La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) junto al Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) comenzarán a aplicar a partir de septiembre el descuento del 50 por ciento en la facturación del servicio de gas natural a los beneficiarios contemplados en los nuevos cuadros tarifarios de la Ley de Zonas frías.
Las empresas distribuidoras son Litoral Gas, Gasnor, Naturgy, Camuzzi Gas Pampeana, Distribuidora de Gas Cuyana y Distribuidora de Gas del Centro.
¿Quiénes podrán acceder al descuento del 50%?
Para personas titulares del servicio de gas natural:
- Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH)
- Asignación Universal por Embarazo (AUE)
- Pensiones no Contributivas y jubilados
- Inscriptos en el Monotributo Social
- Personas que perciben seguro de Desempleo y de empleados de casas particulares
- Usuarios exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza o los que tengan una pensión vitalicia, como
- veteranos de Guerra.
- Trabajadores en relación de dependencia
- Trabajadores monotributistas
- Monotributistas sociales
- Titulares del servicio que cuenten con el Certificado Único de Discapacidad (CUD)
Zonas frías: los principales puntos de la ley que beneficia a más de 3 millones de usuarios de gas
La ley 27.637 que amplía el universo de beneficiarios y beneficiarias del Régimen de Zona Fría (RZF) es un sistema que permite aplicar tarifas de gas diferenciales e incorpora al beneficio a 3,1 millones de hogares. Con la nueva ley, el beneficio alcanzará a un total de 4 millones de usuarios, el 44 por ciento del país y unas 12,8 millones de personas, gracias a la incorporación de más de 60 localidades de once provincias.
Los principales puntos de la normativa:
- - Modifica el artículo 75 del Presupuesto 2021 para beneficiar a más de tres millones de habitantes de municipios de las provincias de Buenos Aires, Mendoza, San Juan, Salta, San Luis, Jujuy, Catamarca, Córdoba, San Juan, La Rioja y Santa Fe en los que se registran bajas temperaturas.
- - Reduce en alrededor del 50 por ciento las tarifas a los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, de pensiones no contributivas y jubilados -hasta 4 salarios mínimos-, del monotributo social, usuarios que perciben seguro de desempleo y empleados de casas particulares.
- - El beneficio también podrá ser otorgado a quienes estén exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza o los que tengan una pensión vitalicia como veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- - Respecto del resto de los usuarios residenciales, la tarifa diferencial implicará una disminución del 30% de la factura de gas correspondiente.
- - Prorroga por 10 años el Fondo Fiduciario de Consumos Residenciales de Gas (artículo 75, Ley 25.565) y aumenta la cantidad de departamentos y localidades de todo el país de temperaturas bajas comprendidos en este beneficio.