El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social confirmó que el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO) mantendrá el mecanismo de utilización de plataformas virtuales y los medios electrónicos autorizados por el organismo para llevar adelante las audiencias conciliatorias laborales.
A través de la Disposición 13028/2022, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la dirección del SECLO determinó “mantener el procedimiento virtual de las audiencias en todos los trámites correspondientes al Procedimiento de Conciliación Laboral Obligatoria así como las audiencias de ratificación de acuerdos espontáneos en el SECLO”.
La conciliación laboral obligatoria, requisito imprescindible previo a iniciar todo juicio laboral, podrá realizarse “a través de plataformas virtuales en uso y autorizadas por esta Cartera de Estado y/o cualquier medio electrónico que asegure el cumplimiento de la finalidad perseguida que garantice el debido proceso”.
Por excepción, podrán realizarse alguna de la audiencias convocadas por el conciliador con posterioridad a la primera en forma presencial con expreso acuerdo de partes y del conciliador, debiendo mantenerse en caso de discrepancia la continuidad del procedimiento de forma virtual.
Cabe aclarar que todos los acuerdos y sus ratificaciones realizadas tendrán la misma validez que los celebrados en forma presencial.
Como consecuencia de la pandemia de covid-19, el SECLO estuvo suspendido desde el 16 de marzo del 2020 hasta el 24 de abril del mismo año. Desde entonces, la cartera laboral dispuso la utilización de plataformas virtuales para la sustanciación de audiencias y todo tipo de actos que se realizan ordinariamente en forma presencial.