La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció este miércoles que más de siete millones de jubilados y pensionados cobrarán el aguinaldo en diciembre.
Según detallaron en un comunicado, se depositará en forma automática junto al haber de diciembre que ya tendrá el aumento del 12,11% correspondiente a la nueva ley de movilidad previsional.
Explicaron que esto implica que una persona que percibe el haber mínimo en diciembre de 2021, cobrará 43.592 pesos mientras que una persona con ingresos equivalentes a dos haberes mínimos recibirá 87.185 pesos.
Con el aumento del 12,11% que regirá a partir del próximo mes, las jubilaciones alcanzarán un incremento anual del 52,7%. Con este aumento, las prestaciones de la Seguridad Social logran un incremento anual por encima de la inflación, destacaron.
Aseguraron también que las pensiones no contributivas comenzarán a cobrar según terminación de DNI desde el primer día del mes, las jubilaciones con haberes que no superen 32.664 pesos lo harán el 7 de diciembre, y las que superen este haber comenzarán a percibirlo desde el 17.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
Para calcular el aguinaldo se debe tomar el 50 por ciento de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto (sueldo básico, horas extra y cualquier otro extra percibido) dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
Ambos se calculan sobre los 6 meses próximos anteriores, es decir que en el sexto mes se obtiene en base a los sueldos de enero a junio, mientras que el aguinaldo de diciembre se calcula en base a los sueldos de julio al último mes del año.
En el caso de los trabajadores que tienen menos de un año de antigüedad, el aguinaldo se liquida según los meses trabajados mediante dos fórmulas posibles. Una es dividir el mejor sueldo a la mitad, volver a dividir nuevamente ese monto por seis y multiplicar el resultado por los meses trabajados. La otra es multiplicar los meses trabajados por la mitad del mejor sueldo mensual y, a ese resultado, dividirlo por seis.
En cuanto a los empleados que no hayan trabajado el semestre completo, el aguinaldo se calcula según la siguiente fórmula: el tiempo real trabajado durante el semestre se debe multiplicar por la mitad del mejor salario recibido y, a este total, se lo divide por seis.