El Gobierno nacional prorrogó la emergencia en materia laboral hasta el 30 de junio del 2022 pero realizó modificaciones en la aplicación de la doble indemnización. Así, los despidos sin causa deben ser acompañados, además de la indemnización correspondiente, de un monto extra que disminuye mes a mes. La medida fue publicada este viernes en el Boletín Oficial.
De esta manera, desde el primero de enero de 2022 y hasta el 28 de febrero el empleador debe abonar una suma extra equivalente al 75 por ciento de la indemnización original, a partir del primero de marzo y hasta el 30 de abril del 50 por ciento y desde el primero de mayo y hasta el 30 de junio del 25 por ciento
Los montos señalados deben ser calculados "sobre todos los rubros indemnizatorios originados con motivo de la extinción incausada del contrato de trabajo", pero no pueden superar en ningún caso los $500.000, destacó el decreto 886.
Quedaron excluidos de esta medida los contratos firmados con posterioridad al 13 de diciembre del 2019 y quienes formen parte del sector público nacional.
En los considerandos, se habla de una "tendencia de crecimiento que se observa en la recuperación extendida de los puestos de trabajo registrados, perdidos durante la pandemia, y con el restablecimiento del poder adquisitivo de los salarios".
Asimismo dice que "se constata en los últimos datos provenientes de los registros administrativos del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), correspondientes al mes de septiembre de 2021, que el empleo asalariado registrado en las empresas privadas presenta un crecimiento sostenido y generalizado en la mayoría de las regiones del país y en un amplio número de sectores económicos".
Guiño a empresarios
Desde su implementación en 2020, las cámaras empresarias buscaron derogar la doble indemnización justificando que representaban un desaliento a la creación de empleo. Un mes atrás, el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, aseguró que en el marco de un proceso de "recuperación del empleo a niveles de la prepandemia" y de economía en crecimiento, la medida vigente no se prorrogaría.
"Como se está normalizando la situación porque la Argentina está creciendo es altamente probable que esas medidas terminen a fin de año y no sean prorrogadas", apuntó el titular de la cartera laboral en el evento en Campana del que participó también el dueño de Techint Paolo Rocca, y el presidente de la UIA, Daniel Funes de Rioja.
La prohibición de despidos se implementó por primera vez en diciembre de 2019 con el decreto 34/19 que declaraba la emergencia pública en materia ocupacional por 180 días. Desde entonces, la medida obtuvo tres prórrogas y se mantendría vigente hasta el 31 de diciembre del 2021. En la última extensión el equipo económico resolvió imponer como valor de tope 500.000 pesos para el recargo.
“En caso de despido sin justa causa durante la vigencia del presente decreto, la trabajadora o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad a la legislación vigente”, reza el artículo 2.