Hace unos años, X (así se lo cita) asesinó a su pareja, mujer trans, luego de una paliza feroz y el uso de arma blanca, 35 puñaladas con las que destruyó ese cuerpo. La querella pidió entonces la calificación del transfemicidio con el agravante de relación de pareja, alevosía y violencia de género. El tribunal, lejos de considerar la acusación, prefirió condenarlo por el vínculo de pareja, descartando de plano el ensañamiento y el contexto de violencia de género, porque alegó que el caso “presenta ribetes de corte netamente pasional como consecuencia de los celos enfermizos que se apoderaban de la persona de X (el imputado), debido a la actividad que desempeñaba ésta como prostituta”.

Las preguntas se amontonan, interminables. ¿Qué ponderan las y los jueces en sus sentencias cuando tienen frente a sí no solo el recorte de un crimen sino el contexto de violencia estructural en el que desarrollan sus ciclos vitales las mujeres trans y travestis? ¿Sobre qué plato de la balanza se inclinan cuando en las causas incluyen testimonios que reafirman el desprecio y la agresión social generalizada que padece la población LGBTI+, en especial aquella que ejerce la prostitución en las calles? ¿Qué encierran esas sentencias toda vez que se niegan a incorporar los conceptos de travesticidio y transfemicidio y, más aún, niegan medidas de reparación hacia las víctimas?

A una década de la sanción de la Ley de Identidad de Género, la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (Ufem) a cargo de Mariela Labozzetta, elaboró un estudio que atraviesa muchas de estas preguntas y focaliza sentencias condenatorias dictadas en casos de homicidios dolosos, que tuvieron por víctimas a mujeres trans y travestis. "Transfemicidios, travesticidios y crímenes por prejuicio en Argentina (2016-2021)" aborda los marcos conceptuales y jurídicos, especialmente en el enfoque, de crímenes por prejuicio contra personas LGBTI+, y analiza las sentencias para proponer criterios de actuación propicios a su tratamiento judicial.

“Para analizar las violencias por prejuicio sobre las personas LGBTI+ debemos partir de la existencia de un esquema estructural de discriminación que impacta sobre esta población de forma directa, diferenciada y sistemática”, subraya el informe que sistematiza 12 sentencias por homicidios dolosos contra mujeres trans y travestis en diferentes provincias. “Esta discriminación estructural ampara las diversas formas de violencias que articulan en una determinada sociedad, entre ellas, las violencias por prejuicio”, motivadas por actitudes valorativas negativas, que siempre requieren de complicidad social para producirse.

Del relevamiento en medios de comunicación, consultas a bibliotecas judiciales y sitios web especializados surge que, en promedio, las víctimas tenían 30 años al momento de ser asesinadas, 9 de 12 conocían a sus agresores, 8 ejercían la prostitución en condiciones de vulnerabilidad, en 4 casos fueron atacadas por clientes en ese contexto, en 4 existían relaciones de pareja o ex pareja con los atacantes y en 3 casos existían antecedentes de violencia física, verbal y ambiental: todos, sin excepción, fueron crímenes de extrema violencia y crueldad, con uso de arma blanca, fuerza física y objetos contundentes. Sin embargo transcurrieron 33 meses entre los hechos y las sentencias; se impuso pena perpetua para 13 de 17 condenados, 1 de cada 2 sentencias fue calificada con tipos penales por motivos de género y/o prejuicio contra la identidad de género, pero en 5 de las 6 sentencias que no incluyen agravamientos específicos de género, esa calificación tampoco fue solicitada por la fiscalía, aun cuando la planteó la querella, y en 3 sentencias se refieren a las víctimas como varón, utilizando el nombre masculino, y/o con el nombre femenino entrecomillado.

Desde su creación, en 2015, y al abrigo de la primera movilización masiva por Ni Una Menos, la Ufem diseñó pautas de investigación en violencias contra personas LGBTI+, ese deber estatal de debida diligencia con perspectiva de género que al cabo de siete años no logra calar en el Poder Judicial. Porque las normativas ya no alcanzan para desarmar el patriarcado que anida en los pasillos del sistema judicial, este último 3J el organismo vuelve a recomendar con pedagogía transfeminista investigaciones sin demoras e imparciales, que incluyan la hipótesis inicial de crimen por prejuicio o discriminación por género, dado el contexto generalizado de violencias contra las personas LGBTI+, y que fuerzas policiales, fiscalxs y otrxs investigadorxs adopten los protocolos necesarios para determinar si el crimen fue cometido en base a prejuicios contra la orientación sexual y/o identidad de género, real o percibida, de la víctima. "Trato digno desde el primer momento y en todas las instancias del proceso”, ruega el documento.

Según el informe semestral del Observatorio Nacional de Crímenes de Odio de la Federación Argentina LGBTI, desde el 1° de enero hasta el 30 de junio se registraron 53 crímenes de odio, en los que la orientación sexual, la identidad y/o la expresión de género de todas las víctimas fueron utilizadas como pretexto discriminatorio para la vulneración de derechos y la violencia. Las víctimas, en su mayoría, son mujeres trans. “El 76 % de los casos corresponden a mujeres trans (travestis, transexuales y transgéneros)”, señala el estudio. “En segundo lugar, con el 11 %, se encuentran los varones gays cis; en tercer lugar, con el 9 % de los casos les siguen los varones trans, y por último, con el 4 %, las lesbianas.”

“Si bien el derecho a la identidad de género motivó un conjunto de obligaciones y responsabilidades concretas para el Estado y los agentes no estatales, que implicaron un avance sustancial en su protección y sus derechos, aún se evidencian dificultades para su cumplimiento por parte del sistema de administración de justicia”, concluye el relevamiento de la Ufem, en una Argentina judicial pospandémica, donde la mirada estigmatizante y las faltas al deber de investigar parecen mensajes de impunidad crónica frente a las violencias contra las personas LGBTI+. Las llamas que en la madrugada del sábado último calcinaron la habitación de Zoe López García, presidenta de la Asociación Civil del Hotel Gondolín, en Villa Crespo, donde viven 47 personas trans y travestis, forman parte de esa cartografía del odio.