El fiscal Daniel Escalante retiró la acusación contra miembrxs de la comunidad indígena del Pueblo Tastil Los Alisos, de Campo Quijano, que estaban siendo juzgados por delitos contra la propiedad en base a una denuncia carente de pruebas.

La jueza Norma Vera dictó el sobreseimiento por inexistencia de la acusación, aunque negó un pedido de la abogada defensora Verónica Huber para que el inmueble fuera restituido a la familia afectada, volviendo a una situación anterior a este proceso. La magistrada determinó que se realice el reclamo por la vía civil. 

Irene Martínez y José Nemecio Martínez ambos primos biológicos, pero que se consideraban hermanxs de crianza, estaban imputados por usurpar su propia casa, en el paraje El Alisal, de la que fueron desalojadxs en 2018 por orden del juez Diego Rodríguez Pipino. Desde entonces vivieron en una casilla precaria al costado de la ruta. José Nemecio fue sobreseído, mientras que Irene no pudo ser reparada con este acto de justicia porque falleció el año pasado. La causa se había originado en 2017 por una denuncia de Ricardo Solá Usandivaras, quien disputaba el inmueble a la familia indígena.

También se sobreseyó a cinco hermanos: Marcelo Farfán, Eduardo Farfán, Atilio Farfán, Hilda Farfán y América Farfán, quien es presidenta de la comunidad Los Alisos, que habían llegado a juicio acusadxs de violación de domicilio y amenazas con arma en concurso real.  Hilda también fue sobreseída del delito de usurpación y desobediencia judicial. El 13 de noviembre de 2018 Sola Usandivaras los denunció asegurando que quisieron recuperar el inmueble usando armas como palos y cuchillo, pero en el juicio quedó claro que no había pruebas que sustenten tal acusación.

"Más allá de como se dieron las cosas, estamos conformes de que hayamos sido sobreseídos porque no había ninguna prueba. Podríamos decir que nos hicieron una cama a la familia con una causa a fin de incriminarnos y de algún modo perjudicar a la comunidad indígena Los Alisos", dijo Marcelo Farfán a Salta/12.

En 2018, "el fiscal Nicolás Montaldi solicita, y Rodríguez Pipino ordena, un desalojo respecto la familia de Irene Martínez, de la vivienda donde ella residía, donde residían sus padres, abuelos y que fue construída por sus abuelos o sus tatarabuelos". Ese desalojo había sido pedido por Sola Usandivaras, "quien se presenta sin acreditar titularidad del inmueble, sin acreditar ningún tipo de posesión", explicó a este medio la abogada defensora, Verónica Huber

"El doctor Rodríguez Pipino convalidó la usurpación de propiedad por parte del señor Sola Usandivaras respecto de la señora Irene Martínez y de la comunidad Los Alisos del Pueblo Tastil, que es poseedora ancestral del territorio y que integra la familia Martínez", sostuvo la abogada. Agregó que el magistrado, "No contento con esto, imputó a la señora Martínez y a su hermano, que en ese momento tenía a su esposa gravemente enferma, que termina falleciendo, y que por tratamiento estaban residiendo en la ciudad de Salta". Lxs hermanxs fueron imputados por usurpación "a pesar de que son una familia que está asentada hace años y que está acreditado por informes antropológicos de que han nacido, crecido y muerto sus familiares en la Quebrada del Toro y en particular en esa vivienda", afirmó Huber.

La letrada detalló que para Rodríguez Pipino, la prueba de que lxs originarixs habían usurpado "fue que habían colocado un candado del que Sola Usandivaras no tenía la llave, habían cambiado la cerradura, según el juez. Sola Usandivaras no tenía llave porque no era el poseedor del inmueble, porque el usurpador era él", retrucó.

Explicó que en un primer momento hubo un error en un informe que se había remitido al juez Rodríguez Pipino desde el Registro de Comunidades Indígenas, porque consignaron que ni Irene Martínez ni Enrique Martínez vivían en la comunidad. Es que en los expedientes judiciales habían identificado mal a José Nemecio, como Enrique Martínez, que no existía. Cuando desde el Registro de Comunidades presentaron las planillas aclarando que Irene y José Nemecio vivían en la comunidad, la letrada dijo que el juez no lo tuvo en cuenta.

"El juez Rodríguez Pipino desestima todo esto, dice que la comunidad no acreditó nada, ni su existencia, ni sus autoridades, ni su territorio, ni la posesión. Imputa a la familia, también solo por dichos, a varios miembros de la comunidad, integrantes de la familia Farfán por amenazas, coacción y desobediencia judicial", manifestó la letrada.

