A pocos días del comienzo del pago del primer sueldo anual complementario (SAC), conocido como aguinaldo, se reflotó una de las dudas más frecuentes: ¿qué ocurre con quienes gozan o gozaron de una licencia por maternidad en los últimos seis meses?
El aguinaldo es el 50% del haber más alto percibido por un trabajador dentro de cada semestre. Si alguien no trabajó en algún momento de los últimos seis meses, cobrará un proporcional. Pero, ¿qué ocurre cuando una trabajadora gozó de una licencia por maternidad en ese tiempo?
Aguinaldo y licencia por maternidad
La asignación por maternidad se paga durante los 90 días de licencia y equivale al sueldo de la trabajadora. Pero ese monto no es abonado por el empleador, sino por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Al ser una prestación social no se puede embargar, no paga ningún impuesto y no se computa para el cálculo del aguinaldo o de cualquier tipo de indemnización.
Una madre que haya comenzado a trabajar el 1 de enero y cuyo mejor sueldo neto haya sido de $80.000, pero se haya tomado los 90 días de licencia, cobrará $20000 de aguinaldo: 80.000 dividido 12 y luego multiplicado por 3 (los seis meses desde que ingresó menos los tres de licencia).