La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el país de una serie de productos para la limpieza de autos, entre ellos aromatizadores, por haber sido elaborados bajo condiciones “desconocidas”.
Según la Disposición 6020/2022, publicada en el Boletín Oficial, el organismo prohibió “el uso, comercialización y distribución” del aromatizador en todo el territorio nacional, así como en plataformas de venta electrónica. Se trata del producto marca “Toxic Shine”, “a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, de los que se desconocen las condiciones de manufactura, y considerando que los establecimientos y productos domisanitarios deben contar con las correspondientes habilitaciones y registros para que los productos puedan ser comercializados”.
En esa línea, el texto explica que "con el fin de que esta Administración esté en condiciones de garantizar su calidad, seguridad y eficacia, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud también sugirió “prohibir la publicidad de los productos detallados ut-supra; y comunicar a la Autoridad Sanitaria Jurisdiccional, a sus efectos”.
Los productos se comercializaban de manera digital o a través de distintos puntos de venta, distribuidos en todo el país y detallados en sus redes sociales. Las autoridades sanitarias bonaerenses y nacionales afirmaron que “no encontraron registros del establecimiento, ni de los productos en su jurisdicción, obrando en autos los intercambios de mail como archivo embebido”.
La determinación fue tomada a través de una notificación realizada por la Dirección de Registro y Control de Alimentos de la provincia de Tierra del Fuego acerca del producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente. El texto destaca que “según la citada Dirección, la Dirección de Bromatología de la municipalidad de Ushuaia verificó la comercialización y procedió a la intervención del mencionado producto en distintas presentaciones (peso neto y envase de plástico o vidrio) y fechas de vencimiento, cuya rotulación reglamentaria es incompleta”.
“El producto se halla en infracción por carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulado, resultando ser en consecuencia ilegal. Que por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284”, asegura la disposición, firmada por Manuel Limeres, máximo responsable de la Anmat.
Firmada por el titular de la Anmat, Manuel Limeres y bajo la intervención de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y la Coordinación de Sumarios, el producto queda prohibido hasta que cumpla con la normativa registrada en la entidad.
ANMAT alertó sobre los productos de la marca "A Pleno" por sospecha de botulismo
Este miércoles la ANMAT lanzó una alerta y recomendó a la población abstenerse de consumir todos los productos de la marca “A Pleno” por sospecha de botulismo. La elaboración de dichos artículos se realiza en la localidad de Villa de las Rosas, Córdoba.
En un comunicado, precisaron que se encuentran trabajando en un caso sospechoso de botulismo que estaría asociado al consumo de la marca mencionada, que elabora productos como queso de girasol y pasta de maní, entre otros. Debido a esto, y en modo de prevención, recomendaron abstenerse de consumir estos productos y también instaron a cesar su comercialización.
En el caso de haber consumido alguno de los productos de esta marca, se recomienda realizar una consulta médica inmediata si se presenta algún síntoma inicial como náuseas, vómitos, dolor abdominal, diarrea, visión borrosa, visión doble, boca seca, y dificultad para hablar y tragar.