En un operativo realizado en el kilómetro 1482 de la ruta nacional 34, en el extremo norte de la provincia de Salta, personal del Escuadrón 61 de Gendarmería Nacional secuestró 29 litros de aceite de soja que era transportado con un remito que no coincidía con la carga ni con el domicilio dado de alta.
Por otro lado, un operativo a la altura del kilómetro 1466 de la misma ruta nacional 34, personal del Escuadrón 54 decomisó 30 mil kilos de granos que también eran transportados sin la documentación regular que la respalde.
Según informó la fuerza, el primero operativo fue en la madrugada del jueves último. Efectivos del Escuadrón 61 inspeccionaron un camión con semirremolque que era conducido por un hombre mayor edad. En el registro del camión los funcionarios detectaron que se transportaba aceite de soja crudo desgranado, y si bien el chofer presentó un remito, se confirmó que no coincidía con la mercadería ni el domicilio dado de alta. Por esta razón la mercadería fue secuestrada.
Posteriormente, al controlar otro camión, los gendarmes pertenecientes del Escuadrón 54 "Aguaray" hallaron un total de 28.000 kilos de porotos negro y 2.000 kilos de sésamo, cuya factura electrónica no era válida para el traslado de semillas no clasificadas.
El vehículo de carga llevaba un total de 1.200 bolsas con granos (con un peso de 25 kilos cada una). El conductor provenía del departamento Rosario de la Frontera, en el sur salteño, una zona productora se cereales, y se dirigía hacia la localidad de Salvador Mazza, que limita con el Estado Plurinacional de Bolivia.
Gendarmería informó que el conductor exhibió una factura electrónica como respaldo para el transporte de la soja y el sésamo, pero al ser revisado este documento por personal de Delitos Económicos, se constató que no era válido ya que se trataba de semillas no clasificadas.
En ambos procedimientos intervinieron la AFIP y la Dirección General de Aduanas “Pocitos”, de Salvador Mazza, y estos organismos orientaron la interdicción de la totalidad de las cargas y de los vehículos, y dispuso que las personas involucradas quedarán supeditadas a la causa, por encontrarse en presunta infracción a la Ley 22.415, de Código Aduanero.