La Sala 7 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional procesó ayer, sin prisión preventiva, a dos integrantes de la Policía Metropolitana y dos de la Policía Federal (PFA) por haber golpeado y detenido a un hombre con discapacidad motriz en el año 2015 en Parque Saavedra, Ciudad de Buenos Aires. Según la investigación, el hombre fue atacado por los dos policías de la Metropolitana cuando se acercó para preguntarles por qué detenían a un joven menor de edad. Por su parte, los dos policías de la Federal fueron procesados por haber visto cómo el hombre discapacitado era golpeado y no haber intervenido en su defensa. En primera instancia, el titular de Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 22, Guillermo Rogo, había decretado la falta de mérito para sobreseer o procesar a los cuatro policías. Sin embargo, la decisión fue apelada por el fiscal Carlos Velarde con el argumento de que la falta de mérito no se ajustaba a las pruebas reunidas en la investigación. Además de los procesamientos, los jueces del Tribunal de Alzada ordenaron un embargo de 30 mil pesos sobre los bienes de los cuatro imputados.
La investigación encabezada por el fiscal Velarde, en la que colaboró la Procuraduría de Violencia Institucional, consignó que durante la tarde del 26 de febrero de 2015, dentro del Parque Saavedra, el hombre discapacitado se acercó a los oficiales de la Policía Metropolitana, Yanina Yael y Nazareno Nicolás Gómez Pedraza, para preguntarles por qué tenían detenido a un joven menor de edad. Por la pregunta se generó una discusión, y fue entonces cuando los Metropolitanos agredieron, golpearon y luego detuvieron al hombre. Dos miembros del Cuerpo de la Policía Montada de la PFA, Héctor Osvaldo Toloza y Leandro Exequiel Barrientos, presenciaron toda la secuencia y el ataque pero no impidieron la agresión, por lo que fueron procesados por incumplimiento de los deberes de funcionario público. La Fiscalía consideró, además, que el policía de la Metropolitana Gómez Pedraza había completado con datos falsos el acta de detención del hombre, debido a que el testigo que figuraba en ese documento nunca había estado en el lugar de los hechos.
Si bien en primera instancia el juez Guillermo Rongo había decretado la falta de mérito para sobreseer o procesar a los cuatro policías, la decisión fue apelada por Velarde, quien argumentó que “la falta de mérito no aparece ajustada a la luz de las probanzas reunidas en la causa”. “Se trata de un hecho contradictorio, en el sentido que sería un único hecho ocurrido en las mismas circunstancias; no menos cierto es que la prueba que obra en la causa da cuenta de que el hecho ocurrió tal como fuere denunciado por la víctima”, agregó el fiscal. Los jueces de la Cámara de Apelaciones, Mauro Divito y Mariano Scotto, revocaron ayer la resolución de Rongo y ordenaron procesar, sin prisión preventiva, a Campo y a Gómez Pedraza como coautores del delito de “vejaciones en concurso ideal con lesiones leves agravadas por el abuso de su función como miembros de una fuerza de seguridad”. En cuanto a Toloza y Barrientos, el Tribunal ordenó su procesamiento, también sin prisión preventiva, por no haber impedido las vejaciones causadas por los efectivos de la Policía Metropolitana.
Los jueces dispusieron además un embargo por la suma de 30 mil pesos sobre los bienes de los cuatro policías. Respecto a la imputación que pesaba sobre Gómez Pedraza por haber insertado datos falsos en un acta de procedimiento, Divito y Scotto coincidieron con el juez de instrucción y confirmaron la falta de mérito.