La Corte Suprema de Justicia rechazó este miércoles la petición de Farmacity S.A., la empresa de locales minoristas de medicamentos, para poder desembarcar con locales en la Provincia de Buenos Aires.
La empresa presentó una demanda en la cual cuestionó la normativa vigente que impide a sociedades comerciales estar a cargo de este tipo de locales comerciales que expenden medicamentos.
"De acuerdo a los principios constitucionales examinados, la facultad ejercida por la Provincia de Buenos Aires a través de la ley 10.606 para regular lo atinente a la titularidad de los establecimientos farmacéuticos no se revela como desproporcionada con la finalidad perseguida de bien público", sostuvo el fallo.
Y agregó: "Por el contrario, el legislador provincial ha ejercido sus facultades en forma razonable, y no arbitraria pues se basó en propósitos de salud pública, ampliando la protección de los pacientes garantizada en la regulación nacional, como una opción que cabe reputar como válida“,
La demanda manifestó “la declaración de nulidad” de determinados actos por los cuales se le denegó a la Sociedad, una solicitud para operar en el ámbito provincial así como un pedido de habilitación para poner en funcionamiento una farmacia en la localidad de Pilar.
La determinación judicial fue firmada por los jueces Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti, Martín Irurzun y Mirta Gladis Sotelo de Andreu, en disidencia. El tribunal estuvo integrado de esa manera porque Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti se excusaron.
Hasta el momento, la empresa solo pudo abrir locales de Simplicity, una segunda marca que vende los mismos ítems que Farmacity, pero sin los medicamentos, ya sean de venta libre o recetados.