El interbloque de Senadores Nacionales de Juntos por el Cambio busca la nulidad de la última sesión en el Senado.
Allí de debatió y aprobó, sin presencia opositora, la modificación a la Ley de Bienes Personales.
En el amparo presentado al Poder Judicial sostienen que el pasado 29 de diciembre la Cámara Alta no cumplió con la normativa.
Plantean la violación del artículo 15 del Reglamento de Funcionamiento de las sesiones que indica que "luego del horario de citación a sesionar hay treinta minutos para comenzar dicha sesión".
¿Quiénes firman el amparo?
- Alfredo Cornejo, presidente del Interbloque de Senadores
- Luis Naidenoff, presidente del Bloque UCR
- Humberto Schiavoni, presidente del Bloque Frente PRO
- Juan Carlos Romero, presidente del Bloque Justicialista 8 de Octubre
- Lucila Crexell, presidenta del Bloque Movimiento Neuquino
- Ignacio Torres, presidente del Bloque Integración y Desarrollo Chubutense
- Beatriz Ávila, presidenta del Bloque Justicia Social
¿Qué argumentan?
"Tal como se documenta en el expediente, al momento cumplirse el límite estipulado, la Cámara no contaba con el quórum exigido para llevar adelante la sesión", comienza indicando el escrito.
"Pese a ello, varios minutos luego de vencido el plazo, la presidencia dio comienzo a la sesión, momento en el cual sí había quórum", continúa.
Y dice: "Queda claro, que el quórum se conformó pasados varios minutos luego de vencido el plazo establecido, tal como dan cuenta todos los registros fílmico".
Los senadores opositores explican que el pedido de nulidad tiene como objetivo hacer respetar los procedimientos parlamentarios "que en esencia están vinculados con la necesidad de contar con una mayoría mínima representativa de la voluntad popular”.
¿Qué cambios se hizo en Bienes Personales?
- Se incrementó el mínimo no imponible de dos a seis millones de pesos. En el caso del inmueble destinado a casa-habitación, el piso se establece en 30 millones de pesos.
- Los valores se ajustarán anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) del INDEC.
- No resultarán aplicables las disposiciones del artículo 10 de la ley 23.928 (ley de convertibilidad) y sus modificaciones.
- Se agregaron dos nuevos tramos para los bienes nacionales de 1,50 y de 1,75 por ciento para las porciones de las bases imponibles que superen los 100 millones y 300 millones de pesos, respectivamente.
- Se modificaron las alícuotas para los bienes situados en el exterior y se establecen porcentajes que van del 0,70 al 2,25 por ciento.
- El Poder Ejecutivo nacional podrá incrementar, durante el año fiscal 2022, los montos previstos en el inciso z) del artículo 26 (exención para el sueldo anual complementario) y en el anteúltimo párrafo del inciso c) del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
El quórum ajustado
La demora en el quórum se debió a que un senador de Catamarca del FdT, Guillermo Andrada, dio positivo en coronavirus.
Sin él, el oficialismo no llegaba a juntar los 37 votos necesarios para sesionar. A último momento, consiguieron que la riojana Clara Vega se sentara en su banca para poder abrir la sesión.