La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario confirmó el procesamiento del ex concejal peronista Pedro Alberto "Pili" Rodríguez y del ex militar Horacio Hugo Maderna por la privación ilegal de la libertad de Reynaldo Luis Vivas, quien era intendente de San Lorenzo y que fue depuesto por la dictadura. El tribunal de alzada tambien los incluyó en la figura de la asociación ilícita, sin embargo ambos continuarán con detención domiciliaria. El procesamiento confirmado es un paso era necesario para pedir la elevación a juicio por estos hechos en un solo trámite en el que se juzgarán las responsabilidades de los represores Jorge Fariña, Rodolfo Isach y Andrés "Barba" Cabrera, entre otros, por la desaparición de militantes políticos y dirigentes sindicales del cordón industrial conocida como "la causa de los trabajadores" que tiene 19 nombres en su listado de desaparecidos, según destacó el fiscal Alvaro Baella de la Unidad de Derechos Humanos que acusa a los represores. El juez Marcelo Bailaque los había exculpado por el secuestro de Vivas.
En 1973 Pedro Alberto “Pili” Rodríguez se convirtió en el asesor letrado del Sindicato Unido Petrolero del Estado (Supe) y en diciembre de ese año ingresó a la municipalidad de San Lorenzo como asesor legal del intendente Reinaldo Vivas. Con poder creciente en el sindicato y en la municipalidad, Rodríguez se acercó e investigó a los militantes sociales de la región, especialmente a los ligados al sindicalismo combativo.
El golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 destituyó y encarceló al intendente sanlorencino; junto con él se retiró la mayoría del gabinete, menos Rodríguez, que fue ratificado y ascendido por decreto de la dictadura, a director de asuntos jurídicos del municipio y se le otorgó la categoría más alta como empleado municipal sin mediar antigüedad. Un día después del golpe, Pedro Rodríguez señaló desde un auto a Manuel Casado, el delegado del sindicato de empleados municipales de San Lorenzo, quien fue secuestrado y torturado en el Batallón de Arsenales 121 de Fray Luis Beltrán. El caso de privación ilegítima de la libertad, torturas y tormentos fue el primero que llegó a juicio entre todas las atrocidades cometidas en el Cordón Industrial durante la los años de represión.
El camarista Guilermo Todelo destacó en su voto su discrepancia con el juez de instrucción Marcelo Bailaque, quien había excluído a "Pili" Rodríguez y Maderna por el secuestro del depuesto intendente Vivas. "No comparto los fundamentos brindados por el juez de primera instancia para eximirlo de responsabilidad, esto es: que Vivas no lo nombró, que no era militar, que no tenía facultades para decidir y que no se encontraba desde antes trabajando en el municipio. El encartado se desempeñaba como asesor técnico del intendente depuesto y continuó trabajando en la municipalidad a cargo de Cervera ( militar y designado interventor de facto) . En la sentencia del Tribunal Oral consta que: “El 30 de abril de 1976 surge del mismo legajo que fue contratado como Director de Asuntos Jurídicos efectivizado en dicho cargo el 5 de mayo de 1976, mediante decreto 2466 el cual se lo DESIGNA como agente permanente y mensualizado en la categorial 21, decreto suscripto por sus consortes procesales Rubén Osvaldo CERVERA y Horacio Hugo MADERNA.” Es decir, no sólo que no cesó como Vivas en su mandato sino que fue prontamente premiado con la efectivización de su contrato por parte de las autoridades militares, lo que pone en evidencia su colaboración con el régimen sobreviniente" dice el camarista Toledo sin ambages.
Por todo lo expuesto dice el voto "encuentro probable su participación en el caso puntual que examino porque tengo en cuenta el antecedente ventilado en el juicio oral en que Rodríguez, a pesar de haber sido compañero de trabajo en la Municipalidad de San Lorenzo de Manuel Casado -al igual que de Vivas- y compartido numerosas reuniones gremiales o políticas, resultó condenado por la privación ilegal de la libertad y tormentos de aquél, lo que pone de relieve su rol de colaborador de la dictadura y resulta harto probable que hubiera intervenido en los hechos en perjuicio de Vivas.
En consecuencia, considero que existen elementos de convicción suficientes para revocar la falta de mérito de Pedro Alberto Rodríguez por la privación ilegítima de la libertad de Luis Reynaldo Vivas.
En agosto de 2013 “Pili” Rodríguez fue condenado a ocho años y medio de prisión por el secuestro, torturas y tormentos cometidos contra el delegado de los trabajadores municipales de San Lorenzo, Manuel Casado. Desde 2014 permaneció detenido dos años en el penal de Marcos Paz y con los beneficios para represores que propició el gobierno de Mauricio Macri, el abogado sanlorencino obtuvo la prisión domiciliaria y desde ese entonces goza de los lujos de su mansión en el country Solares del Carcaraña en la localidad de Oliveros.