Nueve militares y policías retirados del Chaco fueron condenados a penas de entre 9 y 18 años de prisión por secuestros y torturas durante la última dictadura. La causa se conoce como “Conscriptos”, porque dos de las cinco víctimas, todas sobrevivientes del terrorismo de Estado, cumplían con el servicio militar obligatorio cuando el Ejército las secuestró. El Tribunal Oral Federal de Resistencia, cuya presidenta Noemí Berros leyó los fundamentos del fallo durante dos horas, destacó en la sentencia que los delitos de lesa humanidad tuvieron lugar “en el marco del segundo genocidio nacional”, como parte del reconocimiento oficial del genocidio contra los pueblos indígenas que la Justicia chaqueña documentó en el reciente Juicio por la Verdad por la Masacre de Napalpí de 1924.
Las privaciones ilegales de la libertad y los tormentos por los que se dictó sentencia con casi medio siglo de demora tuvieron como epicentros la Brigada de Investigaciones y la Alcaidía policial de Resistencia. El tribunal impuso penas de 18 años de prisión al ex oficial de la Policía provincial Carlos Domingo Mora; 14 años para el ex sargento Gabino Manader y para ex oficial del Ejército Aldo Héctor Martínez Segón; 12 años para el ex jefe de la Brigada José Francisco Rodríguez Valiente y para los ex oficiales del Grupo de Artillería 7 Luis Alberto Patetta y Ricardo Guillermo Reyes; 10 años de prisión para el ex guardia de la Alcaidía policial Miguel Ángel Vittorello y para el ex oficial del Ejército Ernesto Jorge Simoni, y 9 años para el ex cabo de la Policía provincial José Marín. Todos fueron condenados además a la pena de inhabilitación absoluta y perpetua y al pago de las costas del proceso. El tribunal dispuso unificar en una pena única a prisión perpetua las condenas a Martínez Segón, Simoni y Reyes con las que habían recibido (a esa misma pena) por parte del mismo órgano judicial en 2011.
El ex comisario Juan de la Cruz López, para quien la fiscalía había requerido doce años de prisión, resultó absuelto y el tribunal ordenó su inmediata libertad. Las penas impuestas a los condenados son similares a las que habían requerido en su alegato el fiscal general Carlos Amad y los fiscales ad hoc Diego Vigay y Walter Romero.
Las víctimas cuyos casos se abordaron en esta causa son Ricardo Antonio Uferer, Ramón Eduardo Luque y Santiago Almada, quienes militaban en la Juventud Peronista; Saturnino Ferreira, militante del PRT; y Norma Beatriz Medawar. Uferer y Luque cumplían con la conscripción al momento del secuestro.
Si bien en el veredicto se dispuso que los fundamentos se harán públicos el 8 de julio, la jueza Berros expuso oralmente durante más de dos horas los razonamientos que llevaron al tribunal a dictar las condenas y la absolución. “En una república todos los poderes del Estado tienen que dar razones de sus decisiones”, explicó. “Consideramos que es una exigencia constitucional que el pueblo y el público puedan controlar las decisiones que tome el Poder Judicial, que decide nada menos que sobre la libertad de la gente”, indicó antes de explayarse sobre las nulidades planteadas por la defensa, la valoración de la prueba, la calificación legal y las penas.
Las conductas que originaron las condenas “resultan constitutivas de delitos de lesa humanidad ocurridos en el contexto histórico del terrorismo de Estado que asoló nuestro país en el marco del segundo genocidio nacional perpetrado entre los años 1974 y 1983”, afirmó la jueza subrogante Berros, presente en la sala de audiencias, a quien sus colegas Lilia Carneto y Roberto López Arango secundaron por vía remota. La referencia al segundo genocidio se da a conocer un día después de que el Juzgado Federal 1 de Resistencia publicara los fundamentos de la sentencia del Juicio por la Verdad por la Masacre de Napalpí de 1924, que enmarcó en el genocidio a los pueblos indígenas.
“Tanto el público como las víctimas salieron con la sensación de haber encontrado Justicia y de comprender lo que sucedió y eso es realmente importante”, destacó el abogado de la querella, Duilio Ramírez. “Experimentaron una sensación de satisfacción respecto del fallo y al finalizar hubo un aplauso casi unánime”, relató. Lamentó que los acusados “demostraron nuevamente su falta de arrepentimiento” y volvieron a “desaprovechar la oportunidad de ayudar a encontrar a los desaparecidos que aún quedan”. “Han pasado casi cinco décadas y hay que cerrar las heridas que siguen abiertas, ayudar a los familiares a enterrar a sus muertos. Es otra oportunidad perdida”, dijo. Por último destacó como “importante y novedoso” que se hayan leído los fundamentos del fallo en el mismo día, ya que permite “entender cuál fue el camino que siguió el tribunal para arribar a una sentencia”.