El Estado organiza la vuelta a la presencialidad con un esquema "programado" para los agentes de la administración pública de todo el país para el 1 de septiembre próximo, fecha en que esta modalidad de trabajo motivada por la pandemia deberá tener un funcionamiento pleno.
El Gobierno diseñó el regreso pautado en el Decreto 494/2021 publicado la semana pasada en el Boletín Oficial y uno de los argumentos se basa en el avance del plan de vacunación en Argentina que a la fecha alcanza a más del 50 por ciento de la población con al menos una dosis y al 20 por ciento con ambas dosis.
Los empleados públicos deberán acreditar su vacunación, ya sea parcial o completa, pero quienes hayan rechazado la vacuna, también deberán volver al trabajo presencial. Así lo explicó la secretaria de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete, Ana Castellani, quien detalló que el Poder Ejecutivo se encuentra "organizando punto por punto la vuelta a la presencialidad en cada organismo" del sector público nacional.
La funcionaria sostuvo que los gremios del sector fueron "receptivos" a la aplicación de la nueva norma porque "estaba muy claro que, con el avance del esquema de vacunación, había que empezar a ordenar la vuelta a la presencialidad, siempre con los protocolos de cuidado".
Vacunados: qué documentación se requiere
Castellani especificó que "cada persona tiene que enviar su certificado de vacunación, que acredita su condición ante la vacuna, si tiene una o dos dosis", y posteriormente, y según corresponda, debe presentarse a los 14 días de la inmunización.
No vacunados: qué documentación se requiere
A quienes no se hubieran vacunado por no haber recibido el turno, el Poder Ejecutivo los derivará a un vacunatorio que funcionará en el CCK, mientras que, por último, el porcentaje de empleados que no quiera la inmunización deberá "firmar un consentimiento y explicar los motivos" para pasar luego a "cumplir los protocolos de cuidado" en su lugar de trabajo.
Bajo las normas del Ministerio de Salud, hay un solo grupo que queda excluido de la presencialidad: embarazadas e inmunodeprimidos.
Así será la vuelta a la presencialidad en el Estado
La medida regirá desde las 0 del 7 de agosto. "La nueva modalidad de trabajo es la presencialidad programada, que no es la de antes de la pandemia ni el trabajo remoto, combinado con presencialidad para esenciales, que hubo desde el 20 de marzo del año pasado", aclaró Castellani, quien indicó que el retorno bajo las nuevas normas "tiene que terminar de organizarse para estar en pleno funcionamiento a partir el 1° de septiembre".
La funcionaria puntualizó a esta agencia que para la nueva etapa "se siguen algunos criterios generales que fueron establecidos en una comisión paritaria bajo la órbita de la Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT) y el Ministerio de Salud", y que incluyen la "ventilación cruzada, la ubicación de una persona cada 2 metros cuadrados, la no aglomeración en lugares comunes y la sanitización de espacios", entre otros.
Con ese protocolo general "se trabaja en las jurisdicciones para adecuarlo en cada uno de los edificios", añadió Castellani y explicó que "como eso lleva un tiempo, se establecieron tres semanas para dividir la dotación en grupos, si fuera necesario, y tener tiempo para dar los avisos".
"En la mayoría de los casos corresponde la alternancia, por lo que se arma algo parecido a lo que decimos 'burbuja'", detalló sobre la nueva presencialidad.