En el contexto de crisis económica por la pandemia por el coronavirus, Alberto Fernández prorrogó por 60 días la prohibición de despedir sin causa justa y por la falta o disminución del trabajo o fuerza mayor.
La medida incluye, además, las suspensiones con las mismas causales, aunque habilita como excepción a aquellas suspensiones pactadas individual o colectivamente u homologadas por la autoridad de aplicación.
En el marco de la emergencia sanitaria, el Presidente Alberto Fernández, estableció prorrogar por 60 días la prohibición de efectuar despidos sin justa causa, y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.
Así, aquellos despidos o suspensiones que se realicen en violación a lo dispuesto, no tendrán efecto alguno y se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales. La medida tiene como objetivo sostener el empleo durante la pandemia. El presidente había dictado un decreto el pasado 1 de abril que prohibía, también por 60 días, los despidos y suspensiones.