El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 29 rechazó hoy el pedido de sobreseimiento que había realizado la defensa del músico Cristian “Pity” Álvarez en la causa por la que está acusado de haber cometido un homicidio en julio de 2018.
No obstante, los jueces Gustavo Goerner y María Cecilia Maiza consideraron que no está en condiciones psíquicas de afrontar un juicio oral y dispusieron la suspensión del proceso judicial, en línea con lo que había planteado esta semana el fiscal Sandro Abraldes, interinamente a cargo de la Fiscalía General N°2 ante esos tribunales.
Los magistrados del tribunal dispusieron además -como había requerido la fiscalía- el cese de la prisión preventiva de Álvarez, que está detenido desde julio de 2018.
Asimismo, ordenaron que transitoriamente siga su internación en el Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (PRISMA), en el Complejo Penitenciario de Ezeiza, hasta que la justicia civil -a la que le giraron el expediente- determine “el tratamiento y lugar apropiado para su internación, -fuera de la órbita del Servicio Penitenciario Federal-, de acuerdo con las patologías que presenta”.
Establecieron, además, que se deberán presentar informes trimestrales acerca de la salud y la evolución del imputado.
El 22 de marzo, los profesionales del CMF, junto con los peritos ofrecidos por las partes, informaron que el acusado presenta “una afección compatible con síndrome depresivo, antecedentes de uso de sustancias (dependencia), trastorno cognoscitivo no especificado y antecedente de trastorno psicótico no especificado”. Ante ese panorama, la defensa había requerido el sobreseimiento de Álvarez y su libertad, ya que consideraba que es inimputable.