Argentina cuenta con una normativa vigente vinculada a derechos de las personas LGBTIQ+ que es considerada una de las más amplias del mundo. Leyes antidiscriminatorias, de identidad de género, la histórica aprobación del matrimonio igualitario y el cupo laboral travesti trans, son algunos de los hitos con los que el país cuenta en su haber.

Las leyes y decretos que ampliaron derechos significan un avance en concreto en la búsqueda de la igualdad. Gracias al trabajo de organizaciones feministas y activistas, muchas demandas del colectivo fueron escuchadas por el Estado y en algunas oportunidades hasta la justicia recepcionó sus reclamos y atendió su malestar. No obstante, miles de personas aún siguen sufriendo discriminación y violencia.

Ley N° 26.618: Matrimonio Igualitario

Aprobada el 15 de julio de 2010, modificó el Código Civil a fin de garantizar el acceso pleno al matrimonio por parte de todas las parejas, incluidas las conformadas por personas del mismo sexo. La ley también establece el régimen filiatorio de las parejas igualitarias y garantiza el derecho a la adopción conjunta para todos los matrimonios.

Ley 26.743: Identidad de Género

Aprobada el 9 de mayo de 2012, garantiza el derecho a la identidad del colectivo trans: travestis, transexuales y transgéneros. Es la única en el mundo que reconoce este derecho sin requisitos médicos, ni psiquiátricos, entendiendo que la identidad es un derecho constitutivo de las personas. Asimismo garantiza la atención integral de la salud en el sistema público y privado, para acompañar el proceso identitario de cada persona.

Ley 26.862: Reproducción Médicamente Asistida

Aprobada en el Congreso el 5 de junio de 2013, y promulgada el 25 de junio de ese mismo año, regula las más variadas posibilidades de fecundación. La ley también incluyó a las mujeres solteras y familias homoparentales, demandas impulsadas por la Federación Argentina LGBT.

Leyes contra la discriminación

Si bien a nivel federal no existe una ley que prohíba en general toda forma de discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género, se encuentra vigente la ley 23.593 de antidiscriminación, promulgada en 1988. A partir del Decreto 214/2006, se prohíbe la discriminación basada en la “orientación o preferencia sexual” en los ámbitos de la Administración Pública Nacional.

Por otro lado, en 2015, el Ministerio de Salud puso fin a la restricción para donar sangre según la orientación sexual. Concretamente, la nueva norma modifica la Resolución Nº 865/2006, reglamentaria de la ley Nº 22.990, que contenía un cuestionario de donación de sangre con una exclusión discriminatoria de las personas gays, lesbianas, travestis, transexuales, bisexuales e intersexuales.

Ley 26.791: Contra los crímenes de odio

Promulgada en diciembre de 2012, modificó el Código Penal añadiendo la pena de prisión perpetua a delitos de odio motivados por la “orientación sexual y la identidad de género o su expresión”.

El artículo 80, inciso 4, del Código Penal basado en "Delitos contra las personas", estableció que “se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare: (...) Por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión.”

Ley 27.636: Promoción del acceso al empleo formal "Diana Sacayán - Lohana Berkins"

La ley de promoción del acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero busca establecer medidas de acción positiva para lograr una efectiva inclusión laboral y promover la igualdad real de oportunidades para la comunidad trans.

La ley aprobada por el Congreso de la Nación el 24 de junio de 2021  garantiza un mínimo del 1% de la totalidad de cargos y contratos del sector público nacional para personas travestis, transexuales y transgénero. Las organizaciones consideraron este acto un “hecho histórico” que busca reparar una desigualdad estructural que existe en la sociedad respecto a la población travesti trans.

DNI no binario

Mediante la publicación del decreto N°476/21 en el Boletín Oficial, Argentina se convirtió en el primer país de la región en reconocer los derechos de las personas que no se identifican con el género femenino ni masculino. De esta manera, las personas autopercibidas como no binarias pueden utilizar la letra “X” o el símbolo “<” en el apartado del Documento Nacional de Identidad que requiere especificar el sexo. Este documento, según aclararon las autoridades, tiene el mismo valor legal que cualquier otro DNI.