La Suprema Corte bonaerense rechazó una acción judicial de un grupo de padres para garantizar las clases presenciales
Según los jueces del Máximo Tribunal provincial, dicha acción es improcedente, en tanto cuestiona normas de índole federal.
La Suprema Corte de Justicia bonaerense rechazó la acción de inconstitucionalidad interpuesta por un grupo de padres para que se garantizara en la provincia de Buenos Aires el dictado de clases presenciales.
Según los jueces del Máximo Tribunal provincial, dicha acción es improcedente, en tanto cuestiona normas de índole federal.
Un grupo de padres realizaron una acción de inconstitucionalidad y fue ampliada luego de la resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el recurso presentado por el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contra el Estado Nacional.
Los jueces fallaron a favor del gobierno porteño, aunque para los jueces supremos de la provincia de Buenos Aires, la competencia originaria que les asigna “no abarca a los reclamos dirigidos en contra de preceptos dictados por autoridades diferentes de las locales”.
En este sentido, acotaron el proceso a la normativa de derecho público local, aunque la normativa provincial que se cuestiona en el caso es considerada “como mera derivación de aquellas normas federales”.
Luego explicaron: "Lo expuesto no importa desconocer que el producto del examen difuso de los asuntos constitucionales, debido al vasto margen de desarrollo que lo caracteriza, podría desembocar a la consideración de la Suprema Corte, una vez arribadas las actuaciones a sus estrados provenientes de las instancias anteriores, por vía de recurso extraordinario.”
Este artículo fue publicado originalmente el día 10 de agosto de 2022