El Procurador Jorge Barraguirre avanzó a través de la fiscalía extrapenal que conduce María Laura Martínez en la investigación sobre la contaminación del arroyo Ludueña, luego de ser detectada una mancha oscura en sus aguas, en plena bajante del río Paraná. Asi se puso la lupa sobre un canal a cielo abierto que debería llevar agua de lluvia, pero que está contaminado de excrementos. Hasta el momento, la justicia pudo acreditar que el Shopping Fisherton Plaza Open Mall -ubicado frente al Aeropuerto- arrojaba sus desagües pluviales a través de esa zanja a lo largo de 13 cuadras, sobre el viejo Camino Real, paralelo a la calle Córdoba, y que drena a la altura del Gol Club. En rigor, el shopping debió estar conectado a un desagüe cloacal ubicado a 800 metros al sur, sobre la avenida Arturo Illia, (la continuación de calle Mendoza en Rosario) y que fue habilitada en el año 2015. Pero siete años después de estar habilitado dice que ese conducto está saturado, mostrando un papel de un técnico de Aguas Santafesinas, lo que fue descartado por la fiscalía como un motivo justificado.
La parte más sustanciosa del informe es sin dudas el que analiza el canal a cielo abierto: la División Delitos Ambientales Zona Sur constató las bocas de salida de los conductos provenientes de la zona del Fisherton Plaza Open Mall. "Se observó materia orgánica en suspensión, turbidez en las aguas y fitoplancton. También expone que dichos conductos conectan a un canal aliviador, paralelo a la calle Azcuénaga, que escurre hacia el arroyo Ludueña, distante a 1.340 metros. También se destaca que en todo el cauce de ese canal receptor se observaron aguas estancas y algas sobre la superficie. Cuando el canal descarga sus aguas al arroyo Ludueña se advierte agua con espuma, posiblemente derivada de detergentes. Asimismo, en otra área presentaba sustancia aceitosa en suspensión".
Por su parte, "la Dirección General de Hidráulica de Rosario confirmó que el centro comercial Fisherton Plaza Open Mall vierte sus aguas pluviales a dicho canal. Asimismo, constató la presencia de olor en el lugar asimilable a la presencia de descargas clandestinas en ese sistema pluvial.
La demanda de la Fiscalía para la protección de Intereses Generales N° 6 de Rosario -usualmente denominada “Fiscalía Extrapenal”, depende de la Procuración General de la Corte Suprema- es un amparo ambiental de cese, es decir, una demanda para que el tribunal disponga la “cesación de actividades generadoras de daño ambiental colectivo”.
El amparo está interpuesto contra la firma Rusitano SA, con domicilio en la calle Av. Carballo N° 230, Edificio Cubo “A”, Piso 3, Oficina B y C, o Av. Carballo N° 183, Piso 4to. de Rosario.
Todo comenzo en abril de 2020, cuando la Procuración General se anotició del surgimiento de una mancha negra en el curso del arroyo, en su desembocadura con el río Paraná, visible por la bajante extraordinaria del río. Ello motivó que el 17 de abril de 2020 la Fiscalía interpusiera una medida de aseguramiento de pruebas para establecer en forma fehaciente la calidad del agua, la eventual presencia de contaminantes y el origen antrópico (es decir, humano) que pudiera tener la alteración del recurso ambiental.
Su resultado motivó la emisión de medidas investigativas adicionales por parte de la Procuración General. En ese marco, se logró identificar a una persona jurídica que estaría atentando contra el ecosistema del arroyo Ludueña y que estaría desarrollando su actividad de manera clandestina y manifiestamente ilegal: Rusitano SA.
Durante los primeros días del 2022 surgieron denuncias de vecinos de la zona noroeste de la ciudad sobre el estado de contaminación del arroyo Ludueña que apuntaban a las descargas irregulares que realizan el centro comercial denominado Fisherton Plaza Open Mall. Así, la Fiscalía a cargo de Martínez solicitó nuevas muestras de agua de la cuenca del arroyo. Se hizo entonces un trabajo de campo recorriendo el curso del Ludueña, partiendo desde la central termoeléctrica JF Secco en Pérez, hasta la desembocadura en el Río Paraná. El trabajo se concretó en colaboración con el Ministerio Público de la Acusación, a pedido del fiscal Luis Schiappa Pietra a la Agencia de Investigación Criminal, División de Delitos Ambientales zona sur, dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, ante la presunta infracción a normativa ambiental. Esta medida se realizó en tres jornadas y estuvo a cargo de integrantes la División de Delitos Ambientales y del Laboratorio Forense del Organismo de Investigaciones. De esta investigación y de la cuantiosa prueba informativa surge información que encamina el curso de la acción hacia la demandada Rusitano SA. Puntualmente el día 17 de febrero de 2022, en la primera jornada, recorriendo desde la Ruta N° 9 hasta la Avenida Jorge Newbery a la altura del autódromo, se detectaron conductos provenientes del centro comercial no autorizados.
En rigor, Rusitano SA se defendió este año afirmando contar con un plan de gestión de líquidos cloacales. Dijo que en el predio se encuentra ejecutada una red cloacal que recoge las aguas servidas de las instalaciones existentes, sanitarios, bares y comedores; que tales son conducidas a una cámara receptora de medidas adecuadas para poder instalar futuras bombas que impulsen el líquido hasta su acometida. Luego, en forma periódica, camiones atmosféricos retiran dichas aguas servidas.
En esa línea, acompañó planos de cañerías y conexión pluvio-cloacal; una copia de presentación de pedido de factibilidad de conexión a la red cloacal presentado en Aguas Santafesinas SA el 27 de enero de 2022, pedido de factibilidad no resuelto todavía. Respecto al servicio contratado de camiones atmosféricos, acompañó “notas de entrega” (documento no válido como factura) de la desagotadora “La Florida”. Estas notas tenían, en su mayoría, una frecuencia de tres o cuatro días e incluía aproximadamente a los últimos seis meses. Y reportó una insólita nota del 26 de mayo de 2022 del ingeniero Francisco Otaduy, de ASSA, en la que este asesor técnico sostiene que en la actualidad el sistema no tiene capacidad para recibir descargas.
Para la fiscal, Martínez el informe que el Ministerio de Ambiente hizo respecto a dichas muestras de agua dice que “tomando en cuenta los altos valores obtenidos de coliformes fecales, es posible concluir que el canal que luego vuelca al curso de agua (Arroyo Ludueña) se encuentra altamente contaminado con efluentes del tipo cloacal, los cuales provienen de una zona donde se encuentran: Shopping Fisherton Mall, Barrio cerrado Country Golf y el Aeropuerto Internacional Islas Malvinas”
Por todo esto la Fiscalía consideró "que la obra (de avenida Illia) estuvo disponible a partir de 2015, que no hay información acerca de que Rusitano S.A. haya solicitado la nueva factibilidad; que no es ninguna novedad que el sector no se encuentre servido; que el colector principal pasa por la avenida Illia, ex Fuerza Área, lo que hace impensable que se haya saturado: lo que se defiende es la “economía” de la conexión, ya que al encontrarse a 800 metros, aproximadamente, es más costoso que conectarse a la red domiciliaria que pasa por su adyacencia. Y que si no puede conectarse por llegar, supuestamente, tarde, no puede funcionar como lo está haciendo porque, simplemente, contamina. Y, lo que es tan o más importante, es que con esa nota de un asesor técnico olvida que el amparo de cese implica también regularizar varias omisiones: como son la omisión de obtención del certificado de aptitud ambiental, la de autorización precaria de volcamiento de efluentes al Arroyo Ludueña; la de informar al Ministerio de Ambiente todo lo relacionado con las cámaras de colección de residuos líquidos generados en sus instalaciones, asi como todo lo relacionado con los líquidos que genera, caudal diario, tipo de líquido, origen, componentes y otras características relevantes".