Los dos demonios andan revoloteando por los tribunales de Comodoro Py. Primero fue la Cámara Federal la que abrió la puerta a investigar a militantes de los años ‘70 y ahora es la Cámara Federal de Casación Penal –con los votos de Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques– la que dijo que la organización Montoneros tenía una estructura “análoga” a las fuerzas represivas. Lo hizo para absolver a un grupo de represores de la Policía Federal Argentina (PFA) por el homicidio de una mujer embarazada, que fue secuestrada mientras estaba con su hijita de seis meses.
Adela Fonrouge había tenido a su hija Julia en abril de 1977. El 10 de octubre de ese año, una patota de la PFA –conformada por agentes de la delegación platense de esa fuerza y de la Superintendencia de Seguridad Federal– secuestró a su compañero, Juan José Libralato. Lo hirieron cuando iban a una cita en La Plata y después se lo llevaron al centro clandestino conocido como Club Atlético, que funcionaba en el cruce de Paseo Colón y Avenida San Juan. Adela pasó toda la noche nerviosa en su casa en un barrio humilde de La Plata. En la tarde del 11 de octubre, el grupo de tareas llegó por ella.
El resto de la historia se conoció por una felicitación que encontró en un legajo el grupo de relevamiento que se creó en el Ministerio de Seguridad durante la gestión de Nilda Garré. Fueron los propios integrantes de la PFA quienes dieron su versión de lo sucedido. “Se observó a través de una ventana cómo una mujer corría desde la cocina hasta el dormitorio, motivo por el cual, y para evitar ulteridades, se procedió a irrumpir violentamente hacia el interior de la finca y lograr reducir a la mujer que se encontraba con una crisis nerviosa manándole sangre por la boca”, escribieron. “Ante la duda (de) que dicha mujer podría haber ingerido la famosa pastilla o cápsula de cianuro, se le inyectó el antídoto correspondiente procediendo parte de la comisión a su traslado hacia algún centro asistencial, comprobándose posteriormente su fallecimiento en el trayecto”.
El acta de defunción de Adela se firmó el 17 de noviembre de 1977, más de un mes después y decía que tenía un disparo en la cabeza. Su cuerpo fue identificado en 2004 gracias al trabajo del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF). En el mismo operativo, cayeron Libralato, Juan Oscar Cugura y un militante conocido como Jorge o “La Chancha”, que también integraba la Columna 27 de Montoneros en La Plata pero cuyos restos aún no pudieron ser identificados. Los represores también secuestraron a Mauricio Mansilla de su casa de Ringuelet y lo entregaron a las autoridades del área, por lo que pasó casi un mes secuestrado en el centro clandestino de detención conocido como La Cacha.
Por estos hechos, en 2016, el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de La Plata condenó a prisión perpetua a Martín Eduardo Zuñiga, que era el jefe de la delegación de la PFA en La Plata, junto con otros agentes que le reportaban: Rafael Oscar Romero, Horacio Alfredo Ortiz, Roberto Arturo Gigli y Jorge Alberto Blanco. También fue condenado a la misma pena José Carlos Sánchez, que integraba el departamento de Asuntos Extranjeros de la Superintendencia de Seguridad Federal –antes conocida como Coordinación Federal y donde funcionaba otro centro clandestino de la PFA--. El TOF ordenó, además, investigar la falsedad del acta de defunción de Adela porque la causa de muerte no coincidía con la que habían dado los integrantes de la PFA.
Los argumentos
Casi seis años después, Casación confirmó las perpetuas por los casos de Libralato, Cugura y “La Chancha”, pero la anuló en el caso de Adela. No solo eso: Yacobucci –que lideró el acuerdo– se despachó con una serie de consideraciones sobre Montoneros y terminó responsabilizando a la víctima por su propia suerte.
“La propia víctima fue quien aportó al curso lesivo hacia la muerte, respondiendo a las exigencias y pautas previamente establecidas por la organización a la que pertenecía”, escribió Yacobucci –que, en sus años mozos, ejercitaba su pluma en la revista procesista Cabildo como informó Mario Wainfeld--. “Resulta relevante asumir que la víctima perteneciera a una organización como Montoneros, que poseía una estructura análoga a la militar y, por lo tanto, respondía a compromisos y obligaciones propias de esa estructura jerárquica o vertical. Es precisamente, al interior de esa disciplina organizativa, que se dispone ese mecanismo ordenado a la preservación del actuar clandestino según surge de máximas de experiencia reconocidas sobre la cuestión”, completó el camarista.
“Por tanto –-añadió Yacobucci-–, necesariamente falla la imputación objetiva del resultado ‘muerte’ con relación a los condenados. Sobre todo, si se acepta, como lo hace la sentencia, que los intervinientes llevaban elementos tendientes a evitar la muerte de la persona”. Esa línea no contempla que si los represores llevaron el “antídoto'' fue porque era necesario tener a la persona con vida para intentar arrancarle información que necesitaban para mantener andando a la maquinaria represiva.
En su voto, Mahiques dice que, en caso de haber ingerido la pastilla de cianuro como dijeron los policías, se trató de una decisión de Adela “tomada en un ámbito previo de suficiente autodeterminación”. El contexto de su muerte fue haberse visto cercada ante el avance de la patota que ya se había llevado a su compañero y mientras ella estaba embarazada sola con su beba, algo que destaca el tercer integrante de la Sala, Alejandro Slokar, que votó en disidencia. “No puede afirmarse con ningún viso de racionalidad que su muerte sea un comportamiento de autolesión imputable a la propia víctima sino que el dominio sobre la decisión estuvo en manos de quienes pretendían secuestrarla”, sostuvo.
La discusión sobre si deben tomarse como homicidios los casos en los que a las víctimas se suicidaron al verse cercadas por los grupos de tareas ya parecía saldada en los tribunales, que lo entendieron asi tanto en causa ESMA, en la Contraofensiva o en la jurisdicción de La Plata. El juez Daniel Rafecas también catalogó como tentativa de homicidio la situación de María Victoria Walsh. Esa decisión está ahora en revisión en la Cámara Federal porteña.
Un policía libre de cargo y culpa
Pese a ser absueltos por el caso de Adela, los represores tendrán que purgar su condena a prisión perpetua por el resto de los secuestros y asesinatos. Están todos en prisión domiciliaria, según informaron desde la Unidad de Derechos Humanos de La Plata a este diario. La única excepción es Sánchez, que logró una absolución de la mano de Mahiques y Yacobucci.
La defensa de Sánchez la lleva un exfiscal de Comodoro Py, Jorge Álvarez Berlanda. Mahiques y Yacobucci le dieron crédito a la versión de que Sánchez recibió una recomendación por error pero que no fue parte del operativo porque no era parte de la delegación La Plata. Lo que omitieron los casadores es que la orden de la redada salió de la Superintendencia de Seguridad Federal, donde Sánchez revistaba en el área de Inteligencia. Desde la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, que es querellante en la causa, dijeron que van a recurrir el fallo.