Durante la audiencia de juicio que se sigue contra cuatro jóvenes por participación secundaria en el femicidio de la maestra jardinera Sandra Palomo, una psiquiatra y una psicóloga dijeron que el viudo, por su diagnóstico de mal de Parkinson, no estaba en condiciones de planificar el crimen. Las hermanas de la víctima consideran lo contrario, y vienen reclamando que se investigue a este hombre, señalando incluso dudas en el diagnóstico médico.

En la causa, Ian Esteban Caro, Ricardo Nahuel Bonifacio, D.R.C. y H.E.C. (menores al momento del hecho) están imputados como partícipes secundarios de homicidio calificado por alevosía, ensañamiento criminis causa y por mediar cuestión de género. La querella, representada por Gabriela Arellano y Javier Latorre, considera a los cuatro jóvenes coautores.

La psiquiatra Gabriela Moyano tuvo un relato que la jueza Norma Vera calificó de confuso respecto al viudo. Este hombre tiene un diagnóstico de enfermedad de Parkinson, pero la testigo dijo Alzheimer. La jueza también le pidió aclaraciones porque había sostenido que estuvo imputado, cuando no fue así, y la Fiscalía lo mantuvo siempre como testigo.

Según dijo Moyano, la Fiscalía le había solicitado a ella y a la psicóloga Carolina Cornejo que determinaran si este hombre "se encontraba vigil (despierto)", que analizaran sus condiciones cognitivas y si hubiera podido tener implicancia en el crimen. Explicó que en ese momento acababa de prestar declaración testimonial y “a la fiscalía no le quedaron claras algunas cosas, y por ello pidieron su evaluación psiquiátrica”.

Moyano señaló que el discurso de este hombre "se contradecía". "Lo evaluamos, su memoria, capacidades cognitivas, estaban comprometidas", sostuvo. Dijo que estaba medicado con un neurólogo, fue acompañado por uno de los hijos, y les presentaron una resonancia magnética donde se veía su enfermedad. También dijo que tuvo acceso a la tomografía del evaluado, previa comunicación con su médica tratante, Carolina Villa.

Ante preguntas de Vera, la psiquiatra dijo que el Parkinson es una enfermedad neurológica y añadió que al tener sus capacidades cognitivas comprometidas, el viudo no puede haber planificado el crimen. También manifestó que determinó que no tenía indicadores de mendacidad o simulación en su discurso. 

"Qué tiene que ver la capacidad de planificar con mendacidad", cuestionó la jueza también le consultó por la capacidad de juicio del viudo. La psiquiatra dijo que tenía "sus capacidades de memoria, y juicio alterados”. Al tener sus funciones superiores alteradas, "no puede programar una acción. Tampoco puede mentir ni tener capacidad de mendacidad".

"El juicio lógico se encontraba afectado. Durante la entrevista no estaba orientado en tiempo, forma y circunstancia. No era coherente, saltaba de una idea a otra", dijo Moyano. Indicó que "en algunos momentos estaba con lucidez y en otros no". 

Por su parte, la psicóloga Cornejo concluyó que el viudo no se encontraba orientado en tiempo y espacio. Dijo que su falta de lucidez era permanente y que esta falencia obedece a causas orgánicas. Indicó que no puede comprender sus actos y acciones. "No podía contestar con lógica y coherencia. Se perdía en las fechas y en las preguntas", señaló.

También dijo que la atención, memoria, interpretación, no le permitían a este hombre sostener y construir un pensamiento, por lo que tenía contradicciones y evasiones.  Explicó que no podían mantener las entrevistas y, al igual que Moyano, señaló que no pudo aplicar técnicas proyectivas "porque el señor no podía comprender las consignas".

El viudo está citado a declarar el próximo 10 de junio. El abogado defensor del imputado D.C., José Alejandro Ortín Fernández, pidió que sea evaluado antes por un psiquiatra. La fiscala Mónica Poma se pronunció en el mismo sentido para que antes del testimonio sea evaluado por profesionales del Poder Judicial. La jueza dijo que "se tendrá presente (el pedido para) cuando comparezca".

Testigo de identidad reservada 

En otro orden, el abogado querellante Javier Latorre pidió que declare un testigo de identidad reservada, cuyo testimonio fue brindado ante una escribana. La jueza rechazó este testimonio por considerarlo "sobrebundante, innecesario". 

La fiscala se había opuesto al pedido de la querella, basándose en los dichos de las peritas psicóloga y psiquiatra. También las defensas se opusieron. 

Fue la hermana de la víctima, Liliana Palomo, quien al prestar testimonio en la primera audiencia de juicio, dio a conocer que tenía esa acta y quería que se incorpore como prueba. La mujer había explicado que llevó al testigo ante una escribana porque no consiguió que la Fiscalía tomara ese testimonio durante la pandemia. También había contado que ese testigo relató que el viudo actuaba de manera diferente frente a Sandra, los hijos y otras personas.

Otra hermana de la víctima, Vanina Palomo, destacó que el viudo es médico, "y sabe perfectamente lo que tiene que hacer en caso de lo visiten para evaluarlo", dijo que dudan incluso del diagnóstico de su enfermedad.

El 31 de agosto de 2019, Sandra Palomo salió a hacer compras en un supermercado del barrio Tres Cerritos y no volvió, por lo que su hermana denunció su desaparición. La víctima había salido de su casa al mediodía en una camioneta Toyota Hilux, sin regresar hasta la tarde. Sus familiares habían intentado contactarla telefónicamente y mediante la ubicación a través de GPS, sin resultados. Su cuerpo fue encontrado en una zona rural sobre la calle Gato y Mancha, próxima al río Arenales, en la zona sur de la ciudad de Salta. Se determinó luego que la causa de su deceso fue un shock hipovolémico provocado por heridas de arma blanca.

Para la Fiscalía, el adolescente L.C. interceptó a la damnificada en el estacionamiento del subsuelo del supermercado y la atacó causándole múltiples lesiones con un cuchillo. La acusación fiscal señala que fue con la finalidad de apoderarse de su camioneta y de otros elementos, aunque en las audiencias quedó establecido que el adolescente dejó el vehículo cerca de la casa familiar de la víctima, y no robó ninguna pertenencia. Además cuando declaró L.C. aseguró que fue H.C. quien asesinó a la mujer y refirió que lo hizo "por encargo". 

La Fiscalía sostiene que los acusados que se juzgan en este proceso, Ian Esteban Caro, Ricardo Nahuel Bonifacio, D.R.C. y H.E.C., tenían conocimiento del delito que iba a cometer L.C., que "aguardaron su llegada y lo ayudaron a buscar un lugar propicio para descartar el cuerpo de la víctima. Previamente usaron la camioneta robada para trasladarse por distintos puntos de la ciudad".