Dijo asimismo que lo único que sostenía la acusación contra lxs miembrxs de la comunidad era la declaración de Sola Usandivaras y de dos empleados que no ratificaron sus dichos en el juicio, donde "los testigos que sostuvieron la declaración de Sola Usandivaras no vieron, no saben".

Inconsistencias 

De hecho, el fiscal Escalante señaló las inconsistencias en las declaraciones de testigos, incluso de los policías. También indicó que el informe ambiental que se hizo a Irene Martínez por parte del personal policial, estaba mal hecho porque consignaron datos de otra mujer con idéntico nombre que vivía en otro lugar y en eso se basaron el fiscal anterior y juez para fundamentar que la acusada no era poseedora en el paraje El Alisal.

Escalante explicó que incluso se acusó a Hilda Farfán por una desobediencia judicial, sin que se consumara ese delito porque no había sido notificada. Dijo que éste se comete "siempre y cuando tome conocimiento la persona a la que se le impone la orden".

El fiscal también explicó que había fotos aportadas por un hijo de Sola Usandivaras, donde supuestamente se veía la agresión de miembros de la comunidad al denunciante, pero éstas no reflejaban esos supuestos hechos. "En las fotos que exhibió se ve a Sola Usandivaras sentado con una de las imputadas, la autoridad de la comunidad Los Alisos, América Farfán, al lado". Están "sentados conversando amablemente, ésas son las fotos que presentó como probanzas de las amenazas y de la coacción, y que estaban armados, cuando se ve gente normal, de campo, sin ningún tipo de armas, ni de herramientas de campo que sería lo habitual", dijo.

"Si bien en principio por unidad de acción esto fue elevado en grado de probabilidad, es necesario destacar que no es sostenible una acusación de este tenor", sostuvo el fiscal y pidió el sobreseimiento para todxs lxs acusadxs. 

"En los análisis de los legajos si se me permite la opinión personal, es una cuestión quizá propia de derechos humanos, que debió haber sido abordada por otras ramas del derecho", manifestó el fiscal. Citando a Raúl Zaffaroni añadió que: "al sistema penal le interesan determinadas conductas, las que no están acá por el principio de legalidad tienen que ser quizás tratadas por otros medios menos represivos". 

El fiscal además dijo que iniciará actuaciones administrativas porque se perdieron de la Comisaría 108 los elementos secuestrados de la vivienda de la familia Martínez, que ahora se le deberán restituir.

Huber señaló que Rodríguez Pipino en 2018, al desalojar a la familia Martínez y fallar a favor Sola Usandivaras, imponiendo cautelares de prohibición de acercamiento, también perjudicó a otro comunero, Santos Colque, quien vivía en otra casa, por el mismo lugar y tenía ganado y huerta, pero no pudo volver a ingresar a su domicilio desde entonces. El reclamo por la restitución para Colque ya se tramita con representación de la letrada por la vía civil.

Sesgo cultural y de clase

La abogada manifestó que lxs miembrxs de la comunidad indígena fueron incriminados por un "sesgo cultural y de clase", implementado en este caso por el anterior fiscal interviniente y el juez Rodríguez Pipino. Sin embargo, dijo que se ha tornado costumbre que se favorezcan las declaraciones de supuestos titulares registrales aunque ninguna documentación los avale por sobre la de las comunidades indígenas.

La letrada también señaló que ante la imposibilidad de obtener desalojos por la vía civil de las comunidades, se recurre a "la opción por la vía penal", mediante la cual "desapoderan a los miembros de sus posesiones y los tienen bajo amenaza permanente de una condena". 

"La justicia deja mucho que entrever, tanto el tratamiento que se hace por parte de la policía, la misma fiscalía de Rosario de Lerma, la voluntad misma de la jueza por no dictaminar y resolver el pleito ahora sabiendo que la causa fue armada contra mi familia. Se puede decir que nos vamos con un vacío legal, quedamos como al principio y no gozamos del derecho pleno que tenemos las comunidades. La ley 26.160 prevé justamente que no puede haber atropellos, mucho menos desalojos, en contra de la comunidad originaria, la justicia aún hoy está del lado de los que tienen algún apellido o poder, llámese político o lo que fuere, y las comunidades tenemos que estar esperando hasta lo último para saber qué va a pasar con nosotros", dijo Marcelo Farfán.

También señaló la desprotección ante la falta de prórroga de la ley 26.160 por parte del gobierno nacional. "Hay un decreto del Poder Ejecutivo que de cierta forma protege la ley para que no se pierda y es como una salvaguarda para pueblos originarios pero que no nos asegura nada porque cada provincia tienen su autonomía y puede dictaminar según la cara y el postor, de quien venga, a favor o en contra de las comunidades", añadió.