La justicia riojana condenó a dos años de prisión de cumplimiento condicional por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar a Osvaldo Enrique Pizarro. La jueza Sara López Douglas determinó en su fallo que se trata de violencia económica y patrimonial por no cumplircon el pago de la cuota alimentaria luego de la separación con su ex pareja con quien tiene 5 hijos. Pizarro fue denuncia por violencia de género previo a la separación.

El cumplimiento de la condena, según lo que determinó la magistrada, implica que Pizarro tiene que cumplir por el término de 2 años una serie de reglas de conductas que incluyen “abstenerse de cometer nuevos hechos delictivos y de consumir estupefacientes y realizar un tratamiento de rehabilitación por las adicciones”. “Tiene que dar estricto cumplimiento al pago de la cuota alimentaria impuesta; realizar trabajos no remunerados a favor del Estado o de instituciones de bien público, en el hospital, salita de primeros auxilios- en razón de su profesión médico y/o en el lugar que designe la Jueza de Ejecución Penal y tiene medidas de no acercamiento a la denunciante". 

La abogada querellante Ana Astorga dijo que “no hay precedente en La Rioja de este fallo”. “Pueden existir casos donde se llega a un acuerdo con la Fiscalía por un juicio previo, o abreviado pero en este caso que se haya celebrado juicio en donde se llevaron a cabo 8 audiencias de debate no tenemos ningún precedente y estamos agradecidos a la Justicia”.

“En el delito de incumplimiento de los deberes de Asistencia familiar las víctimas son los hijos. Lo que no se cumple es la cuota alimentaria y es un derecho de los chicos, de los hijos e hijas del matrimonio y la jueza también enmarcó este caso con una violencia económica contra la mamá”, expresó. En este sentido, López Douglas argumentó su fallo en lo establecido en la ley 26.485 de Protección integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la Mujer (Convención De Belem Do Para) y la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres (CEDAW) ratificada por el Estado Argentino.