Mediante las resoluciones 5211 y 5213 el Gobierno nacional modificó los montos iniciales para pagar anticipos del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. Las medidas fueron publicadas en la última actualización del Boletín Oficial y llevaron la firma de la titular del fisco, Mercedes Marco del Pont.
Con esta actualización, el valor inicial para pagar anticipo de Ganancias pasó a ser de $5.000 para personas humanas y sucesiones indivisas y $2.500 para personas jurídicas. Anteriormente, los montos eran de $1.000 y $500 respectivamente.
Las modificaciones para el primer grupo comienzan a regir en con el período fiscal 2022 y podrán concretar hasta cinco anticipos. En cambio, para los segundos el cambio entra en vigencia en 2023 y pueden presentar hasta 10 pagos adelantados.
Por su parte, el monto inicial para pagos a cuenta del impuesto sobre los Bienes Personales pasa a ser desde este período fiscal de $5.000, cuando el valor anterior era de $1.000 y estaba vigente desde 2018.
En tanto, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas inició un reclamo judicial para que el ente recaudador postergar los vencimientos de ambos impuestos y consiguió un fallo favorable de la jueza Macarena Marra Giménez. Se espera que la AFIP apele la medida y se mantengan vigentes los vencimientos preestablecidos.
¿Qué son los anticipos del Impuesto a las Ganancias?
La AFIP detalla en su web oficial que se trata de importes a cuenta de determinados impuestos a los que está obligado un ciudadano. Estos valores cobrados por anticipado son exigibles hasta que se realiza la presentación de la declaración jurada y luego se descuentan del monto total al momento de su vencimiento.
¿Cuál es el nuevo piso del Impuesto a las Ganancias?
Desde el 1º de junio rige el nuevo piso salarial para abonar el Impuesto a las Ganancias. De acuerdo a lo establecido por las autoridades, trabajadores y trabajadoras que perciban un ingreso bruto mensual menor a $280.792 quedarán exceptuados de pagar el tributo. Además, la AFIP aclaró que el medio aguinaldo queda exento del pago del impuesto.
En el caso de que los empleadores hayan liquidado los sueldos de junio basándose en el piso anterior de Ganancias y se hayan efectuado descuentos no correspondientes, deben reintegrar a los trabajadores el dinero el pago de la siguiente remuneración, detalló el decreto 298/2022.
La medida contempla que las personas con remuneraciones mensuales de entre $280.792 y $324.182 brutos deban pagar una carga tributaria porcentualmente inferior.
En 2021, el piso salarial a partir del cual las y los trabajadores deben Ganancias se elevó en dos oportunidades. En junio la carga se estableció en $150.000 brutos mensuales, pero en septiembre ese valor se incrementó y alcanzó los $175.000. Luego, en enero de 2022, la actualización anual dispuesta por la Ley de Impuesto a las Ganancias (27.667), el piso se elevó a $225.937.