Esta semana quedó firme el fallo de la jueza de Garantías Cecilia Mas Saadi en donde resuelve no hacer lugar al pedido de ex juez Juan Pablo Morales en la causa que lo tiene como imputado por el delito de cohecho agravado, junto a su par Raúl Da Prá. La defensa de Morales había planteado por segunda vez la nulidad del decreto de determinación del hecho, la jueza le dijo: “Si bien no se discute el derecho al recurso en sentido amplio, considero que tampoco debe ser ilimitado”.
Morales, planteó la nulidad, luego de ser indagado por el delito que se le imputó, durante los primeros días de junio. El fiscal, Facundo Barros Jorrat, le negó esta posibilidad por las mismas razones que lo hizo la jueza de Garantías. La Cámara de Apelaciones de la provincia ya había resuelto sobre lo mismo en su contra.
Los ex jueces Morales y Da Prá y serán indagados por cobro de coimas
Morales y Da Prá habían sido acusados luego de que en junio de 2020, un video de 3 minutos fue enviado a los e-mails y celulares de todos los legisladores y miembros de la Justicia. En él se podía observar y escuchar cómo los entonces Jueces de la Cámara de Apelaciones arreglaban con un abogado (del que nunca quisieron dar su nombre o denunciar) revocar la prisión preventiva del reo Edgardo Jiménez por un monto de 820 mil pesos. Las imágenes mostraron cómo cada uno recibió su parte en billetes de alta denominación.
Si bien en el momento no pudieron ser imputados por tener fueros, ambos decidieron renunciar a sus cargos cuando se anunció que les realizarían un Jury de Enjuiciamiento. Sin protección alguna fueron imputados inmediatamente por el Fiscal Barros Jorrat, pero ambos apelaron el decreto de imputación antes de conocer su contenido.
Los meses pasaron y finalmente la Cámara de Apelaciones, integrada por jueces subrogantes, les negó el pedido de nulidad y es por esta razón la investigación pudo continuar y ambos fueron imputados e indagados por la Fiscalía de Delitos Contra la Administración Pública.
Sin embargo, el día de la indagatoria Morales, quien había desistido previamente de asistir a la audiencia de Apelaciones, que se realizó en mayo y que él había solicitado, demorando el proceso más de un año, decidió volver a presentar un pedido de nulidad con argumentos similares a los ya resueltos.
El ex juez Morales desistió de apelar en la causa que lo investiga por coimas
Por esta razón, la jueza de Garantías señaló e su nuevo fallo: “el ejercicio abusivo de la vía procesal implica un accionar desmedido existiendo, a criterio de este tribunal, un uso inadecuado, irregular y por ende reprochable de está bien impugnativa intentada. Si bien no se discute el derecho al recurso en sentido amplio, considero que tampoco debe ser ilimitado. El derecho a oponerse a plantear nulidades, a reclamar un nuevo examen de las cuestiones, implica la posibilidad de refutar resoluciones las que deben ser fundadas y con las formalidades establecidas en la ley”.
De esta manera continúo argumentando y señaló: “el mal uso o uso arbitrario de las impugnaciones atenta contra los principios procesales de la buena fe y celeridad procesal ocasionando un daño incuestionado al sistema de justicia en general y a los operadores justiciables en particular por lo que no puede ser avalado, ni convalidado por los tribunales”
“En el presente planteó existe un caso de abuso de derecho ya que se utiliza un medio de defensa con la finalidad de cuestionar exactamente lo mismo que ya fue resuelto qué es el nuevo intento de nulidad al decreto de terminación del hecho de declaración de imputado”, agrega.
Por último, explicó si bien es obligación legal de los jueces velar por el regular y normal funcionamiento de la actividad judicial “es indiscutido que frente a la existencia de un abuso procesal el responsable de ponerle freno y evitar su propagación es también el Juez. Por esta razón “corresponde advertir al letrado a cargo de la defensa de Juan Pablo Morales que deberá abstenerse de continuar dilatando el presente proceso con instancias contrarias al legal ejercicio de la profesión en la defensa técnica de su asistido”.