El gobierno publicó este viernes el protocolo para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) de acuerdo a la nueva normativa aprobada en el mes de diciembre en Argentina que aprueba el aborto hasta la semana 14.
La presentación del protocolo para la Atención Integral de las personas con derecho a la Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo coincide además con el Día de Acción por la Salud de las Mujeres y fue presentado durante un acto virtual del ministerio de Salud.
La Ley de IVE fue sancionada por el Congreso el 30 de diciembre de 2020 y promulgada el 14 de enero de 2021 y establece el derecho al aborto en todos los casos hasta la semana catorce inclusive.
Entre las oradoras estuvieron la ministra de Salud, Carla Vizzotti, la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidades, Elizabeth Gómez Alcorta y la secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra.
Los detalles del Protocolo de aborto legal
El protocolo de la IVE fue presentado durante un acto online del ministerio de Salud donde participaron funcionarias nacionales. Los detalles fueron brindados por la directora nacional de Salud Sexual y Reproductiva, Valeria Isla.
- Todo el personal de salud (incluyendo el administrativo y de seguridad) es responsable de garantizar y no obstruir el derecho a la práctica. No puede haber una negación, en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable.
- El equipo de atención debe asegurar la creación y preservación de un ambiente de confianza e intimidad durante el proceso, y no debe difundir la información solicitada y toda aquella que se consigne en la historia clínica.
- Además, explica que debe asegurarse la capacitación a todo el personal de la institución para que conozca su responsabilidad de respetar la privacidad de las personas usuarias y mantener la confidencialidad de la información sobre la atención de la interrupción del embarazo.
- Hasta la semana catorce inclusive, del proceso gestacional, se puede realizar un aborto sin explicitar los motivos de la decisión. Así como en el caso de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada pertinente, o en el caso que esté en peligro la vida o la salud del solicitante.
- Las personas de 16 años o más pueden otorgar por sí mismas su consentimiento, en casos tanto de IVE como de ILE, y puede firmar la declaración jurada requerida para la interrupción de un embarazo producto de una violación (en caso de que corresponda) sin que se requiera asistencia de ninguna persona.
- Los adolescentes de entre 13 y 16 años pueden brindar su consentimiento en forma autónoma, si se trata de prácticas que no representen un riesgo grave para la persona. Caso contrario, deberán contar con la asistencia de sus progenitores, representantes legales, personas que ejerzan formal o informalmente roles de cuidado, personas allegadas o referentes afectivos.
- Los menores de 13 años deberán ser acompañados por un adulto, quien debe participar en conjunto en la toma de decisiones firmando a su vez el consentimiento requerido.
- También debe garantizarse que en la práctica sólo participen los integrantes del equipo de salud que sean necesarios para llevarla adelante.
- Puede quedar exceptuado de realizar el aborto, el profesional médico desea “mantener su decisión en todos los ámbitos, público, de la seguridad social o privado, en los que ejerza su profesión” y “derivar de buena fe” al paciente para que sea atendida por uno de sus colegas.
- El documento resalta que “todas las personas con capacidad de gestar, con y sin discapacidad, pueden tomar sus propias decisiones respecto al ejercicio de sus derechos reproductivos, las alternativas de tratamiento y su futura salud sexual y reproductiva”.