre de 1976 fue jefe de la Sección Mina Aguilar de Gendarmería Nacional. En este caso lo responsabilizó por allanamientos ilegales, privaciones ilegales de la libertad y tormentos agravados en perjuicio de trabajadores de la minera. 

La misma pena pidió para el ex alferez Carlos Raúl Pérez, que cumplió tareas en la Sección La Quiaca, en el centro clandestino de Guerrero y en el penal de Villa Gorriti. Lo acusó por privación ilegítima de la libertad y torturas agravadas. 

Para el subcomisario Rodolfo Oscar López, que era subjefe de la Delegación Jujuy de la Policía Federal, solicitó 25 años de prisión efectiva, por cuatro hechos de privación ilegítima de la libertad y torturas agravadas. 

También pidió 25 años para el ex oficial de la Policía jujeña Armando Hugo Ruiz, que en la dictadura se desempeñaba en el Comando Radioeléctrico y era miembro de la central de inteligencia del Área 323, por privaciones ilegítimas de la libertad y tormentos agravados.

Igual pena solicitó para el ex suboficial de la Policía provincial Armando Hugo Claros, que cumplió funciones similares a las de Ruiz y el fiscal lo consideró responsable de siete hechos de privación ilegítima de la libertad y seis hechos de tormentos agravados.

Al ex agente policial Bernardo Salinas, que cumplió tareas en la Comisaría 24, en la Seccional 11 y en la Brigada de Investigaciones de Libertador General San Martín, el fiscal lo acusó por tres hechos de privación ilegítima de la libertad, torturas agravadas y en calidad de autor de cinco hechos de violación sexual. 

La lista de los diez hombres para los que la fiscalía pidió condenas de 25 años se completa con un ex oficial y dos ex suboficiales del Servicio Penitenciario de Jujuy, que cumplieron funciones en el penal de Villa Gorriti. Al oficial Ricardo Ortiz, que además cumplió funciones en la central de inteligencia, lo acusó por 37 hechos de privación ilegítima de la libertad agravada; 37 hechos de torturas agravadas y un hecho de tormentos agravados.

Misma cantidad de hechos y figuras penales les atribuyó a los ex suboficiales Mario Marcelo Gutiérrez y Herminio Zárate, para los que también pidió 25 años de prisión. 

Más pedidos de condena

Para otros cinco acusados la fiscalía pidió condenas que van de 12 a siete años de prisión efectiva. En este grupo quedaron comprendidos los ex oficiales de la Policía jujeña Carlos Humbertos Cachambe y Pedro Ríos. El primero cumplía funciones en la Seccional 11 y en la Subcomisaría de Calilegua, el fiscal lo responsabilizó por dos hechos de privación ilegítima de la libertad y un hecho de tormentos agravados. Ríos se desempeñó en el Departamento de Informaciones Policiales y fue jefe de la Brigada de Investigaciones de la Unidad Regional 2, en su caso le atribuyó coautoría en un hecho de privación ilegal de la libertad agravada y la participación necesaria en un hecho de tormentos agravados.

A Virgilio Choffi, que cuando era cabo de la Policía de Jujuy, cumplió tareas en la Seccional 11, en la subcomisaría de Calilegua y la Comisaría 24, el fiscal pidió diez años de prisión efectiva, como coautor de un hecho de privación ilegítima de la libertad y la participación necesaria en un hecho de tormentos agravados.

Para el ex oficial ayudante Inés Roque Cari, que en los años de terror se desempeñó en la Subcomisaría El Aguilar, solicitó una condena de ocho años de prisión efectiva por un hecho de allanamiento ilegal y dos hechos de privación ilegítima de libertad agravada.

Y, finalmente, para Juan de la Cruz Kairuz, el director técnico de fútbol que fue oficial auxiliar de la Policía provincial y que cumplió funciones en la Comisaría de Libertador General San Martín y en un centro de inteligencia paralelo de esa fuerza, solicitó siete años de prisión efectiva allanamiento ilegal, privación ilegítima de la libertad agravada.

Por otro lado, el fiscal pidió la absolución del exoficial subayudante del SP Osvaldo Héctor Carballo, quien se desempeñó en la guardia de Seguridad Interna del penal de Villa Gorriti.

Actos de terrorismo 

El pedido de penas fue en el cierre de los alegatos que el fiscal Zurueta y la auxiliar fiscal Marina Cura vinieron desarrollando todos los jueves desde el 10 de febrero pasado. 

Los hechos objeto de este proceso se cometieron antes, durante y después de golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 en Libertador General San Martín, El Aguilar, Calilegua y Ledesma.

Sobre los allanamiento ilegal o violación de domicilio, Zurueta resaltó la inviolabilidad de esa garantía constitucional, a pesar de lo cual “En ninguno de los casos ventilados en el debate, se contó con orden legal”.

Igual que las detenciones, “No hubo orden judicial ni explicaciones, porque no había causas legales, lo que constituye una clara violación a las garantías constitucionales”. 

Añadió que durante el debate se probó que se impusieron graves sufrimientos, tanto físicos como psíquicos a las personas detenidas, con el agravante de que “Todos ellos (los acusados) revestían el carácter de funcionarios públicos”.

La fiscalía señaló que los detenidos y detenidas que sufrieron estos actos eran “perseguidos políticos”, considerados opositores al régimen de facto, y por esa sola razón fueron maniatados, golpeados y sometidos a toda clase de sufrimientos en centros clandestinos de detención, donde “Estaban merced a la voluntad de sus captores”.

“El plan criminal consistió en el secuestro, torturas y el homicidio masivo de muchas víctimas”, agregó el fiscal, quien luego se refirió a la desaparición como un elemento clave dentro del esquema represivo, que no sólo buscaba la impunidad de los autores sino también causar temor en la sociedad.

En ese sentido, afirmó que los acusados adoptaron distintas medidas para evitar que se conozca el destino de las víctimas. “La ocultación de sus cuerpos fue una obra más en el perfeccionamiento de los crímenes del Estado. Para la fiscalía, no hay duda alguna de que las desapariciones de las víctimas de este caso solo pueden ser entendidas como homicidios”, aseguró.

Sobre las violaciones sexuales, con citas de jurisprudencia internacional, Zurueta y Cura afirmaron que estos delitos cometidos en el marco del terrorismo estatal fueron calificados como “actos de genocidio”. 

Las agresiones sexuales operaban como una herramienta y como una estrategia de vulneración a la dignidad humana y en este caso especialmente iban dirigidas a las mujeres como un eslabón más dentro del plan criminal de represión", aseguró el fiscal.

Este juicio oral se inició el 21 de junio de 2018, ante el Tribunal Oral Federal de Jujuy, integrado por los jueces Federico Díaz y Abelardo Basbus y la jueza Alejandra Cataldi. La audiencia seguirá hoy, con los alegatos de las querellas.