La Unidad de Información Financiera (UIF) tomó relevancia en las últimas horas luego de que pidiera la absolución de todos los acusados en el juicio por presuntas irregularidades en la obra pública en la provincia de Santa Cruz desde 2003 a 2015, entre quienes se encuentra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner. 

Sin embargo, poco se conoce del organismo que es querellante en dicho proceso y que actualmente comanda Juan Carlos Otero.

Precisamente, la UIF está encargada del análisis, tratamiento y difusión de información de inteligencia financiera para prevenir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo, así como de los delitos económicos-financieros complejos.

Además, se trata de una entidad autónoma y autárquica que funciona bajo la órbita del Ministerio de Economía, cuyo objetivo es contribuir a reforzar el sistema y el resguardo del orden socioeconómico.

¿Quiénes deben informar antes la UIF?

La Ley Nº25.246 estableció los parámetros para los "sujetos obligados" a detallar sus movimientos a la Unidad de Información Financiera. En esta línea, deben informar sobre sus movimientos financieros las personas humanas y jurídicas determinadas en el artículo 20 de la mencionada legislación. 

Se consideran sujetos obligados a:

  • Entidades financieras y casas de cambio
  • Personas humanas o jurídicas que como actividad habitual exploten juegos de azar
  • Agentes, sociedades de bolsa y todos intermediarios que operen bajo la órbita de bolsas de comercio
  • Registros públicos de comercios, de la propiedad inmueble y del automotor
  • Personas humanas o jurídicas dedicadas a la compraventa de bienes suntuarios, o industrialización de joyas o bienes con metales o piedras preciosas
  • Empresas aseguradoras, emisoras de cheques de viajeros u operadoras de tarjeta de créditos o de compra, dedicadas al transporte de caudales, prestatarias o concesionarias de servicios postales que realicen operaciones de giros de divisas
  • Escribanos públicos
  • Banco Central de la República Argentina (BCRA), Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN). También a la Comisión Nacional de Valores (CNV) e Inspección General de Justicia (IGJ)
  • Productores, asesores de seguros, agentes intermediarios, peritos y liquidadores de seguros
  • Profesionales matriculados cuyas actividades estén reguladas por los consejos
  • Profesionales de ciencias económicas
  • Personas Jurídicas que reciben donaciones o aportes de terceros

Por qué pidió absolución de acusados

La Unidad de Información Financiera (UIF) pidió este lunes la absolución por falta de pruebas de los 13 acusados en el juicio por supuestas irregularidades con la obra pública en Santa Cruz entre 2003 y 2015, entre ellos la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, al plantear que "no existe la posibilidad de sobreprecios" por lo que consideró "irresponsable avanzar en la acusación".

"Esta querella entiende que no existe la posibilidad de sobreprecios y sería irresponsable avanzar en una acusación", sostuvo en el alegato el abogado de la UIF, Leandro Ventura, con lo cual descartó que corresponda encuadrar a los investigados bajo los delitos de administración fraudulenta y asociación ilícita.

El alegato del representante de la UIF fue seguido por la Vicepresidenta y el resto de los acusados a través de la plataforma Zoom.

En el caso de la titular del Senado y exmandataria entre 2007 y 2015, el organismo consideró que su intervención en los hechos investigados se desarrolló "en el marco de facultades que le eran propias, en el marco de la Constitución Nacional y las leyes".

"No es posible atribuir responsabilidad penal por una acción conforme a Derecho", agregó casi al finalizar el alegato, que se extendió por casi tres horas, el también abogado de la UIF Alejandro Irachet